Orden en el ¡®caso ERE¡¯
El amparo del Tribunal Constitucional a Magdalena ?lvarez recuerda que las leyes pueden ser constitucionales o no, pero no delinquen
El Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente la condena por prevaricaci¨®n a la exministra y exconsejera de Hacienda de Andaluc¨ªa Magdalena ?lvarez en el caso de los ERE. Por una mayor¨ªa de siete a cuatro, los magistrados consideran que la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo incurrieron en un error de bulto al sancionar penalmente a ?lvarez, quien puso en marcha hace m¨¢s de dos d¨¦cadas el sistema de pago de ayudas sociolaborales para empresas en crisis en la Junta andaluza. Este sistema era aprobado cada a?o por el Parlamento auton¨®mico en la ley de Presupuestos de la comunidad sin que la oposici¨®n presentase objeciones. Aunque el Constitucional analizar¨¢ cada recurso individualmente, es probable que la doctrina se aplique a otros excargos de la Junta condenados que han recurrido, entre ellos los expresidentes socialistas Manuel Chaves y Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n.
El caso de los ERE, cuyas pesquisas empezaron en 2011, fue un grave episodio de corrupci¨®n que gangren¨® la Consejer¨ªa de Empleo durante una d¨¦cada y que fue decisivo para la erosi¨®n electoral del PSOE en Andaluc¨ªa. La instrucci¨®n del evidente pillaje de fondos p¨²blicos tuvo una derivada pol¨ªtica que acab¨® con la condena de la c¨²pula socialista de la Junta. La investigaci¨®n inductiva que la jueza Mercedes Alaya hizo de esta rama del caso fue avalada, no sin la sorpresa de numerosos juristas, tanto por la Audiencia de Sevilla como por el Supremo.
M¨¢s de una d¨¦cada despu¨¦s, el pronunciamiento del Constitucional establece lo obvio: en democracia las leyes no delinquen, en todo caso se someten a un juicio de constitucionalidad. El amparo que ha recibido ?lvarez restablece el equilibrio en la separaci¨®n de poderes que se quebr¨® cuando se estim¨® que el sistema, aprobado por la C¨¢mara auton¨®mica, era ilegal, cuando lo realmente perverso y, en su caso, delictivo, fue el uso espurio que se hizo de ¨¦l.
Igualmente relevante ser¨¢ la decisi¨®n que adopte el Constitucional sobre el amparo de los condenados por malversaci¨®n, entre ellos Gri?¨¢n, a quien se le impuso una pena de seis a?os de prisi¨®n por la gesti¨®n en su etapa en la Consejer¨ªa de Hacienda. Pese a que el desfalco se produjo de forma indiscutible en el departamento de Empleo, el Supremo concluy¨® que ¡°desde criterios de racionalidad y sentido com¨²n¡± Gri?¨¢n ten¨ªa que ser consciente de las irregularidades como consejero de Hacienda. Adem¨¢s de abrir una sorprendente v¨ªa para actuar contra los responsables de Hacienda en cualquier administraci¨®n ante un caso de corrupci¨®n (ya sea un concejal, un consejero o un ministro), la inferencia que hizo el Supremo dista de ser una prueba irrebatible. La Intervenci¨®n General de la Junta de Andaluc¨ªa alert¨® del procedimiento con el que se estaban dando las ayudas, pero nunca hizo un informe de actuaci¨®n, que s¨ª advierte del menoscabo de fondos p¨²blicos y que obligatoriamente ten¨ªa que haber sido entregado al titular de Hacienda.
En este sentido, las dos magistradas del Supremo que discreparon de la sentencia del caso ERE subrayaron que los cinco condenados por malversaci¨®n que no pertenec¨ªan a la Consejer¨ªa de Empleo debieron ser absueltos de este delito porque ninguno tuvo conocimiento de las irregularidades. Su condena, a?adieron, era un ¡°salto al vac¨ªo¡± que ahora busca reparaci¨®n en el Constitucional.
A la espera de los recursos pendientes, el pronunciamiento del alto tribunal viene a poner orden, mediante una cuidada argumentaci¨®n t¨¦cnica, en un caso de corrupci¨®n en el que la depuraci¨®n de las responsabilidades pol¨ªticas y las penales se entrelazaron fuera de la l¨®gica.
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