El Tribunal Constitucional cierra el paso a cualquier intento de crear una ¡°rep¨²blica digital catalana¡±
El ¨®rgano de garant¨ªas avala el decreto-ley del Gobierno para controlar de forma transitoria las comunicaciones electr¨®nicas en situaciones que pudieran afectar a la seguridad nacional
El tribunal Constitucional ha cerrado en su pleno de esta semana uno de los cap¨ªtulos m¨¢s controvertidos del proc¨¦s y el refer¨¦ndum ilegal del 1-O, al dictar una sentencia que deja en manos del Estado los suficientes mecanismos de control que impedir¨ªan eventuales intentos de poner en marcha una ¡°rep¨²blica digital¡± catalana, o de cualquier otra comunidad aut¨®noma. El fallo desestima un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Parlamento de Catalu?a contra varios preceptos de un real decreto aprobado por el Gobierno en 2019 tras las experiencias de dos a?os antes, con la puesta en marcha de los proyectos de desconexi¨®n de Catalu?a con respecto del resto de Espa?a.
El Ejecutivo dict¨® esa normativa ampar¨¢ndose en la necesidad de adoptar medidas urgentes ¡°por razones de seguridad p¨²blica en materia de administraci¨®n digital, contrataci¨®n del sector p¨²blico y telecomunicaciones¡±. Lo que pretend¨ªa el Gobierno era evitar que la administraci¨®n catalana pudiera contar con medios que hicieran posible ejercer desde fuera de Espa?a un supuesto derecho al voto en consultas o refer¨¦ndum convocados unilateralmente. O que para iniciativas de este tipo existieran documentos como el DNI catal¨¢n.
El decreto ley cuestionado dejaba la puerta abierta a que la administraci¨®n estatal asumiera plenamente la gesti¨®n de los servicios de comunicaciones electr¨®nicas, siempre de forma excepcional y transitoria. El requisito para este tipo de actuaciones era acreditar que se trataba de hacer frente a situaciones que pusieran en riesgo la seguridad colectiva y el orden p¨²blico, o la propia seguridad nacional. Antes de este ya ha habido dos fallos del Constitucional con pronunciamientos favorables a las competencias del Estado en esta materia, en respuesta a recursos de la Generalitat y del Gobierno vasco.
La sentencia ¡ªde la que ha sido ponente la magistrada Laura D¨ªez¡ª, desestima el recurso del Parlamento catal¨¢n porque considera que concurr¨ªa efectivamente ¡°la extraordinaria y urgente necesidad exigible para aprobar un real decreto-ley y que la prohibici¨®n temporal del uso de sistemas de identificaci¨®n basados en tecnolog¨ªas de registro distribuido no desborda los l¨ªmites de la competencia estatal reconocida en el art¨ªculo 149.1.18 de la Constituci¨®n¡±. Este precepto confiere al Estado, entre otras, la competencia exclusiva sobre ¡°las bases del r¨¦gimen jur¨ªdico de las administraciones p¨²blicas¡± y ¡°el sistema de responsabilidad de todas las administraciones p¨²blicas¡±.
El fallo considera asimismo que se ha producido una p¨¦rdida parcial del objeto del recurso en relaci¨®n con algunas de las vulneraciones competenciales alegadas y tambi¨¦n en relaci¨®n con algunas infracciones que planteaba el Parlamento de Catalu?a. Dicha p¨¦rdida de objeto se debe a la posterior aprobaci¨®n de la ley General de Comunicaciones, que introdujo cambios en la legislaci¨®n, entre otras materias sobre la autorizaci¨®n previa de la administraci¨®n general del Estado en relaci¨®n con las firmas y sellos electr¨®nicos que la comunidad aut¨®noma utiliza para su relaci¨®n con los ciudadanos.
El Tribunal Constitucional estima que tambi¨¦n ha perdido objeto la previsi¨®n que establec¨ªa la intervenci¨®n sobre el conjunto de redes y servicios de las comunicaciones electr¨®nicas por razones de orden p¨²blico. Finalmente, la sentencia aborda las posibles vulneraciones de derecho europeo contenidas en el mencionado decreto-ley. Al respecto, el tribunal sostiene que el ordenamiento comunitario ¡°no es en s¨ª mismo canon directo de constitucionalidad¡±, por lo que ¡°las tachas basadas en la supuesta incompatibilidad con este no son atendibles¡± en un recurso que cuestiona el encaje constitucional de la legislaci¨®n estatal.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
M¨¢s informaci¨®n
Archivado En
- Espa?a
- Tribunal Constitucional
- Catalu?a
- Decretos
- Parlamentos auton¨®micos
- Independentismo
- Sentencias
- Proc¨¦s Independentista Catal¨¢n
- Independencia
- Rep¨²blica
- Refer¨¦ndum 1 de Octubre
- Pol¨ªtica
- Carles Puigdemont
- Pol¨ªtica auton¨®mica
- Catal¨¢n
- Comunicaciones
- Fuga presos
- Jueces
- Delitos contra instituciones
- Parlament Catalu?a