Europa falla que Junqueras gozaba de inmunidad desde que fue elegido eurodiputado
La sentencia no implica en principio que el l¨ªder de ERC deba salir ahora de prisi¨®n, pero el tribunal considera que el Supremo debi¨® excarcelarlo antes de la sentencia del 'proc¨¦s' para coger el acta
El Tribunal de Justicia de la UE ha fallado este jueves que el presidente de Esquerra Republicana de Catalunya, Oriol Junqueras, gozaba de inmunidad parlamentaria tras la proclamaci¨®n de los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo del 26 de mayo y que el Tribunal Supremo deb¨ªa haberle excarcelado para que pudiera coger el acta como eurodiputado y, posteriormente, haber pedido el suplicatorio ¡ªpermiso¡ª a la Euroc¨¢mara para devolverlo a prisi¨®n a la espera de la sentencia por el juicio del proc¨¦s, que concluy¨® el 12 de junio. Junqueras fue condenado el 14 de octubre a 13 a?os de prisi¨®n por delitos de sedici¨®n y malversaci¨®n por su papel de l¨ªder en el oto?o independentista catal¨¢n de 2017.
El fallo del tribunal con sede en Luxemburgo, una victoria incontestable de la defensa de Junqueras, no implica forzosamente la salida inmediata de prisi¨®n del l¨ªder de ERC, que cumple sentencia firme. Los magistrados comunitarios dejan en manos de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la responsabilidad de ¡°apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza el se?or Junqueras¡±. El tribunal presidido por Manuel Marchena va a estudiar ¡°en profundidad¡± el fallo de Luxemburgo y ha dado cinco d¨ªas a las acusaciones ¡ªFiscal¨ªa, Abogac¨ªa del Estado y Vox¡ª y a la defensa de Junqueras para que informen sobre si el l¨ªder independentista debe salir de prisi¨®n para tomar el acta de eurodiputado. El Supremo tomar¨¢ una decisi¨®n una vez transcurrido ese plazo.
La Fiscal¨ªa se ha opuesto este mismo jueves a la posible excarcelaci¨®n de Junqueras y ha solicitado al Supremo que remita al Parlamento Europeo la sentencia por la que fue condenado a 13 a?os de prisi¨®n e inhabilitaci¨®n para la C¨¢mara de Bruselas establezca ¡°la p¨¦rdida de su condici¨®n de Europarlamentario¡±. Los fiscales piden al alto tribunal espa?ol que ejecute la pena de inhabilitaci¨®n, que se encontraba suspendida a la espera del fallo de Luxemburgo. El ministerio p¨²blico argumenta que, sobre la base de la sentencia europea, Junqueras no fue proclamado oficialmente electo hasta el 13 de junio, cuando el juicio del proc¨¦s ya hab¨ªa quedado visto para sentencia.
La sentencia europea puede tener efecto sobre la situaci¨®n procesal del expresidente catal¨¢n Carles Puigdemont y el exconsejero Toni Com¨ªn, ambos elegidos eurodiputados en las elecciones del 26 de mayo y que no accedieron al cargo al estar fugados en B¨¦lgica y no acudir a Espa?a a cumplir el tr¨¢mite de acatar la Constituci¨®n. El magistrado instructor de la causa del proc¨¦s, Pablo Llarena, ha dado cinco d¨ªas a las acusaciones y sus defensas para que formulen alegaciones sobre la base de la sentencia de Luxemburgo "al poder tener la misma incidencia en relaci¨®n a dichos procesados rebeldes", informan fuentes jur¨ªdicas.
La Corte de Luxemburgo considera que, una vez adquirida por Junqueras la condici¨®n plena de eurodiputado, si el Supremo cre¨ªa necesario mantenerlo en prisi¨®n provisional para evitar su posible fuga en la fase final del juicio del proc¨¦s deb¨ªa haber solicitado la suspensi¨®n de esa inmunidad ¡°a la mayor brevedad¡± al Parlamento Europeo.
Tras ser elegido diputado al Parlamento Europeo, Junqueras fue proclamado diputado el 13 de junio por la Junta Electoral Central. El Supremo, sin embargo, le impidi¨® ir a jurar o prometer la Constituci¨®n en el Congreso de los Diputados ¡ªrequisito que establece la ley electoral espa?ola¡ª y tomar posesi¨®n de su esca?o. El tribunal presidido por Marchena consider¨® por unanimidad que, en plena fase de inicio de deliberaciones del caso del proc¨¦s, un eventual viaje a Bruselas o Estrasburgo pon¨ªa en riesgo la causa. El exvicepresidente catal¨¢n recurri¨® esa decisi¨®n. Y antes de resolver esa demanda, el Supremo decidi¨® consultar a Luxemburgo cu¨¢l es el alcance de la inmunidad de un parlamentario.
La Gran Sala del tribunal le ha dado respuesta este jueves. Alrededor de las 9.45, el presidente la Corte, el belga Koen Lenaerts, ha respondido que Junqueras adquiri¨® su "condici¨®n de miembro del Parlamento Europeo" en el momento en el que se proclamaron los resultados electorales por parte de la Junta Electoral Central, es decir, el 13 de junio de 2019. Y a?ade que desde entonces un parlamentario, aunque su mandato arranque con el inicio de sesiones, "goza de las inmunidades reconocidas por el art¨ªculo 9 del protocolo¡± [sobre los privilegios y las inmunidades de la Uni¨®n Europea].
El tribunal ha dado la raz¨®n a las tesis de la defensa de Junqueras y ha seguido el razonamiento del Abogado General de la UE. El Parlamento Europeo y la Comisi¨®n Europea, en cambio, arropaban las tesis defendidas por Espa?a, que cree que la obligaci¨®n de jurar o prometer la Constituci¨®n es una etapa del proceso electoral y, por lo tanto, un requisito para ser nombrado parlamentario y adquirir la inmunidad. El Tribunal comunitario tumba esa tesis y se?ala que, si bien los procedimientos electorales son competencia de los Estados, ¡°la condici¨®n de miembro¡± de la Euroc¨¢mara ¡°se deriva del hecho de ser elegido por sufragio universal directo, libre y secreto¡±. En plata: despu¨¦s de su proclamaci¨®n, no debe exig¨ªrsele ninguna otra formalidad para sentarse en su esca?o.
"Levantar cualquier medida de prisi¨®n"
El tribunal de la UE acaba concluyendo que la inmunidad de desplazamiento para poder acudir a Estrasburgo el pasado 2 de julio implicaba el ¡°levantamiento de cualquier medida de prisi¨®n provisional¡± impuesta antes de ser proclamado aunque se hallara "en situaci¨®n de prisi¨®n provisional en un proceso penal por delitos graves". Y que en caso de querer mantenerla, deb¨ªa haberlo pedido "a la mayor brevedad" a la Euroc¨¢mara.
La sentencia no implica que ahora Junqueras deba salir de prisi¨®n necesariamente, puesto que Luxemburgo deja todo lo relativo a la causa al Supremo. Parad¨®jicamente, quienes pueden salir m¨¢s beneficiados de ese dictamen son su rival pol¨ªtico, Carles Puigdemont, y el exconsejero Toni Com¨ªn, ambos fugados de la justicia espa?ola en B¨¦lgica. Por v¨ªa doble. La primera: ninguno de los dos pudo acceder a su esca?o tras no haber jurado o prometido la Constituci¨®n, por lo que esta sentencia les abre una v¨ªa en los procedimientos que tienen en marcha en Luxemburgo. Y dos: su petici¨®n de extradici¨®n est¨¢ pendiente de c¨®mo se resuelve su inmunidad.
Puigdemont tiene dos procedimientos abiertos en Luxemburgo. Uno de ellos es un recurso a la decisi¨®n del Tribunal de Justicia de la UE de negarle medidas cautelares para que pudiera tomar posesi¨®n de su esca?o al considerar que al no haber sido incluidos en las listas remitidas por Espa?a a la Euroc¨¢mara, Puigdemont y Com¨ªn ¡°no hab¨ªan sido declarados oficialmente electos¡±. La otra v¨ªa es la demanda principal interpuesta por Puigdemont, que deber¨¢ examinar el Tribunal General, un ¨®rgano del Tribunal de Justicia de la UE encargado de resolver los recursos interpuestos por personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas para obtener la anulaci¨®n de los actos de las instituciones, ¨®rganos u organismos de la Uni¨®n Europea.
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