El Papa decreta la expulsi¨®n de los obispos que oculten casos de abusos sexuales
La Santa Sede echar¨¢ a los eclesi¨¢sticos que omitan actos que hayan provocado da?os a otros
![El Papa, junto a moseñor Marcelo Sanchez Sorondo, firma un documento en el Vaticano.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/ATK67GYCD3LESW22JN2BF7QVJ4.jpg?auth=f9f63b9d06ab0e4978d44a6d68cf46043dfb6e55059fd196de5fd0cf1c24b740&width=414)
Los documentos papales ¨Clas enc¨ªclicas, las exhortaciones apost¨®licas-- son con frecuencia largos e incluso dif¨ªciles de asimilar para los profanos, pero el motu proprio que acaba de publicar el papa Francisco es de apenas dos folios y tan claro como el agua: los obispos que act¨²en de forma negligente u oculten informaci¨®n en relaci¨®n con los abusos sexuales hacia menores o adultos vulnerables ser¨¢n expulsados de sus cargos. El decreto del Papa, titulado ¡°Como una madre amorosa¡±, llega con d¨¦cadas de retraso, pero es de gran importancia por cuanto la terrible experiencia demuestra que, si no hubiese sido por el silencio c¨®mplice de la jerarqu¨ªa eclesi¨¢stica, se habr¨ªa podido evitar el sufrimiento de tantas v¨ªctimas y la impunidad de tantos culpables.
El decreto, que entrar¨¢ en vigor el domingo, refuerza los art¨ªculos del C¨®digo de Derecho Can¨®nico en los que se estipula la posibilidad de expulsar a un eclesi¨¢stico por "causas graves". Jorge Mario Bergoglio advierte: "Con el presente documento pretendo precisar que entre las denominadas 'causas graves' se incluye la negligencia de los obispos en el ejercicio de sus funciones, particularmente en relaci¨®n con los casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables".
El C¨®digo de Derecho Can¨®nico establece en su art¨ªculo 193 que "nadie puede ser removido de un oficio conferido por tiempo indefinido, a no ser por causas graves". El documento del Papa, dado a conocer durante la ma?ana del s¨¢bado por la oficina de prensa del Vaticano, establece que entre esas causas graves presentado este s¨¢bado por el papa Francisco establece que los obispos o cardenales "pueden ser leg¨ªtimamente retirados de su cargo si, por negligencia, haya omitido actos que hayan provocado da?os a otros". Unos da?os que pueden repercutir en personas f¨ªsicas o en la propia comunidad, ya sea en forma de perjuicio "f¨ªsico, moral, espiritual o patrimonial". Hasta ahora, el obispo pod¨ªa ser retirado solamente si haya fallado objetivamente de manera muy grave a sus responsabilidades, pero el motu proprio del Papa advierte de que, en el caso de que se trate de abuso a menores, "es suficiente que el fallo sea grave".
En los casos en los que se den "serios indicios" de un comportamiento negligente, las congregaciones competentes de la Curia Romana podr¨¢n dar inicio a una investigaci¨®n, avisando previamente al sujeto estudiado, a quien se le conceder¨¢ la posibilidad de defenderse. Una vez se alcance una sentencia y se considere oportuna la suspensi¨®n del obispo, la Congregaci¨®n podr¨¢ optar, "en base a las circunstancias del caso", si publicar "en el tiempo m¨¢s breve posible" el decreto de suspensi¨®n o invitar al obispo a presentar su renuncia.
El obispo contar¨¢ con un plazo de 15 d¨ªas para presentar su renuncia y, si no se pronuncia en dicho plazo, la Congregaci¨®n emitir¨¢ entonces el decreto de suspensi¨®n. En cualquier caso, la decisi¨®n de la Congregaci¨®n deber¨¢ ser sometida a la aprobaci¨®n del pont¨ªfice quien, antes de asumir una decisi¨®n definitiva, convocar¨¢ un Colegio de juristas.
En el documento Francisco se?ala que la Iglesia ama a todos sus hijos pero "cura y protege con un afecto muy particular a los peque?os e indefensos", como los ni?os o los adultos vulnerables. Esta reforma entrar¨¢ en vigor a partir de ma?ana, una vez sea publicada en la gaceta oficial de la Santa Sede, L'Osservatore Romano.
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