Los jueces fallan que la Comunidad de Madrid actu¨® bien en las residencias de mayores de Alcorc¨®n y Legan¨¦s
Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia afirman que las ¨®rdenes de Sanidad eran meras indicaciones sin obligaci¨®n de cumplimiento estricto
Giro en la doctrina mantenida en los dos ¨²ltimos a?os por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-administrativo han fallado en favor de la Comunidad de Madrid en la gesti¨®n de las residencias de mayores p¨²blicas y privadas de Alcorc¨®n (169.500 habitantes) y Legan¨¦s (188.400), pese a que durante los recursos presentados por sendos ayuntamientos obligaron a la Consejer¨ªa de Sanidad a medicalizar los centros y a aumentar las medidas de protecci¨®n de los internos. Los jueces afirman ahora, en un cambio radical respecto a sus actuaciones anteriores, que las ¨®rdenes dictadas por el Gobierno de Pedro S¨¢nchez eran meras directrices de c¨®mo se pod¨ªa actuar y que en ning¨²n momento exig¨ªan intervenciones directas. Los dos alcaldes de sendos consistorios han adelantado que recurrir¨¢n el fallo ante el Tribunal Supremo.
La disputa interna entre los cincos magistrados de la Secci¨®n Octava viene recogida en las sentencias que han mandado en los ¨²ltimos d¨ªas a los dos ayuntamientos que demandaron a la Comunidad de Madrid. Si en un primer momento se encarg¨® la redacci¨®n del fallo a una jueza, esta fue relevada al no mostrar el parecer mayoritario de la sala. Al final, la escribi¨® Ana Mar¨ªa Jimena Calleja. Tres integrantes de la sala estaban a favor de absolver al Gobierno regional y otras dos, en contra. De hecho, estas dos magistradas, Mar¨ªa Dolores Galindo Gil y Mar¨ªa del Pilar Garc¨ªa Ruiz, fueron las que redactaron las medidas cautelares durante el procedimiento y exigieron a la Consejer¨ªa de Sanidad que medicalizara las residencias de ambos municipios. Ambas han redactado un voto particular conjunto en el que muestran su discrepancia con la sentencia de Alcorc¨®n.
El fallo, que consta de 16 folios, rechaza de pleno las pretensiones de los ayuntamientos. Tras repasar las ¨®rdenes dictadas por el Ministerio de Sanidad, hace una lectura favorable al Gobierno regional, al determinar que lo que all¨ª se recog¨ªa era meramente indicativo y sujeto a los principios de ¡°necesidad y proporcionalidad¡±: ¡°Se trata de un elenco de facultades o posibilidades de actuaci¨®n cuya concreci¨®n o materializaci¨®n en cada caso implica el ejercicio de una actividad puramente discrecional, que deber¨¢ adoptarse en funci¨®n de la disponibilidad de recursos y la valoraci¨®n de las necesidades concurrentes en toda la Comunidad de Madrid¡±, mantiene el fallo. En los meses m¨¢s duros de la pandemia, entre marzo y junio de 2020, los integrantes de esta misma sala obligaron a la consejer¨ªa a tomar medidas urgentes en las residencias de Alcorc¨®n y Legan¨¦s. En concreto, los autos obligaban a Sanidad a medicalizar los centros y aumentar las medidas de protecci¨®n de los residentes, una poblaci¨®n especialmente vulnerable, seg¨²n recordaron los jueces ante los reiterados recursos de la Abogac¨ªa de la Comunidad de Madrid.
Los magistrados tambi¨¦n afirman que las ¨®rdenes aprobadas por la propia Consejer¨ªa de Sanidad para aplicar las dictadas por el ministerio del ramo ¡°no establec¨ªan ninguna concreta y espec¨ªfica obligaci¨®n directamente exigible por los centros o residentes ¡ªde los que el Ayuntamiento se hace portavoz¡ª a las autoridades sanitarias de la Comunidad de Madrid¡±. Es decir, que el departamento dirigido por el consejero Enrique Ruiz-Escudero era el ¨²nico con capacidad para esa ¡°apreciaci¨®n discrecional de la Administraci¨®n¡±. ¡°No encontramos un solo punto en ninguna de esas ¨®rdenes que establezcan una prestaci¨®n concreta y totalmente determinada en favor de personas concretas, pues m¨¢s bien se trata de disposiciones que establecen l¨ªneas de actuaci¨®n de car¨¢cter general¡±, afirma la ponente. ¡°En ning¨²n caso puede ser sustituida por los Tribunales de Justicia¡±, concluye el fallo. Entre marzo y mayo de 2020, murieron 195 mayores en las residencias de Legan¨¦s y 148 en las de Alcorc¨®n, seg¨²n datos aportados por los dos alcaldes a las demandas ante el TSJM.
Los magistrados solo dan la raz¨®n en la demanda a los ayuntamientos en que s¨ª estaban legitimados para defender los intereses de los internos, frente a la alegaci¨®n del abogado regional de que los consistorios carec¨ªan de tal legitimidad, al no tener competencias directas sobre las residencias.
Voto particular muy fundamentado
El voto particular de las magistradas Galindo Gil y Garc¨ªa Ruiz en la sentencia de Alcorc¨®n resulta, con 12 folios, casi tan extenso como la propia sentencia. Las juezas, con un tono directo y muy fundamentado, mantienen que las ¨®rdenes de Sanidad s¨ª obligaban a la Comunidad de Madrid. En concreto, ¡°a una prestaci¨®n material, debida, concreta y determinada, en favor de los residentes y trabajadores de aquellos centros residenciales, consistente en modificar su uso para darles un uso hospitalario, esto es, para medicalizar los centros de mayores¡±. Entienden, por tanto, que tal incumplimiento del Gobierno regional permitir¨ªa a ambos ayuntamientos ejercitar la acci¨®n por inactividad de la Administraci¨®n, como recoge el art¨ªculo 29 de la Ley Jurisdiccional.
Las magistradas recuerdan que las acciones a las que estaba obligada la consejer¨ªa no necesitan ninguna explicaci¨®n, ¡°dada la elocuente tasa de contagios y fallecimientos que, en el precoz momento a que se contrae temporalmente el recurso, monopolizaron la actualidad informativa¡±. Las juezas recuerdan que Sanidad s¨ª pod¨ªa medicalizar las residencias: ¡°Tal como se llev¨® a cabo, recordamos ahora, modificando el uso de hoteles de la capital o del recinto ferial de Ifema, para darles precisamente un uso sanitario¡±.
Sendas sentencias han ca¨ªdo como un jarro de agua fr¨ªa en los dos ayuntamientos. La alcaldesa de Alcorc¨®n, la socialista Natalia de Andr¨¦s, ha criticado que el fallo traslade toda la responsabilidad a los trabajadores de los centros, cuando eran las autoridades sanitarias las obligadas a adoptar las medidas de protecci¨®n de los mayores. Tambi¨¦n ha destacado que las directrices del ministerio eran ¡°de obligado cumplimiento¡± y no facultativas de la consejer¨ªa y que est¨¢ en desacuerdo con la sentencia ya que se estaba defendiendo la vida de las personas mayores. ¡°Los jueces han estado al margen de la sensibilidad ciudadana y, lo que es m¨¢s grave, con los autos que ellos mismos fueron dictando con las medidas cautelares¡±, ha destacado De Andr¨¦s.
El regidor de Legan¨¦s, el tambi¨¦n socialista Santiago Llorente, ha explicado que la asesor¨ªa jur¨ªdica del Ayuntamiento est¨¢ estudiando c¨®mo recurrir el fallo porque tampoco considera que las directrices de las ¨®rdenes fueran de ¡°libre disposici¨®n¡± por parte de las autoridades sanitarias.
Suscr¨ªbete aqu¨ª a nuestra newsletter diaria sobre Madrid.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.