El Tribunal Constitucional anula el canon digital catal¨¢n
Las operadoras de Internet deb¨ªan abonar a la Generalitat 25 c¨¦ntimos por cada conexi¨®n en Catalu?a
El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el canon digital catal¨¢n, seg¨²n ha adelantado este viernes la emisora catalana RAC1. Esta tasa era un impuesto que cobraba la Generalitat a las operadoras de Internet por cada conexi¨®n a la red en Catalu?a y que hab¨ªa impugnado el Gobierno central. El reci¨¦n nombrado consejero de Cultura, Llu¨ªs Puig i Gordi, ha dicho este viernes que la sentencia tiene como objetivo ¡°hacer da?o a la l¨ªnea de flotaci¨®n del momento que estamos viviendo¡±, en referencia al proceso independentista. ¡°La sentencia hace d¨ªas que fue redactada. Esto quiere decir que alguien ha gestionado para que no saliera hasta hoy. No es de extra?ar que est¨¦n administrando acciones provocadoras¡±, ha a?adido.
Las operadoras deb¨ªan abonar a la Generalitat 25 c¨¦ntimos por cada usuario conectado en la comunidad aut¨®noma. Seg¨²n la Hacienda catalana, desde su aprobaci¨®n se han recaudado 34,6 millones de euros. Con este presupuesto el Govern financiaba contenidos y proyectos culturales y audiovisuales en catal¨¢n.?
El canon, aprobado en 2014, fue impugnado por el Ejecutivo central porque consideraban que colisionaba con el IVA, de competencia estatal. El Constitucional le ha dado la raz¨®n y afirma que el impuesto impugnado grava el mismo "hecho imponible" que el IVA y "excede, por ello, del ¨¢mbito de la potestad tributaria de la Comunidad Aut¨®noma de Catalu?a".
El recurso se?alaba que existe identidad objetiva entre el impuesto catal¨¢n y el IVA estatal que grava los servicios de telecomunicaci¨®n y los servicios prestados por v¨ªa electr¨®nica. Los representantes de la Generalitat y del Parlament admiten parcialmente esa identidad, pero matizan que la ley recurrida grava la ¡°disponibilidad¡± del servicio por el usuario y no su prestaci¨®n por el operador (empresario), como hace el IVA. La sentencia afirma sin embargo que el canon no cubre la disponibilidad del servicio de acceso a internet, como dice la ley recurrida, sino ¡°la prestaci¨®n del servicio de acceso a comunicaciones electr¨®nicas¡±.
Cinco de los 12 miembros del Constitucional han emitido un voto particular para mostrar su discrepancia con la decisi¨®n. Consideran que el an¨¢lisis comparativo de todos los elementos esenciales de ambos impuestos determina, al contrario de lo que sostiene la sentencia, que no son equivalentes entre s¨ª. El canon, argumentan, grava la prestaci¨®n del servicio de acceso a las comunicaciones electr¨®nicas o, lo que es lo mismo, la actividad llevada a cabo por los operadores, mientras que el IVA, con car¨¢cter general, grava las prestaciones de bienes y servicios realizadas por las empresas en el marco de su actividad y, entre ellas, los servicios de telecomunicaciones.
¡°Esta divisi¨®n entre los magistrados nos carga de argumentos y raz¨®n¡±, ha dicho Puig. La sentencia del TC tiene car¨¢cter retroactivo, por lo que la Generalitat deber¨¢ devolver a las compa?¨ªas los 34,6 millones recaudados. Con todo, el Ejecutivo catal¨¢n ha expresado su voluntad de invertir los siete millones recaudados este a?o a trav¨¦s de la tasa. ¡°No saltar¨¢ ninguna de las pol¨ªticas culturales prevista para este a?o¡±, ha dicho el consejero, quien ha anunciado que desde ma?ana trabajar¨¢ con vistas a la aprobaci¨®n de un nuevo proyecto de ley. ¡°Si es necesario hacer una nueva ley, la haremos. Agotaremos todas las v¨ªas y estamos seguros de que nos apoyar¨¢n todos los grupos parlamentarios que lo hicieron en 2014¡±, ha a?adido.?El secretario de Hacienda de la Generalitat, Llu¨ªs Salvad¨®, ha afirmado que "el Govern se compromete a aprobar un nuevo impuesto de manera inmediata".?
La ley fue aprobada en 2014 con el voto favorable del, Junts Pel S¨ª, PSC, Catalunya S¨ª Que Es Pot y la CUP y la abstenci¨®n de Ciudadanos y PP. ¡°Hasta los grupos que estaban en contra desde un principio aceptaron impl¨ªcitamente este trabajo con la abstenci¨®n¡±, ha a?adido Puig.
El pasado 5 de julio el Consejo de Ministros aprob¨® un canon digital para abonar derechos de propiedad intelectual a los autores por las copias privadas de las obras que pueden hacer los usuarios con el m¨®vil y otros soportes como l¨¢pices de memoria o CDs. En este caso, son los fabricantes en Espa?a o los importadores que distribuyen estos productos quienes abonan la tasa.
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