El Constitucional niega el amparo al paracaidista que qued¨® tetrapl¨¦jico
El tribunal invita a la familia del militar a reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado
Alejandro Clemente, el soldado del Ej¨¦rcito del Aire que qued¨® tetrapl¨¦jico en un accidentado salto paracaidista en febrero de 2007, tendr¨¢ que seguir esperando para obtener justicia. El Tribunal Constitucional le ha negado su amparo, pero le ha abierto la puerta a que reclame la responsabilidad patrimonial del Estado ¡°para verse resarcido, en la medida de lo posible, de las graves lesiones padecidas¡±.
Clemente, de 34 a?os, se encuentra en estado vegetativo desde que hace 14 particip¨® en un salto paracaidista en la Sierra de Chicote (Murcia) en el que otros siete militares resultaron heridos, aunque ninguno de tanta gravedad. El golpe que sufri¨® contra unas rocas le produjo una tetraplej¨ªa y par¨¢lisis cerebral con un grado de discapacidad del 88%.
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo absolvi¨® al sargento que autoriz¨® el lanzamiento a pesar de que el primer salto tuvo que suspenderse por el fuerte viento, el avi¨®n hizo dos pasadas fallidas al no divisar correctamente la zona y todos los paracaidistas, que saltaron en dos tandas sucesivas, cayeron fuera del lugar se?alizado.
Dos de los cinco magistrados del Supremo suscribieron un voto discrepante en el que afirmaban que el salto nunca debi¨® realizarse y que el herido hab¨ªa visto conculcado su derecho al proceso debido y a la tutela judicial efectiva.
El Supremo ya anul¨® en su d¨ªa el primer juicio sobre este caso y orden¨® que se repitiera pero, en vez de limitarse a celebrar de nuevo la vista oral, el Tribunal Militar Territorial permiti¨® que la defensa cambiara sus conclusiones provisionales y presentara nuevos informes periciales, que resultaron decisivos para la absoluci¨®n del acusado.
En su sentencia, fechada el pasado d¨ªa 14, el Constitucional admite que esta actuaci¨®n del tribunal territorial podr¨ªa considerarse ¡°irregular¡±, pero agrega que ¡°no ha supuesto una quiebra esencial del proceso en perjuicio de la acusaci¨®n ni le ha causado una indefensi¨®n material¡±.
El Constitucional argumenta que en este caso ya se han celebrado dos vistas orales en las que ha sido absuelto el acusado y que ¡°no existen motivos suficientes para exponerle por tercera vez al riesgo de un proceso penal¡±, como suceder¨ªa si se atendiera la demanda de la acusaci¨®n, apoyada por el fiscal.
Frente al argumento de que se ha impedido a la familia del herido exigir una indemnizaci¨®n, para dotar al exmilitar de ¡°las condiciones necesarias para una vida digna¡±, el Constitucional recuerda que est¨¢ abierta la puerta para reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado por mal funcionamiento de la Administraci¨®n.
M¨¢s de una d¨¦cada despu¨¦s del siniestro, la actual ministra de Defensa, Margarita Robles, visit¨® al herido, ascendido en 2012 a cabo honor¨ªfico, y a su familia en agosto pasado para trasladarle su apoyo y solidaridad y pedirle ¡°disculpas por el abandono que haya podido sentir durante todos estos a?os¡±.
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