C¨®mo puede el inversor compensar fiscalmente las p¨¦rdidas
Los expertos recuerdan que las minusval¨ªas de los inversores pueden servir para reducir la factura impositiva
A¨²n quedan muchos meses para cerrar 2020 y, aunque tiempo hay para tomar decisiones financieras con ¡°carga fiscal¡±, no est¨¢ de m¨¢s tener ya en cuenta, y m¨¢s en una situaci¨®n de extrema volatilidad provocada por el coronavirus, qu¨¦ plusval¨ªas o minusval¨ªas conviene hacer efectivas; qu¨¦ condiciones (y precauciones) hay que tomar para compensar unas con otras; qu¨¦ plazos hay o qu¨¦ activos est¨¢n sujetos a retenci¨®n y cu¨¢les no.
Joan Pons, secretario de EFPA Espa?a y socio director de ETL Global Links, recurre al s¨ªmil de los cajones para explicar sencillamente c¨®mo tributan las rentas del ahorro, distintas y completamente separadas de las rentas ¡°generales¡± como las procedentes del trabajo o las pensiones. Dentro de las rentas del ahorro hay dos cajones: en el primero, aclara, se incluyen los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, venta de bonos¡), y en el segundo, las ganancias o p¨¦rdidas procedentes de la venta de fondos de inversi¨®n, acciones o vivienda, principalmente.
¡°Cada uno de estos cajones funciona por separado. Beneficios y p¨¦rdidas se compensan ¨ªntegramente entre s¨ª y quedar¨¢ un saldo positivo o negativo en cada uno de ellos. Solo una vez hechos estos primeros c¨¢lculos llega el momento de la compensaci¨®n entre cajones¡±. Paula Satr¨²stegui, socia de planificaci¨®n financiera de Abante Asesores, pone n¨²meros a estos cajones con el siguiente ejemplo: un inversor obtiene en 2020 dividendos de 1.000 euros, intereses de cuentas por 300 euros y vende un bono con unas p¨¦rdidas de 5.000 euros. El saldo de estos rendimientos es de -3.700 euros. Pensemos tambi¨¦n que se ha vendido un inmueble con una ganancia de 7.000 euros. Pues bien, aclara Satr¨²stegui, sobre el 25% de estos 7.000 euros, 1.750 euros, no se pagar¨¢n impuestos. Quedar¨¢n 1.950 euros de p¨¦rdidas en el primer caj¨®n (3.700 menos 1.750) a compensar en cuatro a?os y se tributar¨¢ por 5.250 euros (7.000 menos 1.750) por las ganancias del segundo caj¨®n.
Teniendo en cuenta este peculiar sistema fiscal, seg¨²n Enrique Marazuela, presidente de CFA Society Spain, la recomendaci¨®n general es que se realicen todas las p¨¦rdidas que puedan ser compensadas con plusval¨ªas, ¡°aunque, eso s¨ª, dentro del ejercicio fiscal¡±. En este sentido, los expertos recuerdan la normativa antilavado, que b¨¢sicamente dice que, si se vende un activo con p¨¦rdidas y se recompra otro homog¨¦neo en un plazo inferior a dos meses, no hay posibilidad alguna de compensaci¨®n. La precisi¨®n de ¡°homog¨¦neo¡± es importante: est¨¢ claro que no es lo mismo una acci¨®n de Telef¨®nica que una del Santander, pero¡ ?Y si se vende un fondo monetario de una gestora y se compra otro monetario de otra? ?Y si se venden y compran fondos de una misma entidad? No parece que la Direcci¨®n General de Tributos se haya expresado con claridad al respecto, por lo que es conveniente que los n¨²meros de identificaci¨®n de los fondos (c¨®digos ISIN) sean distintos.
Si no hay plusval¨ªas que compensar y s¨ª p¨¦rdidas potenciales, ?conviene hacerlas efectivas? Para Marazuela, ¡°si solo se obtienen minusval¨ªas, recomendamos que retengan en la medida de lo posible la inversi¨®n¡±, ya que esas p¨¦rdidas solo podr¨¢n servir para compensar plusval¨ªas que se pongan de manifiesto en los cuatro a?os siguientes. ¡°Y si no se logra en ese tiempo, simplemente se extinguen¡±. Pons comparte esta idea y la recalca al precisar que ¡°aunque inicialmente se crea que cuatro a?os es tiempo suficiente, la realidad es que cada ejercicio se compensar¨¢n las plusval¨ªas y las minusval¨ªas de ese periodo y, por tanto, no es tan sencillo llegar a utilizar esas p¨¦rdidas de a?os anteriores¡±.
Por ¨²ltimo, es importante tener en cuenta antes de tomar decisiones fiscales, seg¨²n precisa Paula Satr¨²stegui, qu¨¦ rendimientos positivos est¨¢n sujetos a retenci¨®n de IRPF, en general del 19%. ¡°Es una parte del ahorro que se entrega hoy a Hacienda y, como pronto, se recuperar¨¢ en 2021, al presentar la declaraci¨®n de renta¡±, dice. Si solo se obtienen rentas que se llaman impl¨ªcitas, hay retenci¨®n: caso de la venta de fondos de inversi¨®n, seguros de vida o planes de pensiones. Si el activo financiero elegido: acciones, bonos, obligaciones¡ofrecen de la posibilidad de ganar (o perder) dinero con su venta, adem¨¢s de una rentabilidad v¨ªa dividendos o cupones, ¨²nicamente se aplica la retenci¨®n sobre estos ¨²ltimos. La venta de la vivienda no tiene retenci¨®n.
Planes de pensiones
Entre las muchas medidas urgentes que acaba de aprobar el Gobierno se ha incluido la posibilidad de disponer, excepcionalmente, del ahorro depositado en planes de pensiones (y dem¨¢s sistemas de previsi¨®n). Esta ¡°ventana de liquidez¡± se ha abierto exclusivamente a los part¨ªcipes en situaci¨®n legal de desempleo con un ERTE, los empresarios y los aut¨®nomos dados de alta en la Seguridad Social que han cesado su actividad en la actual crisis. Se han fijado topes sobre los importes recuperables: para los primeros, los salarios dejados de percibir; para los otros dos, los ingresos netos estimados que ya no se obtendr¨¢n (seg¨²n los expertos, una definici¨®n ¡°demasiado general y vaga¡±).
La Disposici¨®n en la que se recoge esta medida se?ala que, pese a que en un Reglamento posterior podr¨ªan regularse las condiciones de estos reembolsos; en todo caso, por el momento, se sujetar¨¢n al vigente r¨¦gimen fiscal. Surgen aqu¨ª algunas certezas y tambi¨¦n dudas. Entre las primeras, est¨¢ el hecho cierto de que el importe ¨ªntegro del ahorro rescatado, independientemente de si hay ganancias o p¨¦rdidas (y siempre, teniendo en cuenta que se realizan primero las aportaciones m¨¢s antiguas) deber¨¢ incluirse en la declaraci¨®n de renta de 2020 como rendimiento del trabajo y tributar por ¨¦l entre el 19% y el 45% m¨¢s los recargos auton¨®micos. La duda es si compensa o no recuperar este dinero, m¨¢xime teniendo en cuenta la p¨¦rdida de rentabilidad de los planes de pensiones en las ¨²ltimas semanas. ¡°Salvo que no haya otra posibilidad de obtener liquidez, reembolsar planes de pensiones no es una buena alternativa, no solo desde el punto de vista financiero pues las ganancias acumuladas han quedado mermadas sino porque es muy posible obtener p¨¦rdidas y, adem¨¢s, pagar por ellas¡±, explica Joan Pons.
La segunda de las certezas es que el r¨¦gimen fiscal actual permite, sobre las aportaciones realizadas hasta diciembre de 2006, aplicarse una ¨²nica vez, al reembolsarlas en forma de capital, un reducci¨®n del 40% a la hora de incluirlas en el IRPF. La duda planteada es si este rescate excepcional, anular¨¢ en el futuro esta posibilidad de reducci¨®n sobre todo el dinero no recuperado ahora pero con antig¨¹edad suficiente. Mientras Luis del Amo, secretario t¨¦cnico del REAF del Consejo General de Economistas, asegura que ¡°s¨ª podr¨¢ utilizarse llegado el momento de la jubilaci¨®n pues se trata de dos contingencias distintas¡±, en Inverco, no lo tienen tan claro ya que se?alan que ¡°debido a las caracter¨ªsticas particulares de este nuevo supuesto (entre ellas, la existencia de un m¨¢ximo importe disponible) no podemos anticipar cual va a ser la postura de la Direcci¨®n General de Tributos al respecto¡±.
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