Una gallega fallecida en 2003 es resucitada por segunda vez en un fichero de morosos
La familia gan¨® una demanda contra Telef¨®nica en junio pasado y ahora ha tenido que denunciar a Movistar por los mismos hechos
Los temidos archivos de insolvencia patrimonial (Asnef y Experian) han resucitado en dos ocasiones a Carmen Ferro pese a que esta mujer vecina de A Estrada (Pontevedra) ya falleci¨® hace 20 a?os. Una persona, que no ha podido ser identificada, suplant¨® la identidad de la difunta en 2019 para contratar con Telef¨®nica un tel¨¦fono fijo y otro m¨®vil en Vallado...
Los temidos archivos de insolvencia patrimonial (Asnef y Experian) han resucitado en dos ocasiones a Carmen Ferro pese a que esta mujer vecina de A Estrada (Pontevedra) ya falleci¨® hace 20 a?os. Una persona, que no ha podido ser identificada, suplant¨® la identidad de la difunta en 2019 para contratar con Telef¨®nica un tel¨¦fono fijo y otro m¨®vil en Valladolid, dejando tres facturas impagadas por un importe de 182,39 euros. Pero el certificado de defunci¨®n de la mujer, el atestado de la denuncia en la Guardia Civil y varias reclamaciones que present¨® su familia no fueron pruebas convincentes para que la compa?¨ªa se aviniese a cancelar la inclusi¨®n de la fallecida en los ficheros de morosos, hechos por los que fue condenada por la Audiencia de Pontevedra. Pese a todo, su filial Movistar repiti¨® el mismo error por una deuda de 90 euros y afronta por ello otra demanda. ¡±Ni con los documentos notariales y la denuncia judicial hemos podido frenar este dislate¡±, lamenta su hija Carmen Arca.
La familia lleva dos a?os defendiendo el honor de la matriarca y no ha conseguido poner punto y final a este enredo, adem¨¢s del temor que les ha generado el hecho de que una persona haya suplantado su identidad y pueda volver a hacerlo. ¡°Cre¨ªmos que era error f¨¢cil de identificar y resolver por una empresa tan importante y no ha sido as¨ª, porque se cre¨® un problema enorme por las trabas completamente injustificadas que nos han causado preocupaci¨®n, desasosiego y tr¨¢mites judiciales innecesarios¡±, explica la hija de Carmen Ferro.
En junio del pasado a?o, una sentencia conden¨® a Telef¨®nica a indemnizar con 10.000 euros a la familia Ferro, cuant¨ªa que se rebaj¨® a menos de la mitad en apelaci¨®n en la Audiencia de Pontevedra. No obstante, el fallo solo se revoc¨® parcialmente respecto a la cuant¨ªa por los da?os morales y declar¨® probada la intromisi¨®n ileg¨ªtima del derecho al honor de la difunta por mantener sus datos indebidamente registrados en los ficheros de morosos, puntualizando que una rectificaci¨®n diligente habr¨ªa evitado el ¡°penoso peregrinaje de la familia¡± abocada a promover un procedimiento. ¡°La compa?¨ªa ha seguido en sus trece, y menos mal que le ha pasado a una persona fallecida porque te hunden por unos m¨ªseros euros para empresas como estas, y salir de estos ficheros ya vemos lo dif¨ªcil que te lo ponen¡±, comenta Arca.
La demanda civil contra Movistar se basa en el hecho de que la compa?¨ªa no ha reconocido su error ni ha confirmado la baja de la difunta en los ficheros de insolvencia. Adem¨¢s del certificado de defunci¨®n, la compa?¨ªa recibi¨® contestaci¨®n de la familia aclarando el caso a trav¨¦s de hojas de reclamaciones, correos certificados, llamadas telef¨®nicas a operadoras y el procedimiento de mediaci¨®n que inici¨® la Oficina de Consumidores, pero no fueron documentos suficientes para que su calificaci¨®n de morosa se cancelase.
Subraya la defensa de la familia de Carmen Ferro que un mes despu¨¦s de que se denunciaran los hechos en el juzgado contra Telef¨®nica, Movistar la incluy¨® en los ficheros por una deuda de 90 euros. ¡°Son dos inclusiones por cuant¨ªas distintas y dada la actuaci¨®n pertinaz de las dos compa?¨ªas, la familia ha tenido que recurrir a los tribunales para poner fin a esta situaci¨®n, porque si no pagas estar¨¢s en esos ficheros indefinidamente¡±, incide la abogada del despacho de Honoriza, Mar¨ªa Jos¨¦ Hern¨¢ndez Borrageros.
En la denuncia constan adem¨¢s numerosas reclamaciones ante la tienda de Movistar en A Estrada y la denuncia presentada ante la Guardia Civil por un delito de suplantaci¨®n de identidad. ¡°Es luchar contra gigantes por una deuda ¨ªnfima para ellos, y menos mal que este despacho, especializado en estas reclamaciones, solo cobra si ganas la demanda, porque si tengo que pagar un abogado para ir a un juicio no hubi¨¦ramos denunciado¡±, insiste.
Movistar no lleg¨® a confirmar la baja de la difunta en los registros de insolvencia patrimonial, los cuales solo informan a los afectados de las consultas de los ¨²ltimos seis meses, y el hist¨®rico solo es proporcionado por la solicitud del juzgado y mediante prueba de oficios. La compa?¨ªa alega que la demanda se basa en los mismos hechos y que estos ya han sido juzgados, mientras la defensa de la familia de Carmen Ferro sostiene que son dos compa?¨ªas mercantiles distintas.
La titular del juzgado n¨²mero dos de A Estrada que admiti¨® a tr¨¢mite la demanda ya ha celebrado la audiencia previa para dictar sentencia. La parte demandante solicita la condena de Telef¨®nica M¨®viles Espa?a al pago de una indemnizaci¨®n de 8.000 euros por vulneraci¨®n del derecho al honor de la fallecida, adem¨¢s de los intereses legales y costas derivadas de este proceso, por haber litigado con temeridad.
¡°Es una demanda exactamente igual que la que se interpuso contra Telef¨®nica Espa?a, hace dos a?os¡±, esgrime la defensa de Movistar. ¡°Unos d¨ªas despu¨¦s de la notificaci¨®n de la sentencia, la demandante present¨® una nueva demanda contra la entidad Telef¨®nica M¨®viles Espa?a, reproduciendo ¨ªntegramente la demanda inicial y aportando la misma prueba¡±, a?ade. Adem¨¢s, cree que la indemnizaci¨®n solicitada es ¡°desproporcionada¡±, ya que asegura que esta compa?¨ªa solo la incluy¨® un mes en los ficheros de morosos.
La sentencia de la Audiencia de Pontevedra ya consider¨® en su primera sentencia que ¡°el incumplimiento de pago, sin hacer advertencia o notificaci¨®n, y sin adoptar las cautelas y medidas de comprobaci¨®n que requer¨ªan las circunstancias sobre la fallecida, la entidad demandada inst¨® la inclusi¨®n de sus datos en los ficheros de insolvencia con consiguiente afectaci¨®n negativa a su reputaci¨®n e imagen¡±. Invocando a la jurisprudencia sobre estos casos, el fallo resuelve que ha sido una ¡°inclusi¨®n indebida, sin concurrir verdadero fundamento, en registro de morosos, que constituye una intromisi¨®n ileg¨ªtima en el derecho al honor, por cuanto es una imputaci¨®n, la de ser moroso, que lesiona la dignidad de la persona, menoscaba su fama y atenta a su propia estimaci¨®n¡±.
¡°Este es un ejemplo de comportamiento abusivo por parte de las operadoras de telefon¨ªa, y aunque hay mucha jurisprudencia que nos avala como consumidores, es evidente que en la mayor¨ªa de los casos no se denuncia¡±, explica Hern¨¢ndez. ¡°Muchos afectados por pr¨¢cticas abusivas prefieren pagar porque cuando van al odont¨®logo, piden una tarjeta de cr¨¦dito o quieren pagar a plazos cualquier compra, se enteran de que est¨¢n en estos ficheros¡±, subraya.
La letrada tambi¨¦n incide en que en este caso ha habido una actitud activa por parte del cliente frente a la pasiva por parte de la operadora, y recuerda que el Tribunal Supremo ha marcado el criterio de fijar indemnizaciones ejemplarizantes en estos casos que afectan a los consumidores. ¡°Pero el Derecho no funciona como una tabla matem¨¢tica y est¨¢ sujeto a interpretaciones a criterio de los tribunales, por lo que estas compa?¨ªas, cuando hay denuncia, prefieren pagar que cambiar sus protocolos¡±, a?ade Mar¨ªa Jos¨¦ Hern¨¢ndez.