Absuelta la funcionaria del Sergas denunciada por su hija por acceder a su historial cl¨ªnico
El TSXG oblig¨® a repetir el juicio por fallos en la valoraci¨®n de las pruebas pero el tribunal reitera que existi¨® ¡°un consentimiento no escrito¡± para que la madre conociera datos sobre la salud de su hija
La secci¨®n quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto por segunda vez a la trabajadora del Servizo Galego de Sa¨²de (Sergas) acusada por su hija de utilizar su clave de acceso personal para realizar 68 accesos a su historia cl¨ªnica. El Tribunal Superior de Galicia (TSXG) orden¨® repetir el juicio en octubre de 2019 por fallos en la valoraci¨®n de las pruebas en respuesta al recurso de la denunciante.
Los magistrados basan la absoluci¨®n del delito continuado de descubrimiento de secretos relativos a la salud de la v¨ªctima cometido por funcionario p¨²blico en que no se ha acreditado que la sospechosa realizase los accesos sin contar con la autorizaci¨®n de su hija. ¡°Nos remitimos al estrecho v¨ªnculo entre las partes, que lleva a considerar hip¨®tesis razonable la existencia de un consentimiento no escrito¡±, destaca el tribunal.
El fiscal solicitaba para la funcionaria la pena de 4 a?os de prisi¨®n, 24 meses de multa y 9 a?os de inhabilitaci¨®n absoluta. La acusaci¨®n particular ejercida por la hija de la acusada, tambi¨¦n reclamaba una indemnizaci¨®n de 15.000 euros por los da?os y perjuicios psicol¨®gicos y morales sufridos, con los intereses legales correspondientes.
El juicio se centr¨® en las malas relaciones que exist¨ªan entre madre e hija que esta denunci¨® ante el tribunal para insistir que la acusada no ten¨ªa su consentimiento para consultar su historial m¨¦dico y que con ello solo pretend¨ªa controlarla. Pero los magistrados creen que en la valoraci¨®n conjunta de la prueba practicada no pueden llegar al convencimiento m¨¢s all¨¢ de toda duda de que los accesos se llevaran a cabo sin autorizaci¨®n.
¡°Nos remitimos al estrecho v¨ªnculo entre las partes que lleva a considerar como hip¨®tesis razonable la existencia de un consentimiento no escrito, y sin dejar de valorar el car¨¢cter disfuncional de la relaci¨®n, lo cierto es que ello no ha impedido a lo largo del tiempo que entre madre e hija se hayan vivido periodos en los que han mantenido relaci¨®n y en los que ha vivido en el domicilio familiar¡±, incide la sentencia.
Con la valoraci¨®n conjunta de las pruebas y la declaraci¨®n de la denunciante, los magistrados consideran que la ausencia de autorizaci¨®n por parte de la hija no ha quedado acreditada. ¡°La existencia de relaci¨®n de la denunciante con la acusada crean una duda suficiente¡± respecto a la falta de autorizaci¨®n para proceder a los accesos, dice el fallo.
¡°Dudas que no se despejan con los escritos remitidos por la denunciante ni por el nexo de causalidad que establece el m¨¦dico forense¡± al valorar su estado de salud. ¡°Por tanto, y en aplicaci¨®n del principio in dubio pro reo, regla de valoraci¨®n probatoria que conduce a adoptar la alternativa m¨¢s favorable al acusado cuando el tribunal de enjuiciamiento no ha alcanzado una certeza exenta de dudas razonables¡±, la sala se inclina por absolver a la funcionaria y declara de oficio las costas procesales causadas.
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