?Qui¨¦n pone orden en el descontrol de la redes sociales?
Las grandes empresas tecnol¨®gicas pueden restringir hoy el discurso p¨²blico mejor que cualquier Gobierno en la historia
Desde el nacimiento y progresivo desarrollo de internet como plataforma abierta, conectada e interoperable para la libre circulaci¨®n de todo tipo de contenidos y servicios, hemos asistido a debates importantes acerca de su regulaci¨®n y la necesidad de eliminar determinados cuellos de botella que impedir¨ªan, precisamente, que las caracter¨ªsticas de la red de redes pudieran desplegarse por completo. Desde los propios terminales, pasando por sistemas operativos, navegadores y ahora los servicios de intermediaci¨®n (motores de b¨²squeda, redes sociales o plataformas para compartir v¨ªdeos), diversas corporaciones privadas ¡ªmuchas de ellas de gran envergadura y alcance multinacional¡ª han venido incidiendo de manera muy directa en la forma en la que se desarrollan las interacciones en la Red.
Plataformas como Twitter, Facebook, YouTube o Instagram centran hoy debates acerca de su poder cuando alojan a jefes de Estado como Donald Trump ¡ªa quien en enero, tras el asalto al Capitolio, Twitter y Facebook suspendieron sus cuentas¡ª. Tambi¨¦n se discute sobre el papel de estas grandes plataformas como amplificadoras o reductoras de determinados discursos durante procesos electorales y sobre la relevancia de dichos espacios en momentos de crisis sanitaria mundial en los que la difusi¨®n de falsedades puede acabar incidiendo en el modo y en el ritmo con los que venceremos a la pandemia.
M¨¢s de 20 a?os despu¨¦s de la adopci¨®n en Europa y Estados Unidos de las normas de cabecera del internet que ha llegado a nuestros d¨ªas (respectivamente, la directiva sobre comercio electr¨®nico de la UE y la reforma de la ley estadounidense de telecomunicaciones, a trav¨¦s de la Secci¨®n 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones) existe, sobre todo en el Viejo Continente, una amplia discusi¨®n e importantes propuestas acerca de la introducci¨®n de obligaciones y modalidades de intervenci¨®n de los Estados en las actividades de las plataformas.
Las plataformas desempe?an un papel innegable como facilitadoras del ejercicio de la libertad de expresi¨®n. Gracias a ellas, personas sin acceso a los medios de comunicaci¨®n tal y como los hemos entendido hasta ahora disponen de canales de difusi¨®n de contenidos e ideas de forma efectiva y con un alcance potencialmente ilimitado. Genera tambi¨¦n pocas dudas que periodistas y medios se benefician, asimismo, de la visibilidad y la accesibilidad adicional que proporciona la distribuci¨®n de sus contenidos. Adem¨¢s, es indudable que existe tambi¨¦n una creciente presi¨®n por parte de gobiernos, legisladores, sociedad civil e incluso usuarios para que las plataformas act¨²en como filtros protectores frente a contenidos nocivos. Concretamente, existe en estos momentos, y especialmente en Europa, un discurso pol¨ªtico y social que apuesta por la asunci¨®n y ejercicio de un mayor grado de responsabilidad (no necesaria ni ¨²nicamente en el sentido jur¨ªdico del t¨¦rmino) por parte de las plataformas en la vigilancia y eliminaci¨®n de contenidos tanto ilegales como da?inos u objetables (desinformaci¨®n, promoci¨®n de conductas inc¨ªvicas o insalubres, contenidos ofensivos para ciertas sensibilidades, etc¨¦tera).
En un contexto de esta naturaleza, sin embargo, las principales plataformas pueden restringir nuestro discurso de manera m¨¢s efectiva que cualquier Gobierno en la historia. No hay que olvidar que estas restricciones se articular¨¢n, mayoritariamente, a partir de la utilizaci¨®n de sistemas automatizados que pueden tomar decisiones casi inmediatas con relaci¨®n a contenidos que requieren en muchos casos de un an¨¢lisis ponderado y contextualizado (?justifica una determinada fotograf¨ªa la violencia o por el contrario la denuncia?, ?con qu¨¦ intenci¨®n ¡ªir¨®nica, insultante, ilustrativa¡¡ª se ha escrito un determinado vituperio?, ?tiene voluntad peyorativa la referencia a un determinado grupo ¨¦tnico?). Exactamente el mismo tipo de decisiones que requerir¨ªan para su adopci¨®n a cualquier tribunal meses o incluso a?os.
Esta situaci¨®n genera paradojas y tensiones de dif¨ªcil soluci¨®n.
Contenidos de baja calidad o poco deseables
Existe un sentimiento m¨¢s o menos amplio a favor de la necesidad de impedir o limitar que grandes corporaciones transnacionales se enriquezcan alojando y ofreciendo, en muchos casos, contenidos de baja calidad o poco deseables en el marco de nuestros sistemas pol¨ªticos y sociales. Un requerimiento que, por cierto, se basa en un grado de exigencia ¨¦tica que no se impone necesariamente y en los mismos t¨¦rminos a otros actores econ¨®micos, particularmente en el ¨¢mbito de la comunicaci¨®n. Por el otro, sin embargo, es necesario ser precavido a la hora de delegar precisamente en estos actores la capacidad de regular o discernir lo bueno de lo malo, o incluso de determinar cu¨¢ndo un contenido es ilegal y cu¨¢ndo debe prevalecer la libertad de expresi¨®n.
Una aproximaci¨®n adecuada a estos problemas requiere seguramente distinguir, por un lado, la din¨¢mica de las plataformas respecto de, por el otro, los poderes de los Estados a la hora de establecer y aplicar l¨ªmites a la libertad de expresi¨®n.
Es importante que sean las autoridades estatales (y particularmente jueces y tribunales) quienes determinen en cada supuesto cu¨¢ndo un contenido es ilegal y requieran a las plataformas, a partir de este discernimiento, la adopci¨®n de las medidas correspondientes.
No deber¨ªa, en cambio, corresponder a las autoridades (incluso en el caso del poder judicial) decidir cu¨¢ndo una plataforma puede o debe adoptar medidas con relaci¨®n a otros tipos de contenidos que puedan tener un mero car¨¢cter nocivo.
Las plataformas se sujetan, como no pod¨ªa ser de otra forma, al derecho. Pero tambi¨¦n son foros gobernados por sus propias reglas internas de admisi¨®n y de limitaci¨®n de determinado tipo de expresiones o conductas, como sucede en muchos otros espacios gestionados privadamente. ?Significa ello que las redes sociales pueden eliminar contenidos o expulsar usuarios de forma totalmente arbitraria? Por supuesto que no. Es necesario que se adopten normas adecuadas y proporcionales que garanticen la transparencia de la mencionada gesti¨®n, la adecuada disponibilidad de mecanismos de queja y recurso, as¨ª como, en general, un tratamiento equilibrado, proporcional y motivado de los contenidos publicados por parte de los usuarios. Este es el camino que parece estar tomando, con matices, la Uni¨®n Europea en el marco de su reciente propuesta de regulaci¨®n de los servicios y mercados digitales.
Y una reflexi¨®n final.
Las plataformas reflejan a menudo, a trav¨¦s de los contenidos que circu?lan en las mismas, problemas sociales y pol¨ªticos de gran calado. Problemas que se derivan de carencias hist¨®ricas y culturales importantes, las cuales requieren del despliegue de pol¨ªticas p¨²blicas complejas y ambiciosas. No caigamos en la trampa de querer arreglar el mundo a base de regular herramientas y entornos que a menudo no son sino su mero reflejo.
Joan Barata Mir es investigador del programa de legislaci¨®n de plataformas del Centro de Pol¨ªticas Cibern¨¦ticas de la Universidad de Stanford (EE?UU) y miembro de la Plataforma por la Libertad de Informaci¨®n (PDLI).
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