La Abogac¨ªa del Estado avala el desbloqueo de los Presupuestos ampar¨¢ndose en la Constituci¨®n y la ley europea
El organismo alega en un informe que el Gobierno tiene la obligaci¨®n constitucional de presentar las cuentas y no incurrir en d¨¦ficit estructural
El Gobierno tiene la obligaci¨®n constitucional ¡°de presentar un proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado y no incurrir en un d¨¦ficit estructural que supere los m¨¢rgenes establecidos, en su caso, por la Uni¨®n Europea para sus Estados Miembros¡±. Esta es una de las razones por las cuales la Abogac¨ªa del Estado avala, en un informe fechado el 11 de diciembre de 2023 y al que ha tenido acceso EL PA?S, el desbloqueo de las cuentas para este ejercicio, aunque el Senado haya tumbado por dos veces seguidas los objetivos de deuda y d¨¦ficit. El documento concluye que, a falta de aprobaci¨®n de una ¡°senda de convergencia hacia la situaci¨®n de equilibrio¡±, se aplicar¨¢ la contenida en el Programa de Estabilidad, la hoja de ruta econ¨®mica que cada primavera los socios del bloque tienen que mandar a Bruselas, siempre y cuando el Consejo de la UE lo haya valorado ¡°favorablemente¡±, un supuesto que se cumple en el caso de Espa?a.
El informe de la Abogac¨ªa del Estado liquida as¨ª, en 32 p¨¢ginas, un debate que lleva meses en el aire y que enfrenta Gobierno y oposici¨®n: qu¨¦ hacer si la senda de estabilidad presupuestaria, el pistoletazo de salida para confeccionar los Presupuestos, es rechazada dos veces seguidas por las Cortes. Algo que ha ocurrido este mi¨¦rcoles, cuando la mayor¨ªa del PP en el Senado ha vuelto a dar portazo a los objetivos fiscales del Ejecutivo.
El rev¨¦s ha llegado aunque la ministra de Hacienda y vicepresidenta primera del Gobierno, Mar¨ªa Jes¨²s Montero, ya hab¨ªa adelantado ¡ªy hoy volvi¨® a reiterar¡ª que ten¨ªa un as en la manga para saltarse el veto, un informe jur¨ªdico que permitir¨ªa la entrada en vigor de una senda distinta: los l¨ªmites de deuda y d¨¦ficit presentados a la UE la pasada primavera, que son m¨¢s severos con comunidades y ayuntamientos. ¡°Ser¨ªa como tirar piedras contra su propio tejado¡±, hab¨ªa se?alado en diciembre ante la intenci¨®n de la oposici¨®n de bloquear el tr¨¢mite, ya que la mayor¨ªa de las autonom¨ªas est¨¢n gobernadas por el PP.
En realidad, el documento de la Abogac¨ªa responde a una consulta sobre c¨®mo proceder ¡°para dar cumplimiento en 2024 a la reactivaci¨®n de las reglas fiscales¡±, suspendidas en 2020 con el estallido de la pandemia. Y lo hace resolviendo un supuesto para el cual la ley proyectaba un callej¨®n sin salida y argumentando que la Constituci¨®n y los compromisos presupuestarios asumidos con Europa prevalecen sobre la legislaci¨®n interna.
La normativa nacional de estabilidad presupuestaria determina que los objetivos de d¨¦ficit y deuda deben ser presentados cada ejercicio por el Ejecutivo ¡ªcon un horizonte de tres a?os¡ª y aprobados por el Parlamento. Este es uno de los tr¨¢mites iniciales para dar inicio a la elaboraci¨®n de los Presupuestos. Si una de las c¨¢maras los echa para atr¨¢s, el Gobierno cuenta con un mes para dise?ar una segunda senda en el Consejo de Ministros y presentarla nuevamente a las Cortes.
¡°Nada indica el precepto para el caso de que este segundo Acuerdo de Consejo de Ministros sea rechazado por el Congreso o el Senado. Por ello, ha de entenderse que en el caso de que este nuevo objetivo de estabilidad sea rechazado, el Gobierno podr¨¢ presentar un proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado conforme a los ¨²ltimos objetivos de estabilidad aprobados¡±, detalla el informe. ¡°La obligaci¨®n del Gobierno de presentar a las Cortes un proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado no puede ser obviada por las eventualidades que deriven de la aplicaci¨®n de una norma de rango inferior a la Constituci¨®n¡±, a?ade.
Plan de reequilibrio
?Cu¨¢les son los ¨²ltimos objetivos aprobados? La pregunta gana sentido ante la congelaci¨®n de las reglas fiscales durante los ¨²ltimos cuatro a?os. Seg¨²n la Abogac¨ªa, una vez desaparecida la situaci¨®n de emergencia que motiv¨® la paralizaci¨®n del rigor presupuestario, la senda de estabilidad debe volver a determinarse ¡°en el marco de un plan de reequilibrio¡±. Un tr¨¢mite que tambi¨¦n fue rechazado por las Cortes y para el cual, sin embargo, la Abogac¨ªa encuentra otra v¨ªa de escape.
¡°El rechazo por alguna de las C¨¢maras del plan de reequilibrio no puede eximir al Reino de Espa?a del cumplimiento de los mandatos constitucionales y de los compromisos contra¨ªdos en el ¨¢mbito de la Uni¨®n Europea. Estos mandatos y compromisos, en lo que aqu¨ª interesa, son los vinculados a la estabilidad presupuestaria, en particular el mantenimiento de un d¨¦ficit estructural que no supere los m¨¢rgenes establecidos por la Uni¨®n Europea¡±.
Estos l¨ªmites, detalla, son los recogidos en las recomendaciones del Consejo derivadas de la valoraci¨®n del Programa de Estabilidad, publicadas el pasado julio. Si estas son favorables, como ha sido el caso, el ¡°mandato se cumple con la elaboraci¨®n de un proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado adecuado a los objetivos contenidos en el programa de estabilidad¡±.
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