Restricciones en Madrid por la covid: prorrogados hasta el 9 de abril toque de queda y la prohibici¨®n de reuniones en casas
Ayuso aplicar¨¢ las medidas acordadas entre el Gobierno y las comunidades para el puente de San Jos¨¦ y Semana Santa y cerrar¨¢ la regi¨®n hasta el 9 de abril. Se levantan las restricciones en todas las zonas, salvo Morata
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El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha anunciado que aplicar¨¢ el cierre perimetral acordado entre el Gobierno central y todas las dem¨¢s comunidades para el puente de San Jos¨¦ y Semana Santa pero, al mismo tiempo, recurrir¨¢ la medida al no estar de acuerdo con su efectividad y al entender que, jur¨ªdicamente, el Ministerio de Sanidad no puede ¡°imponer un acuerdo del Consejo Interterritorial que no ha sido adoptado por consenso y que no es vinculante¡±. As¨ª, la regi¨®n estar¨¢ cerrada perimetralmente entre el 17 y 21 de marzo y entre el 26 de marzo y el 9 de abril, fecha hasta la que se prorroga el toque de queda de 23.00 a 6.00 y la prohibici¨®n de reuniones de no convivientes en domicilios. El lunes que viene, se levantar¨¢n las restricciones de movilidad en todas las zonas b¨¢sicas de salud (ZBS) que estaban perimetradas y solo se a?adir¨¢ una: Morata de Taju?a.
Estas son, una a una, las medidas en vigor en la regi¨®n:
Medidas para toda la Comunidad de Madrid
- Puente de San Jos¨¦ y Semana Santa. Toda la regi¨®n estar¨¢ cerrada perimetralmente entre el 17 y 21 de marzo y entre el 26 de marzo y el 9 de abril.
- Restauraci¨®n y comercio. El horario de cierre de bares y restaurantes sigue fijado hasta el 9 de abril en las 23.00. Dichos establecimientos no pueden admitir nuevos clientes a partir de las 22.00, aunque se les permite repartir comida hasta las 00.00. El l¨ªmite de clientes en las mesas de las terrazas se mantiene tambi¨¦n en seis, m¨¢ximo que es de cuatro en el interior de los locales.
En cuanto a los comercios, la bajada de la persiana es a las 22.00, y m¨¢s all¨¢ solo pueden permanecer abiertos los que presten servicios imprescindibles e inaplazables como farmacias, centros m¨¦dicos, veterinarios y gasolineras. Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes, ¡°espacios similares¡± y lugares de culto podr¨¢n terminar su actividad despu¨¦s de las 22.00 si los asistentes respetan el toque de queda.
- Toque de queda. Tambi¨¦n sigue siendo hasta el 9 de abril de 23.00 a 6.00, se proh¨ªbe la movilidad, salvo causa justificada como ir o volver del trabajo.
- Reuniones sociales. Siguen sin poderse recibir visitas en domicilios hasta el 9 de abril, salvo excepciones, como las parejas y matrimonios que vivan en domicilios distintos o las personas que viven solas, que podr¨¢n reunirse con una ¨²nica unidad de convivencia.
- Aforos. En lugares de interior los aforos est¨¢n al 50% y sigue suspendido el servicio en barra en bares y restaurantes. Las excepciones a la norma general del 50% son: 75% de ocupaci¨®n en teatros, cines y otras instalaciones culturales, 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center) y 75% las terrazas al aire libre, establecimientos comerciales y centros de formaci¨®n no reglada.
Restricciones por zonas b¨¢sicas de salud
- Nuevas zonas restringidas. Morata de Taju?a.
- Zonas en las que terminan las limitaciones. Debido a la ¡°buena evoluci¨®n epidemiol¨®gica¡±, la Consejer¨ªa de Sanidad ha decidido levantar las restricciones a las 15 zonas b¨¢sicas de salud que estaban perimetradas. Se trata de todo el municipio de Torrej¨®n de Ardoz (seis ZBS), de Collado Villalba (tres zonas), de San Sebasti¨¢n de los Reyes (cuatro zonas), la zona b¨¢sica de Mar¨ªa Curie, en Legan¨¦s, y el ¨¢rea sanitaria de Villanueva del Pardillo, en las que viven 301.000 madrile?os, el 4,5% de la poblaci¨®n de la regi¨®n. Una ZBS de salud no es un barrio ni un distrito, es un conjunto de calles que pertenecen a un mismo centro de salud. Para saber la incidencia del virus en su barrio, introduzca su calle en este buscador.
En esta ¨¢rea cerrada, rige la medida extra:
-Cierre perimetral. Prohibida la entrada y salida, salvo para ¡°desplazamientos adecuadamente justificados¡± mediante un documento (aqu¨ª puede descargarse el justificante para entrar o salir por cuestiones laborales o por cuidado de mayores o dependientes). Entre las excepciones est¨¢ ir al m¨¦dico, al trabajo o a centros educativos, retorno al lugar de residencia habitual, cuidado de mayores, menores o dependientes y la asistencia a ex¨¢menes o a tr¨¢mites judiciales, administrativos o bancarios. Se pueden cruzar las zonas y los ciudadanos pueden moverse dentro de ellas. Los aforos y horarios son los mismos que en las ¨¢reas no restringidas. Se permiten las entradas y salidas de las ZBS cerradas a centros deportivos, siempre que las actividades sean desarrolladas por preparadores f¨ªsicos y bajo prescripci¨®n facultativa.
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