La presidenta del CGPJ convoca un pleno extraordinario para acercar posturas sobre el sistema de elecci¨®n del Consejo
El CGPJ, que contin¨²a dividido entre progresistas y conservadores, deb¨ªa tener listo un informe para el 6 de febrero
La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perell¨®, ha convocado un pleno extraordinario para el pr¨®ximo mi¨¦rcoles 5 de febrero para tratar de buscar un criterio unificado entre el sector progresista y conservador sobre el sistema de elecci¨®n de los vocales jueces del CGPJ. La intenci¨®n de la presidenta, seg¨²n informan fuentes del ¨®rgano, es convencer a los vocales para que el Consejo elabore un solo informe que recoja las posturas de uno y otro bloque sobre el modo de elecci¨®n de los vocales y evitar as¨ª que cada grupo elabore un documento distinto, lo que har¨ªa imposible cumplir con el mandato derivado de la reforma legal acordada el verano pasado por el PSOE y el PP dentro el pacto que permiti¨® desbloquear la renovaci¨®n del CGPJ. Ese acuerdo instaba al Consejo a presentar, en el plazo de seis meses, una propuesta de reforma del sistema de elecci¨®n de los 12 vocales jueces. El Consejo ten¨ªa que tener listo ese documento el 6 de febrero, pero las discrepancias entre ambos grupos han impedido, por ahora, consensuar un texto.
El acuerdo del PSOE y el PP deriv¨® en una ley org¨¢nica que contemplaba que el CGPJ debe elaborar un informe que examine ¡°los sistemas europeos de elecci¨®n de los miembros de los Consejos de la Magistratura an¨¢logos al espa?ol¡± y una propuesta ¡°de reforma del sistema de elecci¨®n de los vocales designados entre jueces y magistrados (...) que, con la participaci¨®n directa de jueces y magistrados que se determine, pueda ser evaluada positivamente por el informe del Estado de Derecho de la Comisi¨®n Europea, en la que se establezca un Consejo General del Poder Judicial acorde con los mejores est¨¢ndares europeos¡±.
Un grupo de trabajo integrado por dos vocales de cada sector lleva desde octubre trabajando para intentar acercar posturas, pero, por ahora, ninguno de los grupos ha cedido en su posici¨®n de partida. Los progresistas insisten en que el Parlamento tiene formar parte de la elecci¨®n de los 12 vocales de procedencia judicial, mientras que los conservadores sostienen que esos consejeros deben ser designados directamente por los jueces.
Ante la evidencia de que es imposible llegar a una propuesta com¨²n, cada grupo est¨¢ trabajando ahora en su propio documento, lo que abocar¨ªa, en principio, a incumplir el mandato de enviar una propuesta al Gobierno y a las Cortes porque ni el bloque progresista ni el conservador cuenta con la mayor¨ªa necesaria para sacar adelante su texto (hacen falta 13 de los 21 votos del pleno). La ¨²nica opci¨®n para cumplir, al menos formalmente, es consensuar un informe que recoja distintas propuestas y esta es, seg¨²n las fuentes consultadas, la intenci¨®n que persigue Perell¨® al convocar el pleno del pr¨®ximo 5 de febrero.
Para elaborar su propuesta, el Consejo ha pedido opini¨®n a las cuatro asociaciones judiciales, a los 17 tribunales superiores de justicia, a la Audiencia Nacional y al Tribunal Supremo. La Sala de Gobierno del alto tribunal ha remitido un texto, avanzado por El PA?S, en el que incluye varias propuestas y admite la ¡°divergencia de puntos de vista¡± que este asunto provoca incluso dentro de la c¨²pula del Supremo. No obstante,la Sala de Gobierno considera que, sea cual sea el modelo elegido, ¡°deber¨ªa garantizar e intensificar la participaci¨®n¡± de los jueces porque el actual ¡°no permite entender que el Consejo sea acorde con los mejores est¨¢ndares europeos¡±.
El alto tribunal no se opone a que el sistema garantice la intervenci¨®n de las Cortes con un modelo ¡°mixto¡± en el que los jueces elijan a los candidatos a vocales y estos luego sean refrendados por el Congreso y el Senado. Esta f¨®rmula es similar a la que ya rige, aunque el tribunal cree que debe modificarse para evitar que la elecci¨®n ¡°siga obedeciendo al mero reparto de cuotas parlamentarias sobre los candidatos presentados por la carrera judicial¡±. Para limitar el margen de decisi¨®n del Parlamento, el Supremo propone acotar a un m¨¢ximo de 36 (y un m¨ªnimo de 24, para que haya 12 titulares y 12 suplentes) los candidatos a vocales judiciales. Adem¨¢s, sugiere que al menos ocho de los 12 vocales judiciales tuvieran el refrendo de las Cortes ¡°sin margen alguno de discrecionalidad¡±, de forma que el refrendo parlamentario se limitara a constatar la idoneidad de esos candidatos.
En el caso de optar por que sean los jueces quienes elijan a los vocales, el tribunal da tres opciones: que la elecci¨®n se haga por listas abiertas; que los jueces no elijan a los 12 vocales jueces sino solo a 8 y que los otros cuatro sean elegidos por el Parlamento; o que, a la hora de adjudicar los resultados de la votaci¨®n de los jueces, se introduzcan ¡°correcciones¡± para garantizar la proporcionalidad por sexos, categor¨ªas y la presencia de todas las asociaciones y de jueces no asociados. A lo que el Supremo s¨ª se opone expresamente a que se haga ¡°una elecci¨®n mayoritaria pura¡± por parte de los jueces ¡°que pudiera dejar sin efecto la pluralidad o proporcionalidad entre categor¨ªas y sexo¡±, por lo que si finalmente se opta por que sean los jueces los que elijan a los vocales, se deben introducir mecanismos ¡°correctivos¡± para garantizar la pluralidad.
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