El auto de Llarena
La primera interpretaci¨®n judicial de la reforma de la sedici¨®n y la malversaci¨®n contradice los objetivos del Gobierno
El mismo d¨ªa en que entraba en vigor la reforma que elimin¨® del C¨®digo Penal el delito de sedici¨®n y creaba otro de des¨®rdenes p¨²blicos agravados, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena desestimaba en la pr¨¢ctica ese nuevo delito en un auto e imputaba al expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, los delitos de malversaci¨®n agravada y desobediencia, ambos ya tipificados con anterioridad en el C¨®digo Penal. Dicho de otro modo, Llarena ha prescindido del nuevo delito de des¨®rdenes agravados, castigado con penas m¨¢s bajas, que el Gobierno de coalici¨®n hab¨ªa impulsado en sustituci¨®n de la sedici¨®n. Seg¨²n Llarena, los hechos ocurridos en el oto?o de 2017 en Catalu?a no se ajustan a la definici¨®n de des¨®rdenes p¨²blicos anterior a la reforma y considera ¡°inviable una sanci¨®n por los tipos penales de des¨®rdenes¡± que introduce la reforma aprobada en diciembre.
El objetivo pol¨ªtico de aliviar el rigor penal para varias decenas de encausados por el proc¨¦s de segundo nivel, y pendientes de juicio todav¨ªa, se ve tambi¨¦n comprometido en caso de que los tribunales y finalmente el Supremo mantengan para ellos el tipo de malversaci¨®n agravada, como ha hecho Llarena con Puigdemont en este primer auto. Aduce textualmente que ¡°pueden apreciarse visos de concurrir un ¨¢nimo de lucro¡±, lo que comporta penas de hasta ocho a?os de c¨¢rcel, sin que la reforma haya delimitado el significado exacto de ¡°¨¢nimo de lucro¡±.
Puigdemont no se librar¨ªa de la c¨¢rcel preventiva en caso de volver a Espa?a y su extradici¨®n puede ser m¨¢s f¨¢cil una vez desaparecido el delito de sedici¨®n que no tiene equivalente en la justicia belga. Sin embargo, s¨ª beneficia a Marta Rovira, secretaria general de ERC, y a la exconsejera Carla Ponsat¨ª, que podr¨¢n regresar sin temor a la prisi¨®n al limitar su imputaci¨®n a la desobediencia, castigada solo con penas de inhabilitaci¨®n.
En un alegato ins¨®lito que excede a las funciones de un juez, Pablo Llarena expresa en el auto su opini¨®n desfavorable sobre la reforma del legislador que, seg¨²n ¨¦l, acerca a la despenalizaci¨®n los hechos de 2017. La resoluci¨®n del juez de la Sala Penal del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, revela la continuidad de la tensi¨®n que el poder judicial mantiene con el Ejecutivo de coalici¨®n. Las dos primeras interpretaciones judiciales de la reforma ¡ªpara los delitos de des¨®rdenes p¨²blicos agravados y de malversaci¨®n¡ª van de forma evidente en direcci¨®n contraria a lo esperado por el Gobierno.
Como ya hemos expresado en este peri¨®dico, el objetivo apaciguador de la situaci¨®n en Catalu?a no debi¨® subordinarse a una reforma del C¨®digo Penal en un delito tan delicado como el de la malversaci¨®n. Pero una vez emprendida esa v¨ªa, parece un error incluir una tipificaci¨®n de la malversaci¨®n que permite interpretar el ¡°¨¢nimo de lucro¡± en sentido contrario a la intenci¨®n del legislador, en particular en un escenario de conflicto abierto entre el sector conservador mayoritario entre los jueces y el Gobierno de coalici¨®n. El juez Llarena ha encontrado la v¨ªa para eludir el objetivo que buscaba la reforma. El exceso de confianza y la precipitaci¨®n del Gobierno al promoverla puede ponerlo ante efectos indeseados. Catalu?a camina de forma indudable hacia su normalizaci¨®n, y es un objetivo de primer orden para Espa?a. Pero parece claro que la intenci¨®n del Gobierno de pasar p¨¢gina no culmina con la aprobaci¨®n del nuevo C¨®digo.
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