La reforma judicial y el dictamen de los diputados
Queda la impresi¨®n de que ante la imposibilidad de cumplir sin m¨¢s con los deseos de L¨®pez Obrador, los diputados propusieron una serie de soluciones para darles viabilidad a costa de su prestigio e independencia personales
El 5 de febrero de 2024 el presidente L¨®pez Obrador present¨® ante la C¨¢mara de Diputados su iniciativa de reformas constitucionales en materia judicial. La misma fue turnada a la Comisi¨®n de Puntos Constitucionales para su dictaminaci¨®n. El 16 de agosto se public¨® en la Gaceta Parlamentaria el texto que habr¨ªa de ser sometido a la discusi¨®n y, en su caso aprobaci¨®n, el d¨ªa 26 del mismo mes. En esta fecha fue aprobado por 22 votos a favor y 17 en contra, sin ninguna abstenci¨®n.
El proyecto de dictamen introdujo algunas variantes a la propuesta originaria, sin modificar en modo alguno sus elementos estructurales. Algunos cambios tienen un car¨¢cter anecd¨®tico, como la exigencia de ciertas calificaciones en los estudios universitarios, desconociendo la tragedia existente con motivo del descontrolado otorgamiento de reconocimientos de validez oficial por la Secretar¨ªa de Educaci¨®n P¨²blica. Otras tienen mayor seriedad, como sucede con la eliminaci¨®n de la edad m¨ªnima para postularse a los cargos judiciales. M¨¢s all¨¢ de estas modificaciones, que buscan legitimar los problemas y desencuentros en las audiencias p¨²blicas, no se produjeron cambios sustantivos a la iniciativa presidencial.
Por una parte, se mantuvo el procedimiento de elecci¨®n para la totalidad de los integrantes de los poderes judiciales de la Federaci¨®n y de las entidades federativas mediante el voto popular. Tal como lo dese¨® el presidente L¨®pez Obrador, los ciudadanos habremos de acudir a las urnas para elegir a quienes deban juzgar nuestras conductas. Al momento de rendir su dictamen, quienes lo elaboraron sab¨ªan bien de los inconvenientes operativos, funcionales, sociales y pol¨ªticos del m¨¦todo elegido por L¨®pez Obrador. Sab¨ªan tambi¨¦n de la imposibilidad de elegir a cerca de 9.000 personas mediante boletas compuestas con muchos nombres, en condiciones de inseguridad electoral, con grandes costos presupuestales y riesgos de descarrilar la gobernabilidad que como legisladores e integrantes del partido oficial tratar¨¢n de establecer a partir del 1¡ã de octubre. A pesar de ese conocimiento, se empe?aron en mantener el deseo de su l¨ªder, sin tener ni la capacidad t¨¦cnica para corregir sus errores, ni el compromiso que dijeron asumir¨ªan no con una persona, sino con un orden jur¨ªdico en el que todos los mexicanos debemos caber.
Lo que hicieron los diputados dictaminadores con respecto de la elecci¨®n de los juzgadores lo repitieron con el tribunal de disciplina judicial. En caso de producirse la reforma, ese ¨®rgano de denominaci¨®n y competencias fascistas tendr¨¢ a su cargo el control de los integrantes de los poderes judiciales Federal y locales del pa¨ªs. Un ¨®rgano que, como en esos reg¨ªmenes, buscar¨¢ que las conductas judiciales se apeguen a lo que dispone la ley ¡ªen lo que no puede haber objeci¨®n¡ª, pero que tambi¨¦n habr¨¢ de sancionar a quienes act¨²en en contra de lo que el propio tribunal considere opuesto a la administraci¨®n de justicia o a los principios judiciales con independencia de los supuestos legales establecidos por el legislador democr¨¢tico. Los dictaminadores sab¨ªan de los enormes problemas a que los supuestos sancionatorios dar¨¢n lugar para el mantenimiento de la autonom¨ªa e independencia judiciales, pero aun as¨ª decidieron mantener el dictum obradorista. Creyeron que la sustituci¨®n del inter¨¦s p¨²blico por los principios judiciales ser¨ªa suficiente para ocultar un cambio cosm¨¦tico.
Debido a los pocos cambios que a los legisladores se les permiti¨® hacer ¡ªo que ellos mismos se permitieron hacer¡ª, lo propuesto en la iniciativa y lo planteado en el dictamen es, efectivamente, menor en las dos acepciones de la palabra.
El ¨²nico lugar en donde s¨ª existen elementos novedosos es en los extensos y poco t¨¦cnicos art¨ªculos transitorios concebidos por los dictaminadores. Queda la impresi¨®n de que ante la imposibilidad de cumplir sin m¨¢s con los deseos de L¨®pez Obrador, los diputados propusieron una serie de soluciones para darles viabilidad a costa de su prestigio e independencia personales.
Lejos de proponer la elecci¨®n de la totalidad de los juzgadores federales como originariamente fue planteada, los diputados dictaminadores los dividieron en dos grandes grupos. Uno para ser votados en la elecci¨®n extraordinaria del 2025, y otro en la ordinaria del 2027. En lo que corresponde a la primera mitad, el actual Consejo de la Judicatura Federal deber¨¢ presentar al Senado la lista de las vacantes, renuncias y retiros programados. Ese n¨²mero se restar¨¢ del total que corresponda al primer grupo, y la cantidad restante de cargos a concursar se identificar¨¢ mediante el sorteo realizado con la totalidad de los juzgadores federales en activo. Quienes no resulten seleccionados en esa primera ocasi¨®n esperar¨¢n a que su cargo se someta a votaci¨®n en la elecci¨®n ordinaria del 2027.
La curiosa manera de identificar a la primera mitad de cargos a elegir tiene el exclusivo prop¨®sito de facilitar la elecci¨®n mediante la reducci¨®n de las cantidades en juego. Aun as¨ª, los problemas cualitativos y cuantitativos se mantienen. Si atendemos a los datos que mostr¨¦ en un art¨ªculo publicado hace unas semanas en EL PA?S, m¨¢s all¨¢ de las nuevas cantidades, lo cierto es que, por ejemplo, en el primer circuito judicial, correspondiente a la Ciudad de M¨¦xico, y considerando los puestos tanto a nivel federal como local, la elecci¨®n del 2025 implicar¨ªa imprimir 2.224.664.191,5 boletas ¡ªo 2.224.664.192, si redondeamos el n¨²mero decimal, en el supuesto de que ¨¦ste representar¨ªa necesariamente una boleta adicional aun si se ocupa solamente la mitad del espacio disponible¡ª, mediante las cuales los electores deber¨ªan seleccionar a quienes elijan que los representen judicialmente de entre 1.270 nombres, siendo necesario instalar 286,5 urnas ¡ªo 287¡ª. Si se tratara de la elecci¨®n del circuito d¨¦cimo ¡ªTabasco y parte de Veracruz¡ª, los n¨²meros de las boletas ser¨ªan de 107.741.122,5 y 60,5 urnas; mientras que en el caso de Nayarit se necesitar¨ªa contar con 33.969.929,5 boletas y 36,5 urnas. La complejidad de los n¨²meros anteriores no implica, desde luego, introducir el embrollo de la representaci¨®n en las casillas, el control sobre el financiamiento en las campa?as, o la intervenci¨®n de la delincuencia organizada, los capitales y las potencias extranjeras y sus intereses geopol¨ªticos.
Los cambios introducidos por los dictaminadores son, en s¨ª mismos considerados, una causa generadora de problemas, pues son muchas las leyes, los recursos presupuestales y las acciones que tienen que llevarse a cabo para lograr implementarlos en la elecci¨®n extraordinaria del pr¨®ximo a?o. Seguramente conscientes de esos problemas, los dictaminadores generaron una de las m¨¢s extra?as y vergonzosas soluciones legislativas a que nuestro pa¨ªs ha asistido. Con tal de ejecutar lo que el presidente les orden¨®, decidieron claudicar de sus funciones legislativas y dotar al Instituto Nacional Electoral de las facultades necesarias para emitir los acuerdos mediante los cuales pueda llevarse a cabo la elecci¨®n de los juzgadores. Digo que es esta una de las p¨¢ginas m¨¢s negras del ya de por s¨ª oscuro parlamentarismo mexicano, pues los dictaminadores han decidido transferir las facultades de un ¨®rgano soberano electo popularmente a otro que no lo es. Ello con el exclusivo prop¨®sito de cumplir en tiempo y forma lo ordenado por el titular del Ejecutivo Federal que se va. No se han parado a considerar ni su papel de legisladores electos por el pueblo, ni la posici¨®n del poder del Estado que integran, ni la elecci¨®n reca¨ªda en quienes habr¨¢n de tomar posesi¨®n el primero de septiembre, ni lo que pudiera decidir por s¨ª misma la presidenta electa un mes despu¨¦s.
Sobre la mala idea presidencial de elegir mediante voto popular a los juzgadores nacionales y crear el fascista tribunal de disciplina, los integrantes de la Comisi¨®n de Puntos Constitucionales de la C¨¢mara de Diputados del Congreso de la Uni¨®n de la LXV Legislatura, se han colocado a la altura de sus antecesores de la XXVI-bis. Esa que comenz¨® sus funciones en octubre de 1913 y que tambi¨¦n legitim¨® las decisiones de quien los hab¨ªa puesto ah¨ª. A L¨®pez Obrador le corresponder¨¢ la responsabilidad de destruir la independencia y autonom¨ªa judicial. A los integrantes de esa Comisi¨®n dictaminadora, la de haber hecho hasta lo indecible para que lo lograra.
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