El Supremo condena al Poder Judicial a regular la carga de trabajo de los jueces por su salud laboral
El tribunal rechaza dar un plazo de tres meses al ¨®rgano de gobierno de los jueces, como reclamaban las cuatro asociaciones de jueces
El Tribunal Supremo ha condenado al Poder Judicial por no regular la carga de trabajo de los jueces y magistrados a efectos de salud laboral, y le ha encomendado que regule esta cuesti¨®n sin un plazo determinado de tiempo. El Pleno de la Sala de lo Social ha dictado una sentencia en la que rechaza imponer un plazo tres meses al ¨®rgano de gobierno de los jueces para acometer esta regulaci¨®n, como ped¨ªan las cuatro asociaciones judiciales, porque el Plan de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial de 2015-2016, cuyo incumplimiento se reclama, ¡°no establece plazo alguno¡± para realizar esta tarea.
La decisi¨®n judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Ignacio Garc¨ªa Ponte, estima parcialmente un recurso de casaci¨®n interpuesto por las asociaciones judiciales Juezas y Jueces para la Democracia, Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria, Profesional de la Magistratura y Foro Judicial Independiente, que aglutinan al 50% de la carrera judicial. La resoluci¨®n anula parcialmente la sentencia de la Audiencia Nacional que desestim¨® en febrero de 2022 la demanda de conflicto colectivo presentada por las asociaciones judiciales contra el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Las asociaciones judiciales han considerado ¡°todo un ¨¦xito¡± la sentencia porque ¡°acoge la eterna reivindicaci¨®n de la Carrera Judicial¡±. En un comunicado conjunto, del que se hace eco Europa Press, inciden en el largo camino hasta llegar a este fallo judicial y auguran mucho trabajo para ¡°para plasmar en unos m¨®dulos definitivos¡± el derecho a que la salud laboral ¡°sea protegida¡±. Tras la difusi¨®n de la decisi¨®n judicial, las asociaciones profesionales se disponen a analizar el pronunciamiento y a seguir trabajando ¡°para que la reivindicaci¨®n se haga verdaderamente efectiva¡±.
El tribunal no acepta obligar al Poder Judicial a regular la carga de trabajo de los jueces conforme a un criterio de dedicaci¨®n o rendimiento para identificar los riesgos de car¨¢cter psicosocial a los que se enfrentan los miembros de la carrera judicial, o que se tengan en cuenta, adem¨¢s, las circunstancias personales y del ¨®rgano, como pretend¨ªan los demandantes. Tambi¨¦n rechaza que se tenga que acometer la regulaci¨®n en un plazo m¨¢ximo de tres meses desde la fecha de la sentencia.
La resoluci¨®n, de 60 p¨¢ginas, explica que el apartado 5.2 del Plan de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial ¡°no establece criterio alguno conforme al cual deba procederse a la regulaci¨®n de la carga de trabajo de la carrera judicial a efectos de salud laboral¡±. ¡°Nada dice, ni precisa sobre c¨®mo ha de regularse la carga de trabajo (...) ni sobre qu¨¦ criterios deben utilizarse¡±, a?ade la resoluci¨®n. A pesar de esta circunstancia, concluye que el Poder Judicial no ha cumplido con la previsi¨®n que le encomienda la regulaci¨®n sobre la salud laboral. ¡°La conclusi¨®n parece clara: el CGPJ ha fijado solo de forma ¡®provisional¡¯, y no definitiva, la carga de trabajo de la carrera judicial a efectos de salud laboral. O, si se prefiere, todav¨ªa est¨¢ en proceso de regulaci¨®n de la carga de trabajo de la carrera judicial a efectos de salud profesional¡±, a?ade la resoluci¨®n.
El plan de prevenci¨®n de riesgos de la carrera judicial fue aprobado en enero de 2015 por la Comisi¨®n Permanente del Consejo General del Poder Judicial. En el texto se recog¨ªan las ¡°singulares¡± caracter¨ªsticas de la actividad judicial, por ejemplo, que no tiene un horario concreto o que el n¨²mero de asuntos que tiene cada ¨®rgano judicial tambi¨¦n carece de limitaci¨®n, aunque los jueces y magistrados s¨ª tienen que celebrar los juicios y vistas y dictar resoluciones dentro de los plazos procesales de cada jurisdicci¨®n. Entre los riesgos de salud para la carrera judicial se citaban situaciones comunes, como golpes, sobreesfuerzos, o derivados del uso de equipos inform¨¢ticos, adem¨¢s de otras, como agresiones o riesgos psicosociales, como estr¨¦s o acoso.
Las cuatro asociaciones reclamaban en su demanda de conflicto colectivo que se declarara que el Poder Judicial estaba incumpliendo su obligaci¨®n de regular la carga de trabajo, tal y como ven¨ªa recogido en el plan de prevenci¨®n de riesgos laborales de la carrera judicial, y reclamaban que se le condenara a hacerlo conforme a un criterio adecuado, distinto al de la carga de trabajo que reciben los respectivos ¨®rganos judiciales, por considerar que este era un criterio inadecuado. Esta pretensi¨®n no se acepta porque Plan de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial de 2015-2016 ¡°no establece criterio alguno conforme al cual deba procederse¡±, seg¨²n recoge la resoluci¨®n.
La sentencia llega despu¨¦s de una larga batalla judicial de las asociaciones, que iniciaron esta reclamaci¨®n en julio de 2017, y se conoce en un contexto en el que las vacantes del Supremo, el bloqueo del CGPJ y la sobrecarga de trabajo ahogan al Poder Judicial. En los ¨²ltimos a?os, ha crecido la litigiosidad ¨Dun 13,6% entre 2020 y 2021, ¨²ltimo a?o del que hay registro, seg¨²n los datos del CGPJ¨D y contin¨²an las reclamaciones de todos los operadores jur¨ªdicos de falta de medios materiales y humanos. Los juzgados m¨¢s congestionados son los de Castilla-La Mancha, Murcia, Islas Baleares, Catalu?a y Madrid, 1,51. Los menos, los de Arag¨®n, Navarra y Asturias.
El pasado martes, el Gobierno aprob¨® la subida salarial de jueces, fiscales y letrados judiciales, unos incrementos retributivos que estaban pendientes de formalizarse desde la pasada primavera. En el caso de los letrados judiciales, el acuerdo se cerr¨® el 28 de marzo, tras dos meses de huelga indefinida que provocaron la suspensi¨®n de 400.000 juicios y vistas y la acumulaci¨®n de 480.000 demandas pendientes de llegar a los juzgados.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.