El Supremo rechaza levantar la suspensi¨®n cautelar de Garz¨®n
El Consejo General del Poder Judical ratificar¨¢ ma?ana la medida.- La defensa del juez recuerda que la decisi¨®n no prejuzga el sentido favorable o desfavorable de la sentencia final
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado la petici¨®n del juez Baltasar Garz¨®n de paralizar la suspensi¨®n provisional de funciones que la Comisi¨®n Permanente del Consejo General del Poder Judicial adopt¨® contra el magistrado el pasado 19 de abril de 2011, tras haberse abierto juicio oral contra ¨¦l por una presunta prevaricaci¨®n por intervenir las conversaciones entre los cabecillas de la trama G¨¹rtel y sus abogados en prisi¨®n.
El alto tribunal ha rebatido todos los argumentos que Garz¨®n present¨® para justificar la paralizaci¨®n de su segunda suspensi¨®n. El magistrado ya se encuentra suspendido cautelarmente de sus funciones en la Audiencia Nacional desde el 14 de mayo de 2010, por investigar los cr¨ªmenes del franquismo. El Supremo rechaza as¨ª que con la medida adoptada por el CGPJ perjudique su prestigio profesional y su imagen p¨²blica, ya que "en todo caso el Sr. Garz¨®n ya est¨¢ apartado del ejercicio de sus funciones jurisdiccionales".
Precisamente por estar ya suspendido, el magistrado aleg¨® en su recurso que una segunda medida semejante era "de contenido imposible, pues no se puede suspender de funciones a quien ya est¨¦ suspendido". El Supremo explica que la decisi¨®n tomada el 19 de abril por el CGPJ es "una consecuencia derivada directamente de la causa penal" relacionada con las escuchas en la c¨¢rcel del caso G¨¹rtel "y va directamente ligada al proceso [...] de la misma forma que se puede acordar la prisi¨®n provisional en distintos procedimientos penales en quien ya est¨¢ en dicha situaci¨®n". Este motivo, seg¨²n la Sala, determina que la "resoluci¨®n acordada" por el CGPJ no es "ni de contenido imposible, ni carece de utilidad".
El Supremo tambi¨¦n ha rechazado el argumento de Garz¨®n en el que esgrim¨ªa que el inter¨¦s p¨²blico no resultar¨ªa afectado si su petici¨®n fructificara. Para el alto tribunal, la paralizaci¨®n de la medida s¨ª afectar¨ªa al inter¨¦s p¨²blico ya que el sometimiento a un juicio penal de un miembro de la carrera judicial por delitos cometidos en el ejercicio de su cargo supone "un perjuicio y descr¨¦dito evidentes para la Administraci¨®n de Justicia" y provoca un "da?o cuya preservaci¨®n debe prevalecer, confrontado con el que podr¨ªan sufrir el honor y la fama" de Garz¨®n.
El alto tribunal tampoco considera que la medida cautelar vulnere el principio de igualdad, en relaci¨®n con una sentencia que el Supremo dict¨® el 14 de octubre de 2009 y a la que Garz¨®n apela en su petici¨®n para defender que en dicho fallo se concluye que la suspensi¨®n provisional no debe aplicarse a un juez "con car¨¢cter reglado e inexorable", cuando se determina proceder contra ¨¦l por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. El Supremo alega que el "supuesto de hecho de que parte esa sentencia es distinto".
Una decisi¨®n que no comparte la defensa del magistrado que en una nota explica que la Sala "no tiene en cuenta que la citada sentencia se invoca no porque el caso sea id¨¦ntico, sino porque en aquella sentencia se dec¨ªa que la suspensi¨®n no debe acordarse autom¨¢ticamente, sino cuando fuere necesaria", un requisito que los abogados de Garz¨®n creen que no concurre porque el juez ya est¨¢ suspendido.
No obstante, los abogados del magistrado advierten de que la decisi¨®n del Supremo no prejuzga el sentido favorable o desfavorable de la sentencia final.
El Supremo concluye que la medida tampoco vulnera otros derechos fundamentales reclamados por el juez, como el derecho al honor o a la presunci¨®n de inocencia, porque "estamos ante una medida que el CGPJ ha de tomar imperativamente, cuando se dan las circunstancias del presente caso".
El Pleno del CGPG ratificar¨¢ la medida ma?ana
Adem¨¢s de recurrir el acuerdo de suspensi¨®n de la Comisi¨®n Permanente del CGPJ, Garz¨®n tambi¨¦n solicit¨® al Supremo que dicha decisi¨®n se excluyera del orden del d¨ªa del pleno que el ¨®rgano de gobierno de los jueces celebrar¨¢ ma?ana. Sin embargo, el alto tribunal tampoco ha accedido a la petici¨®n del juez, por lo que ma?ana la medida cautelar adoptada el pasado 19 de abril ser¨¢ ratificada.
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