Un bombero gana un primer juicio al Ayuntamiento de Madrid: no se puede estar 24 horas activable sin cobrar las horas extra
Si los 83 funcionarios que est¨¢n en el mismo caso siguen la misma v¨ªa judicial, el coste de las sanciones para el Consistorio puede superar los ocho millones
Mazazo judicial para el Ayuntamiento de Madrid. El juzgado de lo contencioso-administrativo n¨²mero 29 de Madrid ha dado la raz¨®n a un primer oficial de bomberos que denunci¨® que no le pagaran las horas extraordinarias que consideraba que le deb¨ªan por haber estado desde el principio de la pandemia ¡°activable las 24 horas¡±, incluso cuando se levant¨® el estado de alarma. En total, dos a?os. Eso significaba que deb¨ªa tener el m¨®vil encendido siempre, incluso en sus d¨ªas de libranza, y no se pod¨ªa alejar mucho de la comunidad, tampoco en vacaciones, ya que en 40 minutos deb¨ªa estar en su lugar de trabajo (60, si estaba justificado) si se lo llamaba. El bombero calculaba, siguiendo la ley que recoge las obligaciones y deberes de los funcionarios, que el Consistorio le deb¨ªa unos 100.000 euros. Y la jueza le ha dado la raz¨®n, seg¨²n la sentencia a la que ha tenido acceso EL PA?S, que todav¨ªa se puede recurrir: ¡°Por ser tiempo de trabajo, el tiempo de guardia en r¨¦gimen de disponibilidad no presencial¡±. Es decir, por haber estado activable entre marzo y junio de 2020, el Ayuntamiento deber¨¢ pagarle 20.739,88 euros, por lo que el oficial espera que cuando salga el segundo fallo del tiempo restante que ha estado en esa situaci¨®n (entre junio de 2020 y marzo de 2022) la cantidad que deber¨¢ recibir alcance lo que hab¨ªa estimado al principio.
Este pago extra provocado por la negativa del jefe de Emergencias a cerrar una orden que dio al principio de la pandemia, le puede costar caro al Ayuntamiento de Jos¨¦ Luis Mart¨ªnez-Almeida. Hay 83 afectados ¨Dentre oficiales y suboficiales¨D, de los que 20 ya hab¨ªan reclamado lo mismo que el primer oficial y est¨¢n pendientes de que se celebre su juicio. ¡°Ahora, con esta sentencia, est¨¢ habiendo un aluvi¨®n de denuncias que siguen los mismos pasos¡±, admiten fuentes del cuerpo de bomberos. La cifra total que puede estar obligado a desembolsar el Ayuntamiento puede alcanzar los ocho millones de euros. Seg¨²n fuentes del Consistorio, los servicios jur¨ªdicos est¨¢n estudiando ¡°la resoluci¨®n judicial actual y se va a preparar el recurso¡±, ya que tienen un plazo de 30 d¨ªas.
Los oficiales y suboficiales han estado dos a?os ¡°localizables y disponibles¡± las 24 horas de cada d¨ªa, sin excepci¨®n, y, por tanto, sin poder salir de la regi¨®n madrile?a. Todo se deb¨ªa a una instrucci¨®n del director general de Emergencias, Enrique L¨®pez Ventura. La raz¨®n esgrimida: la pandemia. Al ser un servicio esencial, el alto cargo, del que dependen los Bomberos de la capital y Samur-Protecci¨®n Civil, sac¨® una orden el 15 de marzo de 2020 (que prorrog¨® despu¨¦s en varias ocasiones) para exigir que estos bomberos estuvieran los 365 del a?o ¡°activables¡± por lo que pudiera pasar. Dio igual que el 9 de mayo de 2021 concluyera el estado de alarma y que m¨¦dicos, enfermeras, t¨¦cnicos sanitarios, pol¨ªticos, incluso la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel D¨ªaz Ayuso, o el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, destensaran sus agendas y pudieran salir de la regi¨®n madrile?a en su tiempo libre. Estos bomberos no pod¨ªan hacerlo. Y dio igual que le pidieran al jefe por escrito que, por favor, cerrara aquella instrucci¨®n cuando finaliz¨® el estado de alarma.
Hasta que este peri¨®dico public¨® la denuncia de los afectados el febrero pasado. Fue entonces cuando L¨®pez Ventura orden¨® cerrar aquella orden. Hab¨ªan pasado justo dos a?os.
El director de Emergencias se defendi¨® entonces, antes de cerrar la orden, negando la mayor. Argument¨® que se trataba de un servicio esencial en una situaci¨®n extraordinaria y que, por supuesto, el Consistorio no ten¨ªa que nada que pagar. ¡°El Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid previene tal medida para los oficiales ante una obligaci¨®n existente, haya o no pandemia, que ya est¨¢ establecida desde 1984 por el reglamento¡±, dijo entonces.
Eso, sin embargo, era una verdad a medias. En ¨¦poca prepand¨¦mica, los mandos de bomberos de Madrid hac¨ªan guardias de 24 horas por turnos y ten¨ªan un tel¨¦fono corporativo para esos d¨ªas. De esa manera pueden permitirse desconectarlo cuando est¨¢n librando. Sin embargo, durante esos dos a?os, si los llamaban y no se presentaban en su puesto de trabajo cualquier d¨ªa de la semana y en el tiempo estimado, pod¨ªan cometer una falta disciplinaria grave o muy grave que est¨¢ sancionada con la ¡°suspensi¨®n firme de funciones¡± que puede acarrear sanciones de hasta seis a?os sin empleo ni salario, seg¨²n las normas disciplinarias que regula las obligaciones de los empleados p¨²blicos, como los bomberos.
Las quejas, en todo caso, llegaron tiempo despu¨¦s. Seg¨²n contaron varios de los afectados, los oficiales y suboficiales de bomberos acataron al principio sin problema la instrucci¨®n porque consideraban que en una situaci¨®n excepcional, las medidas deb¨ªan ser excepcionales. Pero cuando la situaci¨®n sanitaria se fue relajando para todos y tanto sus superiores como los m¨¢ximos responsables pol¨ªticos pudieron permitirse desconectar, ellos se vieron atados por una orden que su superior se neg¨® a cerrar.
Lo primero que hicieron varios afectados fue pedir por escrito el cierre de la instrucci¨®n. Este peri¨®dico tuvo acceso a la respuesta del propio director de Emergencias a varios de los bomberos, que antes de interponer la demanda en el juzgado decidieron registrar un recurso de reposici¨®n, calificado como de alzada. Eso ocurri¨® hace un a?o y medio. En aquella respuesta, el m¨¢ximo responsable de Bomberos insist¨ªa en que se trataba de un servicio esencial y que, por supuesto, no se iban a pagar guardias extraordinarias.
¡°Una cosa es asistir a siniestros fuera del turno de trabajo y otra muy distinta es el desempe?o del servicio consistente en estar localizado y disponible en situaci¨®n de activable¡±, esgrimi¨® L¨®pez Ventura a este peri¨®dico en febrero. ¡°En ning¨²n caso se establece compensaci¨®n econ¨®mica alguna. Se establece la forma de computar esta parte de la guardia que forma parte de su jornada ordinaria de trabajo y no se abonan retribuciones extraordinarias¡±, insisti¨® en una nota remitida a este peri¨®dico a trav¨¦s de un portavoz del Ayuntamiento. ¡°En el acuerdo de condiciones de trabajo del personal de la Escala T¨¦cnica del Cuerpo de Bomberos no se regula el abono de guardias extraordinarias a personal que est¨¢ localizable sin prestar servicio¡±.
Fuentes del ¨¢rea de Emergencias a?aden ahora que el Plan Territorial de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid (PEMAM) sigui¨® activado mucho tiempo despu¨¦s del estado de alarma en nivel naranja, y por eso se mantuvo abierta la instrucci¨®n. El nivel naranja constituye el primer nivel de activaci¨®n, frente a una materializaci¨®n de un riesgo o situaci¨®n de emergencia que suponga un extraordinario despliegue de efectivos municipales. ¡°Dos a?os seguidos no es algo extraordinario¡±, defienden varios afectados.
El quid del conflicto se centraba, por tanto, en una pregunta: ?Se debe pagar (o cobrar) por estar siempre disponible? El juzgado de lo contencioso-administrativo n¨²mero 29 de Madrid piensa que s¨ª, y as¨ª lo refleja en su sentencia.
Ahora, el Ayuntamiento tiene 30 d¨ªas para recurrir. Y previsiblemente ser¨¢ el Tribunal Supremo el que decida, sin pasar por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ya que la jueza ha aplicado el art¨ªculo 86 de la ley de la jurisdicci¨®n contenciosa al entender que la sentencia contiene una doctrina que puede ser gravemente da?osa para los intereses generales y que hay m¨¢s afectados que se pueden adherir al fallo. Si se confirma, ¡°el empecinamiento¡± del director de Emergencias, seg¨²n las palabras de varios de sus subordinados, le puede costar a las arcas p¨²blicas unos ocho millones de euros. El ¨¢rea de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, dirigida por Inmaculada Sanz, no ha querido responder si exigir¨¢ alg¨²n tipo de responsabilidad a L¨®pez Ventura.
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