Argumentos de un magistrado para imputar a una Infanta
El juez Castro asegura que la infanta "debe despejar cualquier duda", sobre su papel en N¨®os
En un auto de 18 folios, el juez Jos¨¦ Castro ofrece una larga explicaci¨®n de los motivos que le llevaron a no llamar como imputada a la infanta Cristina de Borb¨®n en el momento en que se vieron involucrados los miembros de las juntas directivas del Instituto N¨®os y Aizoon. El juez aclara que "la suma de argumentos", que por separado no sustentaban esa imputaci¨®n, "cobra importancia", con el paso del tiempo y la acumulaci¨®n de datos. Estos son los p¨¢rrafos clave del auto:
?Por qu¨¦ no se imput¨® a la infanta antes? El 5 de marzo de 2012 se desestim¨® en un auto la solicitud de que do?a Cristina fuese citada para comparecer en el juzgado como imputada a petici¨®n de Manos Limpias. El juez explica que en aquel momento el juicio que emiti¨® solo ten¨ªa "vigencia en ese momento". "Se dej¨® claro que el rechazo de la postulada imputaci¨®n de do?a Cristina Federica de Borb¨®n y Grecia era puramente circunstancial". Tras decir esto, el juez recuerda que "no se escatimaron esfuerzos", en "confirmar o descartar", su intervenci¨®n en los hechos. Entre otras cosas, el juez justifica la no imputaci¨®n inicial porque los argumentos en su contra no ven¨ªan "asegurados objetivamente".
?Por qu¨¦ no se la llam¨® ni siquiera como testigo? El juez asegura que nunca se lo plante¨® porque "la intervenci¨®n que de ella [de la declaraci¨®n] se pudiera predicarse nunca autorizar¨ªa a declarar bajo juramento o promesa de decir una verdad que hipot¨¦ticamente pudiera incriminarla". Adem¨¢s, tambi¨¦n ser¨ªa in¨²til porque, "como miembro de la Familia Real, estar¨ªa exenta de concurrir a un hipot¨¦tico llamamiento judicial como testigo pudiendo facilitar su versi¨®n por escrito.
La importancia del cargo. Pero tras dar estas explicaciones, el juez se pregunta entonces por qu¨¦ fue nombrada do?a Cristina para desempe?ar un cargo en las juntas directivas del Instituto N¨®os y la mercantil Aizoon. En este punto cree que la Infanta estaba ¡°en una situaci¨®n no exactamente igual pero si muy parecida¡±, que ¡°Luis Carlos Garc¨ªa Revenga¡±, el secretario de las infantas. Aunque reconoce el auto que de las cuentas se encargaba el contable, Marco Antonio Tejeiro Losada, Revenga estim¨® ¡°importante¡±, que en el folleto de presentaci¨®n de N¨®os se tratase a Cristina como ¡°S.A.R. la Infanta¡±, y a ¨¦l mismo como ¡°Asesor de la Casa de S. M. El Rey¡±.
No eran figuras decorativas. Contra el argumento de que do?a Cristina y Garc¨ªa Revenga ten¨ªan un papel de ¡°utilitarista figuraci¨®n¡± y que no fueron nombrados ¡°en atenci¨®n a sus capacidades, por mucho que les sobraran¡±, el juez Castro explica que, al igual que Diego Torres y Miguel Tejeiro hac¨ªan valer en su carta de presentaci¨®n sus m¨¦ritos, ¡°se buscaba que do?a Cristina y Luis Carlos Garc¨ªa Revenga hicieran lo propio con su tratamiento real y cargo con la pretensi¨®n de aparentar ante empresas privadas e instituciones p¨²blicas que todas las operaciones que el Instituto N¨®os abordaba eran conocidas y gozaban del respaldo de la Casa de S. M. El Rey¡±. Eso se conjuga, seg¨²n Castro ¡°a la perfecci¨®n¡±, con que ¡°los convenios del Illes Balears Forum se gestaran en el palacio de Marivent de Palma como as¨ª se acab¨® reconociendo¡±.
Cristina deb¨ªa conocer para qu¨¦ se usaba su nombre. Castro reconoce que por s¨ª solo, haber utilizado el tratamiento real no es motivo suficiente para sospechar de actividades delictivas pero a partir de la declaraci¨®n de Diego Torres y de los numerosos correos electr¨®nicos que aporta, ¡°surgen una serie de indicios que hacen dudar que do?a Cristina desconociera la aplicaci¨®n que su esposo diera a su menci¨®n como vocal de la junta directiva del Instituto N¨®os¡±. M¨¢s adelante admite que no acaba de entender c¨®mo no sab¨ªa para qu¨¦ figuraba en la junta directiva de N¨®os si es cierto que no ten¨ªa ¡°cometido real alguno¡±. Y cree que no es posible que no llegara a enterarse ¡°y de propia iniciativa no hubiera decidido desvincularse formal y efectivamente de la asociaci¨®n¡±.
?Por qu¨¦ la ha imputado? Castro explica en su auto que no hacerlo ¡°dejar¨ªa que la inc¨®gnita se perpet¨²e¡±, lo que ser¨ªa ¡°un cierre en falso en descr¨¦dito de la m¨¢xima de que la justicia es igual para todos y una clara contradicci¨®n a la pr¨¢ctica cotidiana de los juzgados y tribunales que en casos similares es muy escasamente probable que prescindieran de este tr¨¢mite¡±.
Los indicios. El juez describe media docena de indicios que han provocado la imputaci¨®n de la Infanta desde que su marido decide instalarse por su cuenta ¡°y aspira a compensar en breve los 36 millones de pesetas¡±, que iba a dejar de percibir. A partir de ah¨ª se sucede la compra de la sociedad mercantil Araujuz¨®n, el cambio del nombre a N¨®os Consultor¨ªa, la constituci¨®n de Aizoon, y la designaci¨®n de una nueva junta directiva el 23 de septiembre de 2003 con la infanta y Carlos Garc¨ªa Revenga como vocales.
El papel de Revenga. Si el secretario de las infantas ¡°parec¨ªa conocer las actividades que estaba llevando a cabo el Instituto N¨®os tanto en el ¨¢mbito privado como en la esfera p¨²blica, aunque no hasta el detalle ni que necesariamente se lucrara con ellas, no se acaba de entender que cuando menos no participara a do?a Cristina que su esposo estaba obteniendo un trato privilegiado¡±. Ese trato ¡°podr¨ªa traducirse en una indeseable correspondencia¡± y en ¡°la liberaci¨®n de sometimiento a las normas que reg¨ªan las contrataciones p¨²blicas¡±.
El papel de Jos¨¦ Manuel Romero. El asesor del Rey aconsej¨® o recomend¨® el cese de las actividades a Urdangarin. Por eso Castro cree que ¡°no es f¨¢cil asimilar que [Revenga] afirmara desconocer el mensaje¡±, cuando estaba obligado a transmitirlo a la Infanta. Tampoco se explica que ¡°S. M. el Rey no comentara con su hija las cr¨ªticas o recomendaciones que hab¨ªa hecho llegar a su marido e incluso consensuara con ella su alcance y compromiso de que alguna manera velara por su cumplimiento¡±. Eso deber¨ªa, seg¨²n Castro, haber hecho pensar a do?a Cristina ¡°que las recomendaciones de su padre no se estaban siguiendo¡± y a ¡°cuestionar la actitud de su marido¡±.
Gastos y contratos ¡°Determinadas pr¨¢cticas, como cargar gastos personales a las cuentas de Aiz¨®on, propiedad del matrimonio, se revelan ahora m¨¢s llamativas¡±, dice Castro, ¡°conociendo al menos que ellos no los hab¨ªan abonado [los gastos] estar¨ªan obligados a cuestionarse qui¨¦n lo hizo¡±. Tambi¨¦n destaca el juez que hay actitudes de la infanta muy significativas que fueron relatadas por amigos. ¡°Tales [¡] como contratar empleados del hogar en situaci¨®n irregular en Espa?a anunci¨¢ndoles que se les pagar¨ªan sus salarios en dinero fiscalmente opaco para luego acabar siendo contratados por Aizoon, coparticipada por el matrimonio¡±.
M¨¢s indicios. El juez ve m¨¢s pistas en la intervenci¨®n de la esposa de I?aki Urdangar¨ªn gracias a los correos electr¨®nicos aportados por Torres a la causa, como uno en el que Urdangarin y Torres hablan de la intervenci¨®n que Cristina deb¨ªa de tener ¡°en relaci¨®n con un proyecto de vela¡±. Cree que es poco probable que Urdangar¨ªn actuara ¡°de espaldas a su esposa¡± en la negociaci¨®n de los convenios Illes Balears Forum y Valencia Summit. Urdangarin facilita como propia a una persona una cuenta donde la infanta estaba autorizada ¡°para que se actualicen determinadas operaciones¡±. En otros correos Urdangarin ¡°parece consultar con su esposa¡±, cu¨¢l de las dos versiones de una comunicaci¨®n de N¨®os hab¨ªa que utilizar ¡°para no levantar ampollas¡±.
Castro reconoce que la suma de los indicios anteriores le ha hecho cambiar de opini¨®n porque aunque ¡°aisladamente considerados¡±, carecen de peso, ¡°su valoraci¨®n en conjunto¡±, se entiende que son relevantes para su imputaci¨®n.
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