Tres jueces de Madrid aprovechan una sentencia por des¨®rdenes para recurrir la Ley de Amnist¨ªa
El condenado a cuatro a?os de c¨¢rcel, hu¨ªdo de la Justicia, neg¨® su relaci¨®n con una protesta en la Puerta del Sol a favor de los condenados del ¡®proc¨¦s¡¯. La Fiscal¨ªa rechaza aplicar la norma al fugado.
Tres jueces integrantes de la secci¨®n 23 de la Audiencia Provincial de Madrid han promovido una cuesti¨®n de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnist¨ªa por entender que esta norma vulnera ¡°el derecho constitucional a la igualdad ante la ley, as¨ª como los principios de seguridad jur¨ªdica y proscripci¨®n de la arbitrariedad¡±. Los magistrados Jos¨¦ Sierra Fern¨¢ndez, Jes¨²s G¨®mez Angulo y Enrique Berg¨¦s de Ramon activaron el procedimiento para recurrir la Ley de Amnist¨ªa ante el Tribunal Constitucional apenas dos d¨ªas despu¨¦s de aprobada la norma. Para hacerlo, los tres jueces de Madrid aprovecharon una sentencia que condenaba a cuatro a?os de c¨¢rcel a Daniel G. por los delitos de des¨®rdenes p¨²blicos y atentado a los agentes de la autoridad durante los incidentes ocurridos tras una concentraci¨®n celebrada el 16 de octubre de 2019 en la Puerta del Sol para protestar contra las condenas a dirigentes catalanes que promovieron el proc¨¦s.
En el relato de hechos de la sentencia se detallan los actos violentos ocurridos en el centro de Madrid despu¨¦s de que terminase ¡°sin incidentes¡±, la concentraci¨®n a favor de los dirigentes independentistas catalanes. El principal condenado, Daniel G., neg¨® en el juicio su participaci¨®n en la concentraci¨®n de la Puerta del Sol y tan solo admiti¨® que se meti¨® en los incidentes ocurridos en la plaza de la Villa para proteger a una amiga de la polic¨ªa.
Pese a que los incidentes violentos que motivaron la detenci¨®n de Daniel G. y de su amiga ocurrieron despu¨¦s de la concentraci¨®n contra la sentencia del proc¨¦s, los tres magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid consideran que ¡°el contexto en el que se produjeron los hechos¡± estar¨ªan dentro del ¡°¨¢mbito objetivo, temporal e intencional de la aplicaci¨®n de la Ley de Amnist¨ªa¡± y por tanto deber¨ªa beneficiar al condenado. Pero los tres jueces consideran que aplicar esa Ley de Amnist¨ªa a Daniel G. vulnera derechos constitucionales, perjudicar¨ªa al derecho de igualdad ante la ley, a la seguridad jur¨ªdica o a la interdicci¨®n de la arbitrariedad, por lo que suspendieron el procedimiento y presentaron, el pasado 30 de septiembre, la cuesti¨®n de inconstitucionalidad. Para argumentar su rechazo a la Ley de Amnist¨ªa, los tres jueces citan el informe que aprob¨® la mayor¨ªa conservadora del Consejo General del Poder Judicial pese a no tener competencias para emitirlo y hacerlo cuando llevaban m¨¢s de cinco a?os con el mandato caducado.
Ni el abogado del condenado ni la fiscal¨ªa instaron a la aplicaci¨®n de la Ley de la Amnist¨ªa. Preguntados por el tribunal, la Fiscal¨ªa rechaz¨® la posibilidad de aplicar esa norma a los hechos sentenciados. ¡°De la sentencia se desprende que los hechos objetos de condena no acaecieron en el curso de actos dirigidos a mostrar apoyo a los objetivos o fines descritos en la Ley de Amnist¨ªa, sino una vez finalizados estos sin incidentes. Y precisamente aparecen como realizados por grupos extremistas de signo contrario¡±, se?ala el fiscal Salvador Ortol¨¢. Y concluye: ¡°Los hechos objetos de condena no parecen tener encaje en las previsiones de la Ley de Amnist¨ªa¡±.
Por su parte, el abogado del condenado pidi¨® que se le aplicara la Ley de Amnist¨ªa y se dejaran sin efecto las medidas cautelares contra su defendido, huido de la justicia y con una orden de b¨²squeda, detenci¨®n e ingreso en prisi¨®n internacional.
Dos de los tres jueces que firman el recurso contra la Ley de Amnist¨ªa ante el Tribunal Constitucional, Jes¨²s G¨®mez ?ngulo y Enrique Berg¨¦s, son los mismos que han rechazado en dos ocasiones, la ¨²ltima el pasado 7 de octubre, el archivo de la causa abierta en un juzgado de plaza de Castilla contra Bego?a G¨®mez, la mujer del presidente del Gobierno.
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