La ¡®West Point¡¯ de Lesmes: ¡°Penalistas somos todos¡±
La pol¨¦mica cobertura de tres plazas vacantes en la Sala Segunda del Tribunal Supremo
El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, cuyo mandato vence a primeros de diciembre de 2018, parece ahora ya estar decidido: sacar a concurso, cuanto antes, las tres plazas vacantes de magistrados en la Sala Segunda del Tribunal Supremo o Sala de lo Penal.
Las filigranas que se siguen para convocar este concurso pondr¨ªan a la Sala Segunda en un pedestal similar al de la Corte Suprema de Estados Unidos, donde los nombramientos de sus jueces constituyen uno de los grandes asuntos pol¨ªticos de Washington, pero la escasa atenci¨®n medi¨¢tica sobre los movimientos de Lesmes en este frente convierten la elecci¨®n en un asunto de iniciados.
La decisi¨®n de Lesmes parece precipitarse por la situaci¨®n dram¨¢tica de acumulaci¨®n de causas en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la c¨²spide de la jurisdicci¨®n penal espa?ola.
Se trata de recursos de casaci¨®n de gran relevancia, como el de Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau contra la condena por desobediencia en el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC), o el caso N¨®os-Urdangar¨ªn, cuya vista se ha celebrado y se espera la sentencia para finales de abril; y last but not least, la resoluci¨®n de los recursos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el caso G¨¹rtel-Fitur y de la apelaci¨®n contra la sentencia de las tarjetas black de Caja Madrid, previsto, ahora, para finales de mayo.
A todo esto, y otros casos m¨¢s, hay que a?adir la instrucci¨®n de la causa por rebeli¨®n y malversaci¨®n en Catalu?a contra 25 procesados, nueve de ellos en prisi¨®n y con procedimientos de extradici¨®n en curso en Alemania, B¨¦lgica, Reino Unido y Suiza.
El pasado 3 de abril, precisamente, el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, dictaba una providencia en relaci¨®n con la fecha se?alada para resolver el recurso de casaci¨®n de la sentencia del TSJC que conden¨® a Mas, Ortega y Rigau por desobediencia en relaci¨®n con la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014.
El se?alamiento para resolver la sentencia dictada el 13 de marzo de 2017 en Barcelona era el mi¨¦rcoles pr¨®ximo, d¨ªa 25 de abril.
En la providencia del 3 de abril pasado se lee:
Dada cuenta; haciendo uso de las normas de reparto vigentes en el presente a?o, aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal se suspende el se?alamiento acordado para el d¨ªa 25 de abril de 2018 a las 10.30. Y proc¨¦dase a nuevo se?alamiento cuando por turno corresponda lo que se pondr¨¢ en conocimiento de los que en el mismo intervienen¡±.
Marchena, acto seguido, hizo algo m¨¢s.
Redact¨® una carta dirigida al presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes, en la que le urg¨ªa a convocar el concurso para cubrir las vacantes de los tres magistrados ya apuntados.
Sencillamente, la Sala Segunda ¡ªque con la incorporaci¨®n de Vicente Magro el pasado 27 de febrero suma 12 magistrados, incluyendo a su presidente¡ª no da abasto.
Es cierto que el aplazamiento de la fecha se?alada para la casaci¨®n de Mas, Irene y Rigau ten¨ªa una peculiaridad.
La defensa hab¨ªa solicitado que ninguno de los miembros designados para resolver la casaci¨®n procediera del tribunal que hab¨ªa juzgado y condenado en el Supremo, el 23 de marzo de 2017, al entonces diputado Francesc Homs por el delito de desobediencia.
La Sala Segunda acept¨® este criterio al formar el tribunal y nombr¨® a Juli¨¢n S¨¢nchez-Melgar ponente en el recurso. Pero, S¨¢nchez-Melgar abandon¨® en diciembre de 2017 la ponencia al ser nombrado fiscal general del Estado.
Se nombr¨® entonces al magistrado Andr¨¦s Palomo como ponente. Pero se cay¨® en la cuenta, d¨ªas despu¨¦s, de que se hab¨ªa cometido un error: los cinco magistrados para la apelaci¨®n eran, en efecto, diferentes a los que hab¨ªan formado el tribunal de Homs. Pero se hab¨ªa pasado por alto que si bien Palomo no fue miembro del tribunal, hab¨ªa sido magistrado instructor de la querella contra Homs.
Ergo, no hab¨ªa el quorum de cinco magistrados.
Eso fue, pues, lo que descerraj¨® la carta de Marchena a Lesmes, la gota que colm¨® el vaso.
Tres vacantes
El ahora extinto magistrado Jos¨¦ Manuel Maza dej¨® la primera vacante a finales de noviembre de 2016, al asumir el puesto de fiscal general del Estado; C¨¢ndido Conde-Pumpido fue el segundo en salir para incorporarse, en marzo de 2017, al Tribunal Constitucional, de cuya secci¨®n primera forma parte desde entonces. La tercera es la de Juli¨¢n S¨¢nchez-Melgar, que pas¨® a ser fiscal general del Estado a mediados de diciembre pasado.
La Sala Segunda tiene 15 magistrados de planta y sol¨ªa contar con un n¨²mero considerable de magistrados em¨¦ritos, cuatro, aquellos que tras jubilarse segu¨ªan ¡ªcon solicitarlo y cumplir las condiciones, habida cuenta de las necesidades de la Sala¡ª ejerciendo plena jurisdicci¨®n en igualdad con sus pares. En ciertos momentos pod¨ªa, por tanto, llegar a los 20 magistrados. Pero los em¨¦ritos, seg¨²n una reforma, han desaparecido en octubre de 2017.
El magistrado Jos¨¦ Ram¨®n Soriano se jubil¨® en noviembre pasado y la Sala Segunda se qued¨® con 11 magistrados. Sin perdida de tiempo, la Comisi¨®n Permanente del CGPJ sac¨® el 30 de noviembre la plaza a concurso.
?Por qu¨¦ en ciertos casos, como el de Soriano, por ejemplo, Lesmes actu¨® con celeridad y en otros, como las tres plazas vacantes, conduce a la Comisi¨®n Permanente a arrastrar los pies?
?Hay alguna explicaci¨®n? Haberla, como las meigas, pues s¨ª que hayla.
Soriano era un magistrado del turno general y para sustituirle, por tanto, no se necesitaba tener categor¨ªa de especialista.
?Y qu¨¦ es eso?
Si se aplica la aritm¨¦tica que surge de los art¨ªculos 343 y 344 y de las normas de la ley Org¨¢nica del Poder Judicial para la composici¨®n del Supremo, sobre 12 magistrados procedentes de la carrera judicial en la Sala Segunda, seis tienen que ser especialistas en derecho penal.
?Y qui¨¦n concede, por as¨ª decir, la condici¨®n o t¨ªtulo de especialista?
Aqu¨ª viene el problema.
Y he aqu¨ª la historia del problema.
Los ¨²nicos especialistas realmente existentes para aplicar la ley vigente eran aquellos magistrados que hab¨ªan ejercido durante m¨¢s de diez a?os en juzgados de la jurisdicci¨®n penal (como por ejemplo ocurre con Maza y Conde-Pumpido, que han dejado dos de las tres vacantes).
Por tanto, se hac¨ªa necesario, para cumplir con el cupo de seis especialistas en penal de la Sala Segunda, arbitrar una soluci¨®n. Entre los a?os 1995 y 1996, el CGPJ organiz¨® un curso restringido de especialidad penal para aquellos jueces que quisieran ascender a la categor¨ªa de magistrado de manera m¨¢s r¨¢pida.
Los jueces que obtuvieron ese ascenso fueron Enrique L¨®pez, Eloy Velasco, Leopoldo Puente, Pablo Llarena y Jaime Tapia y Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar. En 2002, Jaime Requena super¨® una prueba de especialidad en lo penal.
Por tanto, se trataba de un curso restringido. Porque solo pod¨ªan participar jueces que a trav¨¦s del curso quer¨ªan ascender a la categor¨ªa de magistrado. El magistrado que deseaba especializarse en derecho penal no pod¨ªa participar. Era un coto vedado.
En 2011, el magistrado Eloy Velasco, a cargo del juzgado central de instrucci¨®n n¨²mero 6 de la Audiencia Nacional, present¨® un recurso ante el CGPJ en el que ped¨ªa que se aplicara el cupo de especialistas en penal al cubrir las vacantes de la Sala Segunda. Velasco quer¨ªa ingresar en la Sala Segunda.
El CGPJ, presidido por Carlos D¨ªvar, y con gran protagonismo de los vocales Margarita Robles, de la progresista Jueces para la Democracia, y Manuel Almenar, de la conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, decidi¨® acoger la iniciativa de Velasco en otra direcci¨®n: consagrar de manera definitiva la especialidad penal mediante un nuevo reglamento. Y organizar un curso con pruebas muy duras para todos aquellos magistrados, esta vez sin restricci¨®n, que optaran por la especialidad penal. Fue el Reglamento 2/2011.
El Pleno del CGPJ adopt¨® el acuerdo del 30 de junio de 2011 por el cual se convocan las pruebas de especializaci¨®n en las jurisdicciones civil y penal.
Los magistrados que impartieron el curso de derecho penal, algunos de la Sala Segunda del Supremo, recuerdan que ha sido uno de los m¨¢s completos que se hubieran impartido con unas pruebas de selecci¨®n que requer¨ªan unos conocimientos nunca antes requeridos. Una verdadera oposici¨®n.
Magistrados de todas las corrientes decidieron apuntarse, aunque quiz¨¢ con una mayor asistencia de aquellos afiliados a la asociaci¨®n de la progresista Jueces para la Democracia. El resultado es que salieron 25 especialistas de lo penal, una camada de magistrados con conocimientos que hab¨ªan pasado una prueba muy exigente, seg¨²n se ha se?alado. La ley Org¨¢nica del Poder Judicial de 1985, pues, ya ten¨ªa un plantel de 25 especialistas en derecho penal.
Hab¨ªan salido los especialistas aut¨¦nticos. Aquellos que hab¨ªan pasado una selectividad de penal frente a los otros, aquel pu?ado de jueces que, en rigor, hab¨ªa hecho el curso en 1995/96 m¨¢s en raz¨®n de su promoci¨®n, para su ascenso de jueces a magistrados en un periodo de tiempo muy inferior al que requer¨ªa la pr¨¢ctica habitual.
Como una de las asociaciones de jueces, sin participaci¨®n en el CGPJ, se sinti¨® marginada, un recurso de la Asociaci¨®n Francisco de Vitoria lleg¨® a la Sala Tercera del Supremo contra la decisi¨®n de considerar especialistas en derecho penal a aquellos que hab¨ªan pasado la prueba de selecci¨®n del Reglamento 2/2011.
Estas diferencias pod¨ªan solucionarse sin demasiadas dificultades. En marzo de 2012, el Gobierno de Mariano Rajoy creaba una Comisio?n Institucional para la elaboracio?n de una propuesta de texto articulado de Ley Orga?nica del Poder Judicial y de Ley de Demarcacio?n y de Planta Judicial.
Y uno de sus integrantes era Carlos Lesmes.
Pero nada se hizo respecto a la especialidad penal.
La Sala Tercera del Supremo examin¨® en julio de 2013 el recurso y por mayor¨ªa, con varios votos particulares, lo admiti¨® y anul¨® las pruebas del Reglamento 2/2011. El argumento: el CGPJ se hab¨ªa excedido en sus poderes mediante una decisi¨®n ultra vires (m¨¢s all¨¢ de su autoridad); la especialidad obtenida por la citada prueba, sosten¨ªa, carec¨ªa de ¡°cobertura legal¡±. Se pod¨ªa tener en cuenta, a?ad¨ªa, como un m¨¦rito.
En realidad, la propia ley Org¨¢nica del Poder Judicial de 1985 era la fuente de esa cobertura legal, habida cuenta de que exig¨ªa que seis plazas de las 12 de la Sala Segunda que correspond¨ªan a la carrera judicial deb¨ªan ser cubiertas por especialistas de lo penal.
Carlos Lesmes, miembro de la Sala Tercera, apoy¨® de manera activa esa decisi¨®n de anular las pruebas.
?l y un grupo de especialistas de lo contencioso-administrativo sosten¨ªa que en realidad las ¨²nicas especialidades que deb¨ªan existir eran la suya ¡ªcontencioso-administrativo¡ª y la social o laboral.
Desde entonces el grupo de Lesmes y magistrados de lo contencioso-administrativo empez¨® a ser conocido con un nombre: los de la West Point, el nombre de la Academia Militar de Estados Unidos fundada en 1802.
Pero Lesmes tendr¨ªa desde el CGPJ cinco a?os de mandato si de verdad el asunto se limitaba a la ausencia de cobertura legal, como sosten¨ªa la sentencia de la Sala Tercera que hab¨ªa anulado las pruebas.
En las reformas de la ley Org¨¢nica del Poder Judicial (aparte de la practicada en 2013) de 2014 y 2015, el asunto de la especialidad penal sigui¨® sin resolverse.
Lesmes dej¨® pudrir la situaci¨®n.
En los ¨²ltimos meses de 2015 se volvi¨® a presentar el dilema al convocarse el 22 de octubre de ese a?o el concurso para cubrir la plaza por jubilaci¨®n de Joaqu¨ªn Gim¨¦nez, magistrado de la especialidad penal. El requisito que pon¨ªa la convocatoria: "Haber accedido a la categor¨ªa de magistrado mediante las correspondientes pruebas de selecci¨®n en el orden jurisdiccional civil y penal o haberlas superado ostentando la categor¨ªa".
El 14 de enero de 2016, la Comisi¨®n Permanente del CGPJ aprob¨® la terna de candidatos para cubrir la plaza de Gim¨¦nez.
?Qui¨¦nes eran los aspirantes que reun¨ªan los requisitos seg¨²n un informe del gabinete t¨¦cnico del CGPJ?
Los cinco del cursillo de mediados de los a?os noventa, aquel curso de promoci¨®n de juez a magistrado a trav¨¦s de la especialidad penal: L¨®pez, Velasco, Llarena, Tapia y Puente.
Los especialistas "aut¨¦nticos" que aspiraban a entrar en la Sala de Apelaciones, seg¨²n el gabinete t¨¦cnico, no reunian los requisitos porque la prueba que hab¨ªan superado en 2011 hab¨ªa sido anulada por la Sala Tercera del Supremo en su sentencia de julio de 2013.
El CGPJ se inclin¨® el 28 de enero de 2016 por Llarena, presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona y presidente hasta noviembre de 2015 de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura.
Y en mayo de 2017 tuvo lugar, una vez m¨¢s, una ocasi¨®n donde volvieron a ganar la partida los ¡°due?os de la especialidad penal¡±. Se trataba de cubrir dos puestos de nueva creraci¨®n en la naciente Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional. Seg¨²n un informe del gabinete t¨¦cnico del CGPJ solo Enrique L¨®pez y Eloy Velasco representaban a los especialistas en derecho penal.
Las enmiendas de 2018
En febrero de 2018, los grupos parlamentarios presentaron sus propuestas de reforma de la ley Org¨¢nica del Poder Judicial a ra¨ªz de una reforma parcial sobre permisos y licencias.
El Partido Popular ha propuesto introducir en relaci¨®n al tema de las plazas de la Sala Segunda del Supremo la siguiente enmienda:
¡°A los efectos de la reserva de plazas en el Tribunal Supremo en los ¨®rdenes jurisdiccionales civil y penal prevista en el art¨ªculo 344 a) de esta Ley, los magistrados/as que hubieren prestado 15 a?os de servicios en la carrera y en ¨®rganos del orden jurisdiccional propio de la Sala de que se trate, se equiparar¨¢n a los que hubiesen superado las pruebas de selecci¨®n en el orden jurisdiccional correspondiente.
Para la cobertura de aquellas plazas en ¨®rganos colegiados de los ¨®rdenes jurisdiccionales civil y penal que esta Ley atribuye a la especializaci¨®n el car¨¢cter de m¨¦rito preferente, los magistrados que hubieren prestado 15 a?os de servicios en la categor¨ªa y en ¨®rganos del orden jurisdiccional propio de la plaza a cubrir tendr¨¢n la consideraci¨®n de especialistas en el orden correspondiente, salvo en lo relativo a la especializaci¨®n mercantil
Justificaci¨®n
La justificaci¨®n de la medida parte de la consideraci¨®n de un determinado n¨²mero de a?os en el ejercicio de una espec¨ªfica jurisdicci¨®n como condici¨®n suficiente para ostentar la condici¨®n de especialista en el orden civil y penal¡±.
Es decir: la especialidad penal se consigue sencillamente con el ejercicio de un n¨²mero de a?os, 15 seg¨²n la propuesta, en la jurisdicci¨®n.
En otras palabras: todos somos penalistas, no se trata de una especialidad como la de contencioso-administrativo o la social.
Lesmes, seg¨²n ha dejado saber, va a proponer la convocatoria de las tres plazas vacantes de penalistas o especialistas en derecho penal (Maza, Conde-Pumpido y S¨¢nchez-Melgar) con el criterio de la enmienda del PP, lo que supondr¨¢ erradicar definitivamente la posibilidad de consolidar especialistas de lo penal.
Ello consagra, de paso, la marginaci¨®n definitiva de los 25 magistrados que pasaron por las duras pruebas de 2011. Los especialistas aut¨¦nticos.
En c¨ªrculos influyentes pr¨®ximos al presidente del CGPJ se utiliza para reforzar esa erradicaci¨®n ya definitiva el siguiente argumento de ¡°venta¡±: Lesmes desea frenar la posibilidad de que solo cinco magistrados ¡ªEnrique L¨®pez, Leopoldo Puente, Eloy Velasco, Jaime Tapia, que hicieron los cursillos de mediados noventa y 2002, y Jaime Requena, en 2002, respectivamente¡ª, se disputen las tres vacantes de la Sala Segunda.
Y m¨¢s precisamente, que el presidente del CGPJ y del Supremo desea cerrar la puerta de la Sala Segunda a un magistrado que ya se vio obligado a dimitir del Tribunal Constitucional: Enrique L¨®pez.
Lesmes cree, por tanto, que sabe c¨®mo ¡°vender¡± su producto de ¡°todos somos penalistas¡±.
Cerrando la puerta de la Sala Segunda a Enrique L¨®pez.
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