Carta a S¨¢nchez y Feij¨®o: que no prescriban los delitos de pederastia
Las v¨ªctimas de abusos esperamos un gran acuerdo entre PP y PSOE en favor de los derechos de la infancia, que se comprometan a aprobar de forma urgente una ley para que estos cr¨ªmenes no caduquen
Se?or S¨¢nchez, Se?or Feij¨®o:
Por primera vez en la historia de nuestro pa¨ªs, el informe del Defensor del Pueblo sobre pederastia en la Iglesia puso cifras a la magnitud de la violencia sexual perpetrada contra ni?os, ni?as y adolescentes en las instituciones cat¨®licas espa?olas. Las cifras son escalofriantes. El 1,13% de la poblaci¨®n ha sufrido abusos sexuales en la iglesia espa?ola, mientras que un 0,6% ha sufrido abusos de un religioso, lo que corresponde a 440.000 v¨ªctimas de abusos en la Iglesia cat¨®lica espa?ola y de 233.000 personas por parte del clero. Espa?a pasa de negar institucionalmente la existencia del problema a liderar el ranking mundial de pederastia clerical, un dudoso honor que se explica por el poder omn¨ªmodo que ha tenido la jerarqu¨ªa cat¨®lica en nuestro pa¨ªs y la secular sumisi¨®n del poder civil al religioso, tanto en dictadura como en democracia. Tras la muerte del dictador, los obispos espa?oles lo dejaron todo bien atado para poder seguir disfrutando de sus m¨²ltiples privilegios, entre los cuales se encontraba la impunidad de las perversiones sexuales del clero.
Los obispos espa?oles se han limitado a seguir a pies juntillas el manual del silencio dise?ado, implementado y perpetuado por el Vaticano durante m¨¢s de un siglo: por un lado, la prohibici¨®n absoluta de denunciar los casos de pederastia clerical a la justicia civil, bajo pena de excomuni¨®n, al constituir una ofensa contra el secreto pontificio establecido por la instrucci¨®n del Santo Oficio Crimen Sollicitationis (delito de solicitaci¨®n). Por el otro, la obligaci¨®n de implementar remedios espirituales encaminados al arrepentimiento del delincuente sexual, limitando las sanciones can¨®nicas a los casos de curas pederastas contumaces incapaces de demostrar prop¨®sito de enmienda.
En resumen, la Santa Sede cre¨® un sistema paralelo y secreto de justicia religiosa en el que las violaciones de ni?os en vez de ser delitos se convert¨ªan milagrosamente en pecados, castig¨¢ndose con penas de oraci¨®n y penitencia los actos de violencia sexual que en la justicia civil se penalizaban con largas penas de prisi¨®n. El problema se solucionaba trasladando al delincuente de parroquia en parroquia y de pa¨ªs en pa¨ªs, aumentando de forma exponencial e innecesaria el n¨²mero total de v¨ªctimas.
Solo en los ¨²ltimos a?os, las v¨ªctimas de pederastia clerical espa?olas hemos sido capaces de vencer los sentimientos de verg¨¹enza, culpa y miedo que nos atenazaban. La mayor¨ªa de las veces tras d¨¦cadas de sufrimiento, secreto y silencio. En innumerables casos, tras una primera denuncia, se han sucedido muchas otras, demostrando que la Iglesia espa?ola ha estado plagada de lobos con piel de cordero, depredadores sexuales que han actuado con total impunidad, amparados por la protecci¨®n que les ha brindado la jerarqu¨ªa cat¨®lica. Sin embargo, nuestra denuncia p¨²blica, en la mayor¨ªa de los casos, no ha encontrado justicia. ?Qu¨¦ lo impide? El muro de la prescripci¨®n penal, una ley penal arbitraria y arcaica que no entiende que las v¨ªctimas de pederastia no denunciamos cuando queremos, sino cuando podemos. Esta instituci¨®n jur¨ªdica injusta no solo vierte sal en la herida de las v¨ªctimas, sino que pone en peligro a las nuevas generaciones. Si no hay juicio no hay condena, no se generan antecedentes penales y el pederasta no entra en el registro de delincuentes sexuales, lo que le permite poder trabajar o hacer labores de voluntariado en contacto directo y permanente con menores, con el riesgo de reincidencia que esto supone.
La respuesta del mundo civilizado ante esta grave vulneraci¨®n de derechos humanos, que convierte en papel mojado el derecho constitucional de las v¨ªctimas de pederastia a tener acceso a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 de la Constituci¨®n Espa?ola), ha sido clara. 32 Estados han aprobado la imprescriptibilidad de los delitos de pederastia: Canad¨¢, Estados Unidos, M¨¦xico, El Salvador, Ecuador, Chile, Colombia, Per¨², Islandia, Irlanda, Reino Unido, B¨¦lgica, Holanda, Luxemburgo, Dinamarca, Suecia, Noruega, Estonia, Letonia, Polonia, Austria, Suiza, Hungr¨ªa, Rumania, Croacia, Serbia, Chipre, Georgia, Sud¨¢frica, Corea del Sur, Australia y Nueva Zelanda. Instituciones de derechos humanos como la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y el Comit¨¦ de los Derechos del Ni?o han recomendado a los Estados implementar esta medida. Estas leyes ilustradas reflejan el consenso cient¨ªfico sobre los efectos del trauma sexual infantil.
El fen¨®meno de la ¡°denuncia demorada¡± (delayed disclosure) implica que la mayor¨ªa de las v¨ªctimas de abuso sexual infantil solo son capaces de procesar, verbalizar y denunciar el crimen que han sufrido d¨¦cadas despu¨¦s de su comisi¨®n, ya entrada la edad adulta. Un estudio cient¨ªfico encargado por la comisi¨®n estatal de investigaci¨®n alemana sobre abusos en instituciones, sobre una muestra de mil v¨ªctimas, observ¨® que la edad media en la que denunciaban las v¨ªctimas eran los 52 a?os.
La comparativa internacional deja en un mal lugar al legislador espa?ol. Tras a?os de demora innecesaria, en junio de 2021 entr¨® en vigor la Ley Org¨¢nica 8/2021, que suspende el inicio del c¨®mputo del plazo de prescripci¨®n hasta que la v¨ªctima alcanza la edad de 35 a?os. En la pr¨¢ctica, esto implica que en la mayor¨ªa de los casos los delitos de pederastia prescriben cuando la v¨ªctima tiene entre 40 y 45 a?os, aunque en una minor¨ªa de casos particularmente graves esta puede denunciar hasta que cumple los 55 a?os. Ante la falta de ambici¨®n de la normativa actual, la comisi¨®n de investigaci¨®n de pederastia en la Iglesia del Parlament de Catalu?a impuls¨® la aprobaci¨®n el 21 de febrero de 2024 de una propuesta de ley de iniciativa auton¨®mica que establece la imprescriptibilidad de los delitos m¨¢s graves de pederastia. Para el resto de los delitos sexuales contra menores, la v¨ªctima podr¨¢ denunciar hasta que alcance la edad de 50 a?os. Una propuesta de ley m¨¢s ajustada a la evidencia cient¨ªfica, el derecho comparado y las recomendaciones de organismos internacionales.
Este martes, 12 de noviembre, esta propuesta se debate en el Congreso. Debe superar el primer obst¨¢culo, la votaci¨®n por parte del pleno de la toma en consideraci¨®n. Las v¨ªctimas de pederastia esperamos de nuestros representantes pol¨ªticos un gran acuerdo del Partido Popular y el Partido Socialista en favor de los derechos de la infancia, comprometi¨¦ndose a aprobar de forma urgente la imprescriptibilidad de los delitos de pederastia, como garant¨ªa de no repetici¨®n, homologando la ley espa?ola al est¨¢ndar europeo m¨¢s avanzado. Incluso en un Parlamento tan polarizado como el actual, los dos principales partidos han sido capaces de encontrar ¨¢reas de consenso y unidad. Un ejemplo de ello es la reciente reforma constitucional para mejorar los derechos de las personas con discapacidad o la aprobaci¨®n de la ley ELA. Se?or Feij¨®o, se?or S¨¢nchez, ya fueron ustedes capaces de alcanzar un gran acuerdo durante la aprobaci¨®n de la Ley Org¨¢nica de protecci¨®n integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia en 2021. No nos decepcionen, manden un claro mensaje a la sociedad espa?ola: ¡°La era de la impunidad en los delitos de pederastia ha llegado a su fin¡±.
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