Nuevas restricciones en Madrid: consulte qu¨¦ se puede hacer y qu¨¦ no
Gu¨ªa de las actividades permitidas tras las medidas anticovid en la capital y las ciudades afectadas
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Cierra Madrid capital y los nueve municipios m¨¢s poblados de la regi¨®n. El Ministerio de Sanidad public¨® el jueves en el Bolet¨ªn Oficial del Estado las medidas de control y recomendaciones para aquellas localidades con una incidencia mayor de 500 casos por cada 100.000 habitantes en 14 d¨ªas, un 10% de PCR positivas y una ocupaci¨®n de enfermos de covid en las UCI por encima del 35%. Con estos criterios, 10 municipios de la Comunidad de Madrid, incluida la capital, han establecido confinamientos perimetrales y limitaciones de aforos y horarios, pr¨¢cticamente los mismos que ya exist¨ªan aunque no en poblaciones enteras sino en 45 ¨¢reas b¨¢sicas de salud. La Comunidad de Madrid ha recurrido las medidas este viernes ante la Audiencia Nacional, al considerar que invaden sus competencias, pero ha acatado las ¨®rdenes. Las limitaciones, que afectan a 4.786.948 ciudadanos, han entrado en vigor a las diez de la noche del viernes, tras ser recogidas por el Bolet¨ªn Oficial de la Comunidad de Madrid sobre las cuatro de la tarde del viernes. Esta son las respuestas a las principales dudas:
?Cu¨¢ndo comienzan a aplicarse estas medidas?
La tarde del mi¨¦rcoles 30 de septiembre comenz¨® el plazo de 48 horas dado por el Gobierno a todas las comunidades afectadas para que hicieran efectivas las medidas, que en realidad solo son Madrid y Navarra. El Gobierno de Madrid ha apurado el l¨ªmite al m¨¢ximo, al establecer las diez de la noche del viernes 2 de octubre como hora de entrada en vigor. El plazo se cumpl¨ªa a las 22.48.
?Cu¨¢nto durar¨¢n?
La duraci¨®n de las medidas depende de la mejora de la situaci¨®n sanitaria. En principio, est¨¢n previstas para 15 d¨ªas, pero las ¨®rdenes de Sanidad establecen que cada autonom¨ªa afectada y Sanidad revisar¨¢n semanalmente y de forma bilateral la situaci¨®n epidemiol¨®gica de los municipios.
?A qu¨¦ municipios afecta?
Las localidades con las restricciones de Sanidad en la regi¨®n son 10: Madrid (3.266.126 habitantes), Alcal¨¢ de Henares (195.649), Alcobendas (117.040), Alcorc¨®n (170.514), Fuenlabrada (193.700), Getafe (183.374), Legan¨¦s (189.861), M¨®stoles (209.184 vecinos), Parla (130.124) y Torrej¨®n de Ardoz (131.376). Se trata de los municipios m¨¢s grandes de la regi¨®n y todos ellos ¨Dsalvo Alcobendas¨D est¨¢n situados en la zona sur, suroeste o este de la Comunidad.
Hasta ahora, se ven¨ªan aplicando medidas muy similares por parte del Gobierno regional no en localidades completas sino en 45 ¨¢reas b¨¢sicas de salud de la capital, Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebasti¨¢n de los Reyes y Alcobendas. El Ejecutivo regional ha decidido que las zonas de salud por debajo de 100.000 habitantes pero con alta incidencia tendr¨¢n las mismas medidas que las decretadas por el Gobierno central, as¨ª que las ¨¢reas de Humanes de Madrid y Reyes Cat¨®licos (San Sebasti¨¢n de los Reyes) continuar¨¢n con restricciones durante 14 d¨ªas m¨¢s a partir del lunes 5 de octubre. A partir de dicha fecha, desde las 00.00, se suma Villa del Prado a las zonas con restricciones.
?Estoy confinado si vivo en uno de estos municipios?
No es un confinamiento como el del mes de marzo, cuando se aplic¨® el estado de alarma. Dentro de los municipios con restricciones, los movimientos no se restringen y los ciudadanos pueden moverse ¡°respetando las medidas de protecci¨®n individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes¡±, pero se recomienda evitar toda salida o desplazamiento innecesario. Es el caso de la capital las medidas afectan a todos, por lo que un residente se puede desplazar sin problemas por los 21 distritos de la capital y de un distrito a todo, pero no deber¨ªa moverse de casa salvo para acudir a trabajar, al m¨¦dico o al colegio.
?Puedo salir de mi municipio si est¨¢ confinado?
No. Ning¨²n ciudadano residente en Madrid capital, independientemente del distrito o del ¨¢rea de salud en el que viva ni de ninguno de las otras nueve ciudades podr¨¢ salir de ella. Tampoco puede entrar nadie que no viva all¨ª. No obstante, existen muchas excepciones para desplazamientos siempre que est¨¦n ¡°adecuadamente justificados¡±: ir al centro de salud, trabajo, centros escolares y universidades, volver a la residencia habitual, asistencia de mayores, menores y dependientes; y desplazamientos a bancos, juzgados u otros organismos p¨²blicos.
Tambi¨¦n se puede salir para renovaciones de permisos y documentaci¨®n oficial, tr¨¢mites administrativos inaplazables, realizaci¨®n ex¨¢menes o pruebas oficiales y por causa de fuerza mayor o situaci¨®n de necesidad, e incluso en cualquier otra actividad de an¨¢loga naturaleza debidamente acreditada.
?C¨®mo se justifican los movimientos?
El Gobierno de Madrid considera v¨¢lido el modelo de justificante por cuestiones laborales ya publicado para las zonas de salud restringidas desde hace dos semanas, que puede ser adaptado a otras situaciones, como el cuidado de personas mayores o dependientes.
Si vivo en un pueblo no confinado. ?Puedo ir a Madrid?
No. Seg¨²n la normativa que ha entrado en vigor este viernes, est¨¢ prohibido entrar en Madrid o en cualquiera de las otras nueve ciudades que cuentan con restricciones, salvo las excepciones del apartado anterior. Pero s¨ª podr¨¢ ir a cualquier otro municipio de la regi¨®n sin restricciones o fuera de la comunidad.
?Y a una segunda residencia?
Si vive en un municipio no confinado puede ir a otro no confinado, no obstante se recomienda reducir al m¨¢ximo los movimientos tanto dentro como fuera de la comunidad. En cambio, si su poblaci¨®n est¨¢ afectada por las restricciones, no puede acudir a su segunda residencia, aunque esta no tenga restricciones.
?Y qu¨¦ pasa con los parques?
Est¨¢n abiertos. El Gobierno de Madrid no proh¨ªbe el uso de los parques infantiles en la orden que recoge las medidas establecidas por el Ministerio de Sanidad, ya que este lo autoriza. ¡°Los parques infantiles s¨ª se van a poder utilizar con esta orden¡±, ha aclarado el consejero de Sanidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero. La obligaci¨®n de cerrar figuraba en el borrador que llev¨® el ministro de Sanidad, Salvador Illa, al plenario del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, pero finalmente la orden publicada no lo recoge. Por su parte, la Comunidad de Madrid hab¨ªa establecido esta medida en las zonas b¨¢sicas de salud restringidas, que ahora decaen en todos los municipios de m¨¢s de 100.000 habitantes.
Tengo entradas para el teatro o el cine. ?Puedo ir a espect¨¢culos?
Si est¨¢ confinado puede acudir a cualquier espect¨¢culo siempre que el lugar est¨¦ dentro del municipio, pero se recomienda no salir de cada para nada que no sea esencial. Si vive en alguna zona que no tiene restricciones, no puede acudir a eventos localizados en ¨¢reas restringidas.
?Y a la iglesia?
El aforo m¨¢ximo en los lugares de culto es de un tercio, con una distancia m¨ªnima interpersonal de 1,5 metros.
?Y a un entierro?
El aforo m¨¢ximo en velatorios es de 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, sean o no convivientes; en la comitiva f¨²nebre de enterrar o despedida para la cremaci¨®n de la persona fallecida ser¨¢ un m¨¢ximo de 15 personas.
?Podr¨¦ ir a comprar a un centro comercial fuera de mi municipio confinado?
No. Est¨¢ restringida la entrada y salida, salvo para aquellos desplazamientos que est¨¦n adecuadamente justificados: trabajo, estudios, motivos sanitarios o cuidado de mayores.
?Cerrar¨¢n los comercios?
No, los comercios estar¨¢n abiertos. Las tiendas y los locales de servicios abiertos al p¨²blico, como peluquer¨ªas o gimnasios tienen que establecer un l¨ªmite de aforo del 50% y pueden estar abiertos hasta las 22.00. Los centros considerados esenciales como farmacias, centros m¨¦dicos, veterinarios o de combustible no tienen l¨ªmite horario. La hosteler¨ªa tiene la misma limitaci¨®n de aforo en sus espacios interiores, y del 60% en terraza. El consumo en barra no est¨¢ permitido y deben cerrar a las 23.00, aunque ya no pueden admitirse nuevos clientes a partir de las 22.00. El aforo m¨¢ximo de autoescuelas, centros privados de ense?anzas no regladas y de formaci¨®n es del 50%.
?Cu¨¢ntas personas pueden reunirse?
La agrupaci¨®n de personas para el desarrollo de cualquier tipo de actividad tanto en la v¨ªa p¨²blica como en viviendas y espacios p¨²blicos se mantiene en un m¨¢ximo de seis, salvo si son convivientes, medida ya decretada por el Gobierno regional y que entr¨® en vigor el 19 de septiembre. Hay algunas excepciones, como la realizaci¨®n de actividades laborales e institucionales o en aquellas en las que se establezcan l¨ªmites o medidas espec¨ªficas, entre las que se incluyen las manifestaciones.
?Puedo salir a hacer deporte o ir a andar al campo?
Si su municipio est¨¢ confinado, s¨ª, siempre que no salga de ¨¦l. No puede ir a hacer deporte de una localidad no confinada a una confinada y viceversa. Los gimnasios e instalaciones deportivas no se cierran, pero el aforo m¨¢ximo es del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores. Los grupos se reducen a un m¨¢ximo seis personas.
?C¨®mo se va a controlar que alguien de una de estas zonas no est¨¦ en otra cuando no le corresponde?
M¨¢s de 700 polic¨ªas y guardias civiles se han desplegado desde la noche del viernes por toda la regi¨®n para controlar las nuevas restricciones a la movilidad, han informado fuentes de la Delegaci¨®n del Gobierno en Madrid. A ellos, se sumar¨¢n efectivos de las polic¨ªas locales de los 10 municipios afectados. Hasta ahora, 270 municipales controlaban el cumplimiento de las limitaciones en las ¨¢reas de salud.
?Existen multas si se incumplen las normativas?
De momento, no. La Comunidad de Madrid asegura que no se pueden sancionar los incumplimientos hasta que no avale las medidas el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que tiene un plazo m¨¢ximo para ratificarlas de tres d¨ªas. Los controles que se est¨¢n estableciendo hasta el pronunciamiento judicial son solo informativos. Las sanciones aplicables a partir de entonces pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.
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