Gu¨ªa completa para solicitar las ayudas por los estragos de la dana
Estos son los requisitos y plazos para pedir las subvenciones por p¨¦rdida de vivienda, bajas laborales, cr¨¦ditos empresariales y suspensi¨®n de impuestos
El Gobierno ha publicado este mi¨¦rcoles en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) el decreto mediante el cual se aprueba el paquete de medidas extraordinarias para paliar los graves da?os causados por la dana, que ha afectado a las familias, empresas e instituciones locales de 75 municipios de la Comunidad Valenciana, dos de Castilla-La Mancha y uno de Andaluc¨ªa. Esta gu¨ªa detalla las medidas, requisitos y plazos clave para que los damnificados puedan solicitar las ayudas.
Da?os personales, viviendas y establecimientos
En caso de fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente a causa de la reciente dana, el Gobierno indemnizar¨¢ a las personas afectadas y sus familias con 72.000 euros.
?Qui¨¦n lo puede solicitar? La cifra se otorgar¨¢ por cada miembro fallecido de la unidad familiar, y podr¨¢ solicitarlo el c¨®nyuge o similar, siempre que haya vivido con esa persona durante al menos los dos a?os previos al deceso; los hijos o los padres, sin necesidad de que tengan una dependencia econ¨®mica.
Las personas que hayan perdido sus casas o enseres podr¨¢n solicitar ayudas directas. Las cuant¨ªas m¨¢ximas ser¨¢n de hasta 60.480 euros por destrucci¨®n total de la vivienda habitual; 41.280 euros si los da?os afectan a la estructura; 20.640 euros si no afectan la estructura, 10.320 euros para enseres dom¨¦sticos esenciales y 36.896 euros para elementos comunes de una comunidad de propietarios.
Condiciones. Por vivienda habitual se entender¨¢ exclusivamente la que constituye el domicilio de residencia continuada y permanente de la familia. Al presentar la solicitud, se autoriza a las autoridades a verificar la identidad, residencia y datos catastrales de los miembros de la unidad familiar. Para acreditar la titularidad de la propiedad da?ada, cualquier documento como un recibo del IBI ser¨¢ v¨¢lido. En caso de no contar con seguro, los afectados podr¨¢n presentar un informe pericial validado por el Ayuntamiento para certificar el valor de los da?os. Adem¨¢s, en caso de destrucci¨®n o da?os de la propiedad, no se aplicar¨¢n l¨ªmites de ingresos anuales.
Los establecimientos industriales, mercantiles y de servicios pueden recibir una subvenci¨®n de hasta el 7% del valor de los da?os indemnizables, con un tope de 36.896 euros.
Condici¨®n. En estos casos, se deber¨¢ presentar una certificaci¨®n expedida por la entidad aseguradora que demuestre que esta no ha abonado total o parcialmente dicho importe.
Las corporaciones locales podr¨¢n solicitar hasta el 100% del gasto asociado a aquellas actuaciones que se hayan llevado a cabo con el fin de garantizar la vida y seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios p¨²blicos esenciales.
?Qu¨¦ incluye? Contempla la evacuaci¨®n, alojamiento y alimentaci¨®n de los afectos, la retirada de lodo y arena, y la limpieza de v¨ªas y entornos p¨²blicos, incluida la retirada de enseres. Pero se excluyen los trabajos llevados a cabo con medios propios de la corporaci¨®n local, ya sean materiales o personal contratado previamente. En ning¨²n caso ser¨¢n subvencionables los gastos de personal generados por bomberos, polic¨ªa local o protecci¨®n civil.
Plazos y requisitos generales: las solicitudes para la concesi¨®n de todas estas ayudas se deben presentar en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicaci¨®n del decreto en el Bolet¨ªn oficial del Estado, es decir, hasta el 6 de enero de 2025. Podr¨¢n tramitar su petici¨®n a trav¨¦s de la subdelegaci¨®n del Gobierno en Valencia o tambi¨¦n a trav¨¦s de la sede electr¨®nica del Ministerio del Interior.
Suspensi¨®n del pago de cr¨¦ditos al consumo e hipotecas. La moratoria supone que particulares, aut¨®nomos y empresas podr¨¢n aplazar el pago tanto del capital como de los intereses hasta por tres meses dese la entrada en vigor de la normativa. Despu¨¦s de ese tiempo, se dar¨¢ una nueva pr¨®rroga de nueve meses m¨¢s, durante los cuales no habr¨¢ que pagar el capital del pr¨¦stamo, pero s¨ª se seguir¨¢n cobrando los intereses que se generen.
Detalles. La suspensi¨®n se aplica a personas y empresas que hayan obtenido pr¨¦stamos antes de la publicaci¨®n de la norma, siempre y cuando la garant¨ªa hipotecaria est¨¦ relacionada con inmuebles ubicados en las zonas afectadas. Para las empresas, tambi¨¦n se establece que aquellas con un volumen de facturaci¨®n inferior a seis millones de euros en el ¨²ltimo ejercicio fiscal pueden beneficiarse del aplazamiento. La moratoria tambi¨¦n incluye los pr¨¦stamos sin garant¨ªa hipotecaria, siempre y cuando el solicitante resida o tenga su actividad econ¨®mica principal en la zona afectada.
Condiciones y plazo. En el caso de operaciones con garant¨ªa hipotecaria, solo se necesita una solicitud ante la entidad bancaria o acreedor de la deuda. Si no hay garant¨ªa, se necesita un certificado de empadronamiento o alg¨²n documento que acredite la residencia del solicitante. Los afectados podr¨¢n solicitar la suspensi¨®n de los pagos hasta tres meses desp¨²es de la entrada en vigor del decreto, es decir, hasta el siete febrero de 2025.
Medidas fiscales
Los afectados estar¨¢n exentos de pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de 2024 y tendr¨¢n una reducci¨®n en el Impuesto de Actividades Econ¨®micas (IAE) de ese mismo a?o. Los aut¨®nomos de las explotaciones agrarias en las zonas afectadas disfrutar¨¢n de una reducci¨®n en el IRPF e IVA aplicable a sus actividades. Los damnificados tampoco deber¨¢n abonar tasas de Tr¨¢fico cuando necesiten dar de baja veh¨ªculos da?ados o reponer sus carnets de conducir extraviados o afectados, algo que tambi¨¦n se ampl¨ªa a otros documentos personales como el DNI. Adem¨¢s, los contribuyentes que hayan pagado podr¨¢n pedir la devoluci¨®n de las cantidades ingresadas.
Condiciones. Es necesario demostrar que el domicilio fiscal se sit¨²a en alguna zona afectada y que, tanto las personas como los bienes damnificados, han debido ser realojados, de forma total o parcial, en otras viviendas o locales mientras se llevan a cabo las reparaciones de los da?os. Tambi¨¦n se deber¨¢n acreditar las p¨¦rdidas en producciones agr¨ªcolas y ganaderas cuando estas no puedan ser cubiertas mediante ninguna forma de seguro, ya sea p¨²blico o privado.
Las ayudas recibidas por da?os personales estar¨¢n libres de IRPF, y se ha aplazado hasta 2025 el segundo pago del impuesto sobre la renta, cuyo plazo venc¨ªa el 5 de noviembre, beneficiando a unos 200.000 contribuyentes. Adem¨¢s, los afectados contar¨¢n con plazos m¨¢s flexibles para el pago de impuestos, tanto en periodo voluntario como ejecutivo, y para la presentaci¨®n de declaraciones catastrales.
Plazos. Los plazos para presentar y abonar declaraciones y autoliquidaciones tributarias con vencimiento entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024 se extender¨¢n hasta el 30 de enero de 2025. Para las liquidaciones de IVA con periodos de liquidaci¨®n mensual, el plazo para enviar electr¨®nicamente los registros de facturaci¨®n de noviembre se ampl¨ªa hasta el 16 de diciembre de 2024.
Para responder a requerimientos, diligencias de embargo o tr¨¢mites de audiencia en curso, el plazo se extender¨¢ hasta el 30 de enero de 2025. Se aplaza hasta 24 meses el pago de deudas tributarias que venzan entre el 28 de octubre de 2024 y el 30 de enero de 2025. Los seis primeros meses ser¨¢n sin intereses.
Todas las ayudas ser¨¢n inembargables.
Los municipios podr¨¢n destinar su super¨¢vit a inversiones necesarias para reparar los da?os y que sean financieramente sostenibles. Tambi¨¦n podr¨¢n cubrir necesidades financieras espec¨ªficas en 2024 y 2025 usando el Fondo de Financiaci¨®n a Entidades Locales.
Ayudas a las empresas
El Gobierno ha abierto una l¨ªnea de ayudas directas para los empresarios y aut¨®nomos afectados. Para las empresas, el monto de las ayudas depender¨¢ del volumen de operaciones del a?o 2023.
Las compa?¨ªas con una facturaci¨®n inferior al mill¨®n de euros recibir¨¢n una ayuda de 10.000 euros. Entre las empresas que registren un volumen de operaci¨®n de entre uno y dos millones, la cifra ser¨¢ de 20.000 euros; de 40.000 euros si ha estado entre dos y seis millones; de 80.000 euros en el caso de un volumen entre seis y 10 millones de euros; y de 150.00 euros para las que tengan un nivel superior a los 10 millones.
Los aut¨®nomos recibir¨¢n un importe ¨²nico de 5.000 euros.
Requisitos. Podr¨¢n recibir las subvenciones siempre que estuvieran registrados en el censo de empresarios, profesionales y retenedores al 28 de octubre de 2024, y mantengan su alta en dicho censo hasta el 30 de junio de 2025. Todas las ayudas estar¨¢n protegidas contra embargo. Las solicitudes deber¨¢n presentarse a trav¨¦s de la sede electr¨®nica de la Agencia Tributaria, completando el formulario electr¨®nico en el que deber¨¢ incluirse la cuenta bancaria en la que desea el abono del dinero. Hacienda podr¨¢ requerir informaci¨®n adicional para verificar los datos del solicitante.
Plazo. El formulario podr¨¢ presentarse desde el 19 de noviembre al 31 de diciembre de 2024. La ayuda aprobada ser¨¢ abonada mediante transferencia bancaria a partir del 1 de diciembre. Si en un periodo de tres meses desde que se present¨® la solicitud no se ha recibido el dinero, es porque la petici¨®n ha sido desestimada. No obstante, puede impugnarse ante la administraci¨®n.
Se aprueba una l¨ªnea de avales por un importe m¨¢ximo de 5.000 millones de euros, que estar¨¢n disponibles hasta el 31 de diciembre de 2025.
Condiciones. Se considera garant¨ªa financiera a los derechos que surjan de las indemnizaciones o ayudas que se reciban por los da?os causados por la dana, como los pagos del consorcio de compensaci¨®n de seguros. Esto se aplicar¨¢ incluso si la persona afectada es un consumidor, una peque?a empresa o una microempresa. Las garant¨ªas ser¨¢n v¨¢lidas siempre que est¨¦n acordadas por escrito y no se necesitar¨¢n m¨¢s tr¨¢mites para que sean efectivas o se puedan usar como prueba.
Seguridad Social y Trabajo
Hay medidas laborales de Seguridad Social para cuatro grandes colectivos: aquellas personas afectadas por dolencias f¨ªsicas o psicol¨®gicas; beneficiarios del ingreso m¨ªnimo vital (IMV); aut¨®nomos y las empresas y sus asalariados.
Se crea una nueva situaci¨®n de incapacidad temporal (IT) cubierta con su respectiva prestaci¨®n para quienes hayan desarrollado cualquier tipo de dolencias a causa de la dana. Esta baja deber¨¢ solicitarse a los m¨¦dicos de cabecera.
Contenido. La particularidad de esta nueva prestaci¨®n es que, a diferencia de una baja laboral com¨²n, se cobrar¨¢ desde el primer d¨ªa de su reconocimiento y el porcentaje de la prestaci¨®n se incrementa del 60% al 75% de la base reguladora del trabajador. Esta prestaci¨®n tendr¨¢ que solicitarse a los m¨¦dicos de cabecera de cada trabajador.
A las pensiones de incapacidad permanente, de viudedad y orfandad generadas por efectos de estas inundaciones se les dar¨¢ tratamiento de accidente de trabajo, lo que supone que tendr¨¢n una cuant¨ªa superior.
Para los trabajadores aut¨®nomos se recupera la prestaci¨®n de cese de actividad extraordinaria ya utilizada en otros momentos de crisis como la pandemia o para los afectados del volc¨¢n de la Palma. Esta prestaci¨®n podr¨¢ ser por cese total o parcial de la actividad.
Contenido y mejoras. La cuant¨ªa de esta prestaci¨®n ser¨¢ del 70% de la base de cotizaci¨®n del aut¨®nomo que, adem¨¢s, quedar¨¢ exento totalmente de pagar su cuota de cotizaci¨®n a la Seguridad Social.
Condiciones. Para el cobro de esta ayuda no necesitar¨¢n acreditar fuerza mayor ni se exigir¨¢ per¨ªodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n ¡ª¡±el trabajador se ha podido dar de alta el d¨ªa de antes de la dana y la cobrar¨¢¡±, ha explicado este mi¨¦rcoles el secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Su¨¢rez¡ª. Su percepci¨®n no se descontar¨¢ tampoco del derecho generado previamente a esta prestaci¨®n ordinaria por el trabajador. Esto significa que si el aut¨®nomo ya hab¨ªa cotizado, por ejemplo, para tener derecho a cobrar esta ayuda ordinaria durante seis meses, ese derecho quedar¨¢ intacto tras el cobro de la ayuda extraordinaria por la dana.
D¨®nde solicitarla. Los aut¨®nomos deber¨¢n pedir la prestaci¨®n por cese de actividad extraordinaria a la mutua colaboradora de la Seguridad Social con la que tengan contratado el pago de sus cotizaciones por accidente de trabajo.
Plazos. El pago de esta ayuda tendr¨¢ efectos retroactivos desde el 29 de octubre.
Se otorga a empresas y aut¨®nomos la posibilidad de solicitar un aplazamiento o moratoria en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.
Condici¨®n. Se aplicar¨¢ un inter¨¦s del 0,5%, en lugar del que se indica en la Ley General de la Seguridad Social. Se conceder¨¢ con una ¨²nica resoluci¨®n, sin importar cu¨¢ntos meses se incluyan, y se pagar¨¢ en cuotas mensuales, con un plazo de cuatro meses por cada mensualidad solicitada, sin superar un total de 16 meses. El primer pago se har¨¢ al mes siguiente de la resoluci¨®n. Por ¨²ltimo, al solicitar este aplazamiento, el deudor se considerar¨¢ al d¨ªa con sus pagos de Seguridad Social hasta que se resuelva la petici¨®n.
Modificaci¨®n de los expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo (ERTE) de la modalidad de fuerza mayor, ya sean de suspensi¨®n total de la actividad o de reducci¨®n de jornada, para empresas y trabajadores asalariados.
Contenido y plazos. Esta modificaci¨®n podr¨¢ aplicarse en principio durante cuatro meses (noviembre, diciembre, enero y febrero de 2025) y exonera a empresas y empleados del pago del 100% de las cotizaciones, aunque a los trabajadores se les considerar¨¢ todo ese tiempo cotizado. Adem¨¢s, durante los meses que dure el ERTE el trabajador cobrar¨¢ la prestaci¨®n por desempleo correspondiente.
Incremento del 15% para los beneficiarios del Ingreso M¨ªnimo Vital (IMV) y pensiones no contributivas.
Solicitud y plazos. Este complemento se recibir¨¢ de oficio, sin que las personas tengan que hacer ning¨²n tr¨¢mite para ello; se cobrar¨¢ en las n¨®minas de noviembre, diciembre y enero.
Se ampl¨ªan los plazos para el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a periodos previos a la cat¨¢strofe natural, y se suspenden los procedimientos de recaudaci¨®n.
Ayudas de la Generalitat
La Generalitat tambi¨¦n ha anunciado medidas de apoyo econ¨®mico para las personas y municipios afectados por las inundaciones. El ¨²ltimo anuncio ha sido la bonificaci¨®n de las tasas de agua y residuos gestionadas por las Administraciones auton¨®micas y las empresas operadoras, que beneficiar¨¢ a todos los ciudadanos de las zonas afectadas. Este acuerdo fue adoptado tras la reuni¨®n del Centro de Coordinaci¨®n Operativo Integrado (CECOPI) y se materializar¨¢ en un decreto que se aprobar¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas.
Las entidades encargadas de gestionar estas bonificaciones ser¨¢n la Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos (EMTRE) y la Entidad P¨²blica de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana (EPSAR), que trabajar¨¢n junto con la Consejer¨ªa de Medio Ambiente para aplicar la medida. Adem¨¢s, se han iniciado gestiones con las empresas suministradoras de electricidad y gas para suspender o bonificar los recibos de estos servicios b¨¢sicos durante el per¨ªodo de emergencia.
El martes, la Generalitat aprob¨® un paquete de ayudas directas por valor de 200 millones de euros, mediante el cual cada vivienda afectada podr¨¢ recibir hasta 6.000 euros, con la posibilidad de solicitar la ayuda hasta el 16 de diciembre. Los beneficiarios deber¨¢n presentar la documentaci¨®n que acredite su residencia en las viviendas afectadas, como el t¨ªtulo de propiedad o un certificado del Ayuntamiento. La ayuda se podr¨¢ tramitar a trav¨¦s de la p¨¢gina web de la Generalitat Valenciana o de forma presencial en las oficinas de coordinaci¨®n de la emergencia.
En paralelo, se ha abierto una l¨ªnea de ayudas para los municipios de 50 millones de euros. De ese total, 20 millones se asignar¨¢n en el presupuesto de 2024 y 30 millones en el de 2025. Estos fondos se destinar¨¢n a cubrir los gastos urgentes derivados de la emergencia, como la rehabilitaci¨®n de infraestructuras y el mantenimiento de los servicios p¨²blicos esenciales.
En el ¨¢mbito fiscal, se han aprobado deducciones en el IRPF para las personas f¨ªsicas afectadas, de un importe m¨ªnimo de 2.000 euros y la habilitaci¨®n de l¨ªneas de cr¨¦dito a trav¨¦s del Institut Valenci¨¤ de Finances (IVF) a tipo 0 para la rehabilitaci¨®n o reconstrucci¨®n de la vivienda habitual.
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