La justicia absuelve a un polic¨ªa acusado de matar de un disparo a un preso que se hab¨ªa fugado en C¨¢ceres
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura revoca una condena por homicidio imprudente y califica los hechos como imprudencia leve, que no est¨¢ penalizada
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha absuelto a un polic¨ªa que hab¨ªa sido condenado por matar de un disparo a un preso que se hab¨ªa fugado durante un traslado a los juzgados de C¨¢ceres en marzo de 2018. La sentencia revoca la decisi¨®n de la Audiencia de C¨¢ceres que le conden¨® por homicidio imprudente ¨Dy le castig¨® con una multa y una indemnizaci¨®n¨D y reduce la actuaci¨®n del agente a una imprudencia leve, que no est¨¢ penalizada. La decisi¨®n judicial, contra la que cabe recurso, tambi¨¦n exonera al polic¨ªa y al Estado de tener que pagar una indemnizaci¨®n de 108.000 euros a la familia del fallecido.
La v¨ªctima mortal, de 24 a?os, muri¨® el 2 de marzo de 2018, cuando estaba preso de forma preventiva en el Centro Penitenciario de C¨¢ceres. Con antecedentes penales por robo con fuerza, hab¨ªa sido trasladado a los juzgados para hacer unos tr¨¢mites judiciales. Lleg¨® a las 9.48 de un d¨ªa lluvioso, custodiado en un veh¨ªculo policial. Cuando fueron a abrirle la puerta, la empuj¨® con violencia y tir¨® a un agente al suelo, seg¨²n se relata en los hechos probados. El detenido ¨Dque no hab¨ªa estado esposado durante la conducci¨®n¨D atac¨® despu¨¦s a otro agente que intentaba evitar su fuga y le golpe¨® con una muleta. Huy¨® por la rampa de acceso al estacionamiento y antes de que se cerrara la verja de entrada, logr¨® escabullirse por un hueco. Entonces dio comienzo una b¨²squeda y persecuci¨®n por la ciudad extreme?a que dur¨® casi tres horas y media y en la que participaron cerca de 50 agentes de Guardia Civil, Polic¨ªa Nacional y Polic¨ªa Local.
El tribunal superior entiende, a diferencia de lo que considera la Audiencia Provincial, que en los ¨²ltimos momentos de la persecuci¨®n ¨Dcuando el agente sac¨® un arma ¡°personal privada¡±, que ¡°guardaba sin funda¡±¨D no actu¨® de forma imprudente, sino que ajust¨® la intensidad en el uso del arma a lo que estaba ocurriendo. ¡°Las circunstancias de riesgo real o posible desde que [el preso] huye del Palacio de Justicia, agrediendo a sus custodios, siendo uno de ellos el agente acusado, aconsejaban actuar con el arma preparada y apta para el disparo ante una posible reacci¨®n violencia de sujeto fugado, del que se ignoraba, m¨¢s all¨¢ de sus antecedentes penales y policiales, si ten¨ªa planeada la fuga, si contaba con apoyo externo¡±, recoge la sentencia del tribunal superior extreme?o. La sentencia tambi¨¦n destaca que el agente, ¡°cumpliendo la normativa, hizo disparos al aire sin apuntar al preso fugado¡±, y no se le puede exigir que, entre disparo y disparo, colocase el seguro del arma, especialmente en una persecuci¨®n a toda velocidad y la que el preso hab¨ªa dado marcha atr¨¢s para agredirles.
Al final de la persecuci¨®n, cuando varios agentes lo hab¨ªan localizado en otro punto de la ciudad y le persegu¨ªan, lanz¨® una pedrada a las manos del polic¨ªa y se le cay¨® la pistola reglamentaria al suelo. El agente continu¨® la persecuci¨®n con un arma ¡°de apoyo¡±, que deton¨® y acab¨® con la vida del huido con un disparo que le impact¨® directamente en la espalda. Al intentar superar un talud, el agente ¡°resbala, cae y es cuando se produce el fatal disparo¡±, contin¨²a la resoluci¨®n. ¡°Estas circunstancias suponen para la sala una infracci¨®n de los deberes de cuidado, pero de menor entidad¡±, concluye la decisi¨®n judicial. El preso fue atendido por el agente acusado, que intent¨® reanimarle junto con otros dos agentes, y una ambulancia lo traslad¨® al hospital. Falleci¨® sobre las 15.00 de este mismo d¨ªa, tras permanecer unas horas en la UCI. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
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