El Supremo rechaza investigar a Pablo Casado por su m¨¢ster
El alto tribunal ve indicios de que el l¨ªder del PP pudo recibir un "trato de favor", pero sostiene que eso no ser¨ªa delito
El Tribunal Supremo cree que Pablo Casado tuvo un ¡°trato de favor¡± en su m¨¢ster, pero no investigar¨¢ las supuestas irregularidades de ese posgrado porque no ve indicios de delito. Con este argumento, el presidente del PP ha quedado este viernes libre de responsabilidad penal por el m¨¢ster que curs¨® en la Universidad Rey Juan Carlos, aunque el auto, suscrito por los cinco magistrados que han estudiado el caso, deja una sombra de sospecha sobre las condiciones en las que Casado obtuvo el t¨ªtulo. La decisi¨®n del Supremo desat¨® la euforia en el PP. ¡°La verdad siempre se abre paso¡±, afirm¨® el secretario general, Teodoro Garc¨ªa Egea.
Pablo Casado ha conseguido esquivar el riesgo de ser imputado por las supuestas irregularidades de su m¨¢ster, pero el Tribunal Supremo insin¨²a que la conducta del l¨ªder del PP, si bien no merece reproche penal, s¨ª deber¨ªa merecerlo de otro tipo. El alto tribunal, que se hizo cargo del caso por la condici¨®n de aforado del dirigente popular como diputado del Congreso, rechaz¨® este viernes investigar a Casado al concluir que no existen indicios de que cometiera un delito de prevaricaci¨®n en el posgrado que curs¨® hace diez a?os.
Los magistrados no consideran tampoco que el dirigente conservador cometiera cohecho aunque, en cualquier caso, estar¨ªa prescrito. De lo que s¨ª advierten indicios es de que Casado recibi¨® ¡°un trato de favor¡± al obtener el t¨ªtulo sin que se le exigieran los mismos requisitos que al resto de alumnos. El Supremo alega que no puede investigar este trato porque no es delito, aunque, seg¨²n los jueces, ¡°pudiera merecer otro tipo de consideraciones ajenas al Derecho Penal¡±.
La decisi¨®n de no investigar a l¨ªder del PP la tom¨® por unanimidad la Sala de Admisi¨®n del Supremo, formada por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y los magistrados Pablo Llarena (el instructor de la causa contra los l¨ªderes independentistas de Catalu?a), Francisco Monterde, Miguel Colmenero y Ana Ferrer. En su decisi¨®n han asumido el criterio de la fiscal¨ªa, que, en un informe enviado al Supremo la semana pasada, rechaz¨® los indicios que s¨ª vio la juez de Madrid Carmen Rodr¨ªguez-Medel, que investiga las presuntas irregularidades de este m¨¢ster y mantiene imputadas a tres compa?eras del presidente del PP, pero no ha podido indagar el caso concreto de Casado por su condici¨®n de aforado.
Por eso la instructora traslad¨® al Supremo sus sospechas de que el dirigente popular podr¨ªa haber cometido un delito de prevaricaci¨®n administrativa (dictar una resoluci¨®n arbitraria a sabiendas de que es injusta) como cooperador necesario y otro de cohecho impropio (aceptar un regalo ofrecido en consideraci¨®n a su cargo). La juez pidi¨® al alto tribunal que abriera una investigaci¨®n para cotejar toda la documentaci¨®n del m¨¢ster de Casado, pero los magistrados han rechazado esta posibilidad.
Sin concierto previo
El argumento es que no hay ning¨²n indicio de que existiera un concierto previo o simult¨¢neo entre el presidente popular y el director del m¨¢ster para que se matriculara a sabiendas de que Casado, que entonces era l¨ªder de Nuevas Generaciones de Madrid y diputado en la Asamblea regional, iba a obtener el t¨ªtulo sin cumplir con los requisitos que se exig¨ªan al resto de alumnos. Los indicios que apuntaba la juez ¡ªque Casado se matriculara en el m¨¢ster, aportara la documentaci¨®n necesaria y pagara la matr¨ªcula¡ª son para el Supremo ¡°actos neutrales que fueron ejecutados de la misma forma por todos los alumnos y que, en s¨ª mismos, carecen de sentido delictivo¡±.
Los magistrados explican que la cooperaci¨®n necesaria en el delito de prevaricaci¨®n administrativa se produce cuando la persona colabora en la ejecuci¨®n de un delito con un acto sin el cual no se habr¨ªa ejecutado. Y para que se d¨¦ esta circunstancia, la jurisprudencia exige, por una parte, un ¡°concierto de voluntades¡± con el autor principal, que puede ser previo o, cuando menos, simult¨¢neo a los hechos; y, por otra, una ¡°aportaci¨®n esencial a la ejecuci¨®n¡±, que generalmente se produce en la fase de preparaci¨®n del delito. El cooperador tiene que conocer de antemano el plan del autor y saber que con su aportaci¨®n coopera a su ¨¦xito, circunstancias de las que no hay indicios en el caso del l¨ªder del PP, seg¨²n el tribunal.
Tampoco considera el Supremo como indicio que le convalidaran a Casado 40 de los 60 cr¨¦ditos del posgrado. El tribunal recuerda que la propia instructora del caso m¨¢ster admite que esta circunstancia es legal, por lo que si este hecho esconde alguna irregularidad lo ser¨ªa por parte de los responsables del posgrado, pero no de los alumnos.
Sobre el uso del t¨ªtulo en el curr¨ªculum del dirigente conservador, el tribunal destaca que se tratar¨ªa de un hecho posterior a la consumaci¨®n del delito de prevaricaci¨®n y, por lo tanto, ¡°irrelevante penalmente¡±. Esto es as¨ª aunque el m¨¢ster se le haya concedido al calificar las asignaturas con sobresaliente ¡°sin m¨¦rito acad¨¦mico alguno¡± o al expedir el t¨ªtulo en s¨ª, ¡°con la misma carencia de merecimientos¡±.
El Supremo analiza tambi¨¦n el hecho de que Casado no acudiera a clase a pesar de que la asistencia fuera supuestamente obligatoria, pero afirma que ¡°tampoco es indicativa de un acuerdo previo¡±. La importancia en este aspecto, sostienen los magistrados, ¡°es relativa, porque en la exposici¨®n razonada se reconoce que no se pasaba lista y que, concretamente, en una asignatura puntuaba solo con un 10%¡±. Los jueces admiten que aunque es cierto que no consta que se cumpliera con el otro 90% necesario para aprobar, esa ser¨ªa de nuevo una actuaci¨®n imputable ¡°al responsable de su valoraci¨®n, sin que el hecho de que el alumno se beneficie indique de forma suficientemente consistente que ha existido un previo acuerdo ileg¨ªtimo con el profesor¡±.
El segundo delito que la juez de Madrid sospechaba que pudo cometer Casado, el cohecho impropio, no puede investigarse porque prescribe a los cinco a?os, y el l¨ªder del PP hizo su m¨¢ster en el curso 2008/2009. Con todo, el tribunal subraya que la valoraci¨®n de los hechos para este delito debe realizarse en funci¨®n de los puestos pol¨ªticos que ten¨ªa Casado en ese momento, ya que el cohecho es una prebenda que alguien obtiene gracias a su posici¨®n o cargo. Y seg¨²n el Supremo, no hay una ¡°vinculaci¨®n apreciable¡± entre el supuesto regalo y su condici¨®n de diputado regional, mientras que el hecho de que presidiera las Nuevas Generaciones de Madrid ¡°tampoco implica la condici¨®n de autoridad o funcionario¡±.
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