Loter¨ªa de Navidad 2024: ?cu¨¢nto se queda Hacienda de cada premio? ?Y si se comparte?
La Agencia Tributaria retiene un porcentaje a todos los ganadores que superen cierta cantidad de dinero
Este domingo se celebra el esperado Sorteo Extraordinario de la Loter¨ªa de Navidad. Dentro de unas horas, cientos de miles de espa?oles ver¨¢n los bombos girar unidos por una misma ilusi¨®n: llevarse parte de la cifra r¨¦cord que se repartir¨¢ este a?o, 2.702 millones de euros. El m¨¢s codiciado es el Gordo de Navidad, de cuatro millones de euros a la serie o 400.000 euros al d¨¦cimo premiado. A este le siguen: el segundo premio, que reparte 125.000 al d¨¦cimo; el tercero, con 50.000; dos cuartos premios y ocho quintos (de 20.000 y 6.000 euros por billete, respectivamente). Sin embargo, si eres uno de los afortunados, antes de decidir c¨®mo quieres gastar o invertir el premio, debes tomar en cuenta que al total se le aplicar¨¢ una retenci¨®n de impuestos.
Todos los premios organizados por la Sociedad Estatal de Loter¨ªas y Apuestas del Estado (Selae) que superen los 40.000 euros est¨¢n sujetos al pago de un gravamen especial, en vigor desde 2013. Por lo tanto, aquellos premios que sobrepasan ese importe tendr¨¢n que tributar con un tipo del 20% sobre toda la parte que exceda esta cifra. Eso significa que para los agraciados con el premio mayor, quedan exentos los primeros 40.000 euros y se tributa por los 360.000 euros restantes, de manera que Hacienda se queda con 72.000 euros y el ganador, con 328.000 euros por d¨¦cimo.
Se aplica el mismo c¨¢lculo para el segundo premio, y se tributa por los 85.000 euros no exentos, de modo que Hacienda se queda con 17.000 euros y el ganador, con 108.000. Por ¨²ltimo, los que se lleven el tercer premio tendr¨¢n que tributar 2.000 euros y recibir¨¢n 48.000 euros en su cuenta. Dado que los cuartos, quintos, aproximaciones y pedreas no rebasan el umbral est¨¢n exentos de cargas fiscales.
Es importante tomar en cuenta que el impuesto se aplica en forma de retenci¨®n, es decir, que la propia Selae abonar¨¢ el premio ¡ªd¨¦cimo, fracci¨®n o cup¨®n de loter¨ªa¡ª aplicando el gravamen correspondiente en el momento del pago, de manera que los ganadores no tendr¨¢n que realizar ning¨²n tr¨¢mite adicional.
Premios compartidos
Entre los entusiastas de la loter¨ªa es muy habitual no contentarse con un solo billete y compartir d¨¦cimos con la familia, los amigos o los compa?eros de trabajo. Para estos casos, la Agencia Tributaria explica que cuando los premios sean compartidos, los 40.000 euros exentos de tributaci¨®n se tienen que repartir proporcionalmente a la participaci¨®n de cada uno.
Adem¨¢s, la persona que se encargue de esta tarea ser¨¢ quien figure como beneficiario ¨²nico o gestor de cobro y deber¨¢ estar en condiciones de acreditar ante la Agencia Tributaria que se ha efectuado el reparto y de identificar a todos los afortunados.
La Agencia tambi¨¦n se?ala que los contribuyentes del IRPF o los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que se lleven un premio ¡ªy se les aplique la retenci¨®n en el momento del abono de la suma¡ª no tendr¨¢n que presentar ninguna otra autoliquidaci¨®n.
Asimismo, los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados podr¨¢n solicitar la devoluci¨®n que pudiera corresponderles por aplicaci¨®n de un convenio para evitar la doble imposici¨®n internacional.
?Cu¨¢nto recaudar¨¢ Hacienda?
Gracias al Sorteo Extraordinario de Navidad las arcas de Hacienda podr¨¢n ingresar 175,6 millones de euros si se reparten los tres primeros premios, seg¨²n los c¨¢lculos publicados este jueves por el Sindicato de T¨¦cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).
El comunicado tambi¨¦n aprovecha la nota para recomendar ¡°precauci¨®n¡± a la hora de contratar los populares seguros de devoluci¨®n de impuestos de la loter¨ªa, que se comprometen a devolver la cuant¨ªa ¨ªntegra de la retenci¨®n fiscal en la contingencia de que el d¨¦cimo asegurado ¡ªpor una media de tres euros cada uno¡ª salga premiado.
Los t¨¦cnicos de Hacienda recuerdan que el cobro de la indemnizaci¨®n equivalente al gravamen retenido hay que incluirlo en la declaraci¨®n del IRPF como incremento de patrimonio en la renta general, junto al resto de rendimientos sometidos a la escala general, correspondiente al a?o en que lo perciba.
Evoluci¨®n del m¨ªnimo exento
El umbral de exenci¨®n ha ido variando con los a?os. Desde 2013, los premios de Loter¨ªas del Estado, comunidades aut¨®nomas, la Organizaci¨®n Nacional de Ciegos Espa?oles (ONCE), la Cruz Roja Espa?ola y dem¨¢s entidades europeas an¨¢logas que lo superan est¨¢n gravados con un tipo al 20%. Hasta 2017, sin embargo, este estaba fijado en 2.500 euros, para despu¨¦s pasar a 10.000 en 2018, a 20.000 en 2019 y a 40.000 ¡ªel actualmente vigente¡ª a partir de 2020.
Al respecto, los t¨¦cnicos de Hacienda han reiterado en el comunicado de este jueves su petici¨®n para que el Gobierno reponga el m¨ªnimo exento a los primeros 2.500 euros, pues consideran que as¨ª se puede desincentivar al juego. Adem¨¢s, no ven ninguna justificaci¨®n tributaria ni econ¨®mica para que una ganancia del azar de 40.000 euros no est¨¦ sujeta a cargas fiscales y, en cambio, s¨ª deba tributar una prestaci¨®n por desempleo o una subvenci¨®n de 1.000 euros.
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