V¨ªa r¨¢pida contra los yates de los oligarcas de Putin
La Abogac¨ªa del Estado avala en un informe la inmovilizaci¨®n de bienes de los empresarios cercanos al presidente ruso antes de acreditar su titularidad real
La decisi¨®n del Gobierno de inmovilizar, el pasado lunes, en el puerto de Barcelona, el yate Valerie, supuestamente propiedad del multimillonario ruso Sergu¨¦i Chemezov, vino acompa?ada de un informe de la Abogac¨ªa del Estado en el que se avalaba la aplicaci¨®n de las sanciones impuestas por la Uni¨®n Europea a los oligarcas cercanos al presidente Vlad¨ªmir Putin por la invasi¨®n de Ucrania. El documento, al que ha tenido acceso EL PA?S, fue solicitado por el Departamento de Seguridad Nacional, dependiente del Ministerio de Presidencia que encabeza F¨¦lix Bola?os, y entregado a primera hora de la tarde del lunes.
En ¨¦l, la abogada general del Estado, Consuelo Castro, concluye que las sanciones acordadas por la UE tienen ¡°car¨¢cter obligatorio¡± para los Estados miembros y que, al menos en el caso de los barcos, no es necesario tener constancia real del verdadero titular para ejecutar la medida. El martes fue inmovilizado en Baleares un segundo barco de recreo, el Lady Anastasia, propiedad del tambi¨¦n oligarca Alexander Mijeev, uno de los ¨²ltimos incluidos en la lista de sancionados, que alcanzan ya la cifra de 893 ciudadanos rusos y bielorrusos, y 65 sociedades.
El documento de la Abogac¨ªa recalca que el fin ¨²ltimo de las medidas es evitar que los oligarcas puedan hacer uso de los bienes que poseen en la UE u obtener beneficios econ¨®micos de ellos independientemente de que figuren formalmente como sus propietarios. Basta con que lo disfruten con ¡°una cierta consistencia temporal¡± o haya constancia de que tienen ¡°capacidad o facultad de influir¡± sobre el mismo para poder ejecutar la retenci¨®n del mismo. La Abogac¨ªa insiste en que el reglamento de la UE que recoge las sanciones permite la inmovilizaci¨®n del bien ¡°a t¨ªtulo cautelar entretanto se recaban esas pruebas¡±. El informe insiste en que la medida, en el caso de embarcaciones, afecta tanto a las que navegan con bandera de Espa?a como con las de otras nacionalidades, siempre que ¡°se encuentren en aguas sobre las que Espa?a ejerce jurisdicci¨®n¡±.
Esta inmovilizaci¨®n de nav¨ªos, que es una decisi¨®n administrativa, tiene una doble vertiente. Por un lado, la prohibici¨®n de que salgan a navegar, con una excepci¨®n: cuando la explotaci¨®n est¨¢ cedida a un tercero, que en ese caso podr¨¢ utilizando siempre y cuando se impida que el propietario consiga un beneficio de ello. Por otro, la imposibilidad de venderlo. Para ello, el documento sugiere que el Ministerio de Justicia se dirija al Colegio de Registradores para que incluyan una nota marginal en sus registros en este sentido y, de este modo, los notarios tengan constancia de la prohibici¨®n y no autoricen escrituras para su compraventa.
La Abogac¨ªa concluye que estas medidas deben ser adoptadas ¡°de oficio¡± por las capitan¨ªas mar¨ªtimas, ¨®rganos dependientes del Ministerio de Transporte, cuya actuaci¨®n alcanza no solo a los puertos del Estado, sino tambi¨¦n a los gestionados por las comunidades aut¨®nomas. El informe recuerda que las capitan¨ªas tienen la facultad de solicitar a las fuerzas de seguridad que act¨²en para asegurar la inmovilizaci¨®n del barco ¡°de ser necesario¡±.
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