La Abogac¨ªa del Estado pide que el magistrado Mac¨ªas sea apartado de la deliberaci¨®n sobre la amnist¨ªa en el Constitucional
El servicio jur¨ªdico del Gobierno, como ya hiciera la Fiscal¨ªa, recusa al exvocal del CGPJ porque en aquel cargo firm¨® un informe muy cr¨ªtico con la norma
La Abogac¨ªa del Estado (el servicio jur¨ªdico del Gobierno) ha recusado al magistrado Jos¨¦ Mar¨ªa Mac¨ªas y ha pedido al Tribunal Constitucional que le aparte de los recursos relacionados con la ley de amnist¨ªa, por haber formado criterio sobre dicha norma y haber informado contra su constitucionalidad en su anterior cargo de vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El escrito del Abogado del Estado plantea que Mac¨ªas no debe formar parte de la composici¨®n del ¨®rgano de garant¨ªas cuando el pleno se re¨²na para deliberar sobre la impugnaci¨®n presentada por el PP, asunto para el que dicho magistrado hab¨ªa sido designado como ponente, siguiendo el turno preestablecido para la asunci¨®n de casos.
El documento del CGPJ firmado por Mac¨ªas el pasado marzo, seis meses antes de ser nombrado magistrado del Constitucional, sosten¨ªa que la amnist¨ªa no pretend¨ªa la normalizaci¨®n pol¨ªtica en Catalu?a, sino que se trataba de un pacto pol¨ªtico para satisfacer ¡°intereses partidistas¡± y desbloquear la investidura de Pedro S¨¢nchez como presidente del Gobierno, vulnerando el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jur¨ªdica, entre otros establecidos por la Constituci¨®n.
En este momento, el tribunal que deber¨¢ pronunciarse sobre la ley que perdona los delitos vinculados al proc¨¦s est¨¢ compuesto por seis magistrados progresistas y cinco conservadores; una mayor¨ªa progresista pero estrecha. Si Mac¨ªas fuera apartado, esa ventaja de los progresistas se ampliar¨ªa.
Jos¨¦ Mar¨ªa Mac¨ªas ya fue recusado el pasado d¨ªa 19 por el fiscal general del Estado, ?lvaro Garc¨ªa Ortiz. El escrito de la Fiscal¨ªa ped¨ªa apartar a Mac¨ªas de las deliberaciones sobre la cuesti¨®n de inconstitucionalidad presentada por el Supremo contra dicha ley. La existencia de estas dos iniciativas paralelas ¡ªla del fiscal general y la de la Abogac¨ªa¡ª, de contenido muy similar, se debe a que la Fiscal¨ªa del Estado es parte en el proceso originado por la iniciativa del Supremo, mientras que la Abogac¨ªa lo es en relaci¨®n con los recursos de inconstitucionalidad planteados por el PP, por las comunidades aut¨®nomas en las que este partido gobierna y por el Ejecutivo de Castilla-La Mancha, del PSOE.
La impugnaci¨®n del Supremo ya ha sido admitida a tr¨¢mite por el Constitucional y el resto se examinar¨¢ en otros plenos, ya en octubre. Los recursos de las comunidades aut¨®nomas est¨¢n suspendidos hasta que el tribunal decida sobre su legitimaci¨®n, a la vista del informe que sobre este extremo est¨¢n realizando los letrados del propio ¨®rgano de garant¨ªas.
El escrito de la Abogac¨ªa del Estado por el que se recusa al magistrado Jos¨¦ Mar¨ªa Mac¨ªas se basa en los criterios contrarios a la ley de amnist¨ªa expresados en el informe aprobado por el Consejo General del Poder Judicial el pasado marzo. Este informe fue suscrito por Mac¨ªas como vocal del ¨®rgano del gobierno de los jueces. Hay otro informe precedente (de noviembre de 2023), pero la recusaci¨®n se centra en el ¨²ltimo por considerarlo sobradamente claro.
El dictamen de la Abogac¨ªa subraya que el documento apoyado en marzo por el ahora magistrado sosten¨ªa: ¡°La justificaci¨®n de la amnist¨ªa proyectada no es otra que la de atender a los intereses partidistas de las fuerzas que suscribieron el pacto [de investidura de Pedro S¨¢nchez]¡±. Y consideraba ¡°indudable¡± que ¡°la amnist¨ªa comporta una manifiesta vulneraci¨®n del derecho a la igualdad¡±. ¡°Baste se?alar ¡ªprosegu¨ªa el informe¡ª que ciudadanos condenados o acusados por unos mismos delitos (¡) pueden quedar, o no, exentos [de la imposici¨®n de penas] frente a otros ciudadanos en esa misma situaci¨®n¡±. ¡°No cabe una discriminaci¨®n mayor que, adem¨¢s, afecta a uno de los bienes jur¨ªdicos de los ciudadanos m¨¢s dignos de protecci¨®n, a los que se les somete, o no, a normas sancionadoras, porque solo los comprendidos en la amnist¨ªa gozar¨¢n del privilegio, que choca a la m¨¢s elemental conciencia, de quedar al margen de las normas punitivas¡±.
Apoy¨¢ndose en estas citas, el escrito de la Abogac¨ªa considera acreditado que el magistrado Jos¨¦ Mar¨ªa Mac¨ªas, ¡°ha ocupado cargo p¨²blico con ocasi¨®n del cual ha tenido un extenso conocimiento del objeto del litigio y ha formado criterio con el resto de los consejeros (del Poder Judicial), en detrimento de la debida imparcialidad¡±; es decir, se cumple as¨ª, seg¨²n el servicio jur¨ªdico del Estado, uno de los requisitos de la recusaci¨®n recogidos en el art¨ªculo 219 de la ley org¨¢nica del Poder Judicial.
Recusaciones cruzadas
En paralelo, el PP ha recusado al presidente del Constitucional, C¨¢ndido Conde-Pumpido, y a la magistrada Laura D¨ªez, ambos del sector progresista. Esta iniciativa iba dirigida inicialmente tambi¨¦n contra el exministro de Justicia y hoy magistrado Juan Carlos Campo, pero en este caso ya carecen de objeto, porque ¨¦l se ha abstenido de participar en el debate de la amnist¨ªa.
En medios del Constitucional se estima que las recusaciones de Conde-Pumpido y D¨ªez no tienen posibilidades de prosperar. El sector progresista, en concreto, considera que el objetivo de esta iniciativa es alterar la composici¨®n del tribunal para lograr que dicho bloque, ahora mayoritario, quede en minor¨ªa, si a la salida de Campo se sumaran las otras dos mencionadas. En ese caso si Mac¨ªas, a su vez, no fuera apartado, el tribunal quedar¨ªa compuesto por cinco magistrados del bloque conservador y cuatro del progresista. Las fuentes consultadas excluyen por completo que la batalla de las recusaciones pueda saldarse con este hipot¨¦tico escenario final.
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