Los jueces mantienen en libertad provisional a La Manada
La Audiencia de Navarra rechaza el ingreso en prisi¨®n de los condenados porque considera que no han variado las circunstancias por las que decretaron su salida de la c¨¢rcel
Los cinco condenados a nueve a?os de prisi¨®n por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a una chica en los sanfermines de 2016, el conocido como caso de La Manada, esperar¨¢n en libertad la resoluci¨®n de los recursos presentados por su defensa y las distintas acusaciones ante el Tribunal Supremo. La Secci¨®n Segunda de la Audiencia de Navarra, que dict¨® la primera sentencia en abril de 2018, ha mantenido su criterio despu¨¦s de que fiscal¨ªa y acusaciones solicitaran la vuelta a la c¨¢rcel de los j¨®venes tras la confirmaci¨®n de la condena por parte del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
La decisi¨®n, como ya ocurri¨® con su puesta en libertad, se ha tomado por dos votos contra uno, el del presidente de la sala, Jos¨¦ Francisco Cobo, que apostaba por la vuelta a prisi¨®n de los cinco de manera incondicional. Los magistrados Ricardo Gonz¨¢lez y Raquel Fernandino consideran que no han variado las circunstancias que el pasado 22 de junio les llevaron a decretar la libertad provisional con una fianza de 6.000 euros. Es la segunda vez que los magistrados de este tribunal rechazan la revocaci¨®n de la libertad para los encausados en este caso, ya que en julio pasado tambi¨¦n mantuvieron esta medida para Antonio Manuel Guerrero, para el que las acusaciones pidieron la vuelta a la c¨¢rcel por haber tratado de renovar el pasaporte a los tres d¨ªas de salir en libertad.
En esta ocasi¨®n los dos magistrados que firman la decisi¨®n mayoritaria insisten en que no han variado las circunstancias que les llevaron a decretar su libertad provisional. ¡°La situaci¨®n personal, familiar y laboral de todos ellos permanece inalterable respecto a lo ya valorado por esta Sala¡±, se?ala el auto. A?ade la circunstancia de que uno de los condenados, Alfonso Cabezuelo, haya sido privado de su condici¨®n de militar. ¡°carencia que no incrementa el riesgo de fuga, sino que, en cierta forma, lo limita¡±, seg¨²n los dos magistrados. Para la mayor¨ªa del tribunal el argumento de riesgo de fuga ¡°es bastante endeble¡± ya que desde que los cinco quedaron en libertad han cumplido las medidas cautelares regularmente y a?aden que ¡°desde que se tuvo conocimiento de la confirmaci¨®n de la sentencia ha pasado casi un mes y los encausados han continuado cumpliendo¡± estas medidas sin dar ninguna se?al de intentar eludirlas.
Sobre el riesgo de reiteraci¨®n delictiva, los magistrados reconocen la condena posterior recibida por ?ngel Boza, por sustraer unas gafas de sol en un centro comercial de Sevilla, pero se?alan que estos hechos son ¡°muy diferentes y m¨¢s livianos que los que han determinado su condena¡±, por parte de la audiencia de Navarra. Asimismo se?alan que tampoco tienen en cuenta el proceso judicial abierto contra varios de ellos por un suceso anterior similar al de Pamplona en Pozoblanco (C¨®rdoba) del que a¨²n no se ha celebrado juicio ni tampoco se han dictado medidas cautelares. Por ello, consideran que debe primar el principio jur¨ªdico favor libertatis que lleva a la elecci¨®n y aplicaci¨®n de la norma menos restrictiva de la libertad.
En su voto particular discrepante, el presidente de la Secci¨®n Segunda, Jos¨¦ Francisco Cobo apuesta por la vuelta a prisi¨®n de los cinco hombres debido a "la gravedad de la pena impuesta", que se consolida en la sentencia del recurso dictada por el TSJN. Para este magistrado, resulta "procedente" apreciar la prisi¨®n provisional por el riesgo de fuga, debido a la existencia de dos sentencias condenatorias en sucesivas instancias en las que se ha impuesto una pena "suficientemente grave".
El pasado 26 de diciembre, la Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra celebr¨® una vista para estudiar las peticiones de la fiscal¨ªa y las tres acusaciones presentes en el sumario ¡ªla representaci¨®n de la v¨ªctima, el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona¡ª. Las cuatro consideraban que la confirmaci¨®n de la condena por parte de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia, que adem¨¢s ordena a la audiencia que tambi¨¦n les sentencie por el delito contra la intimidad inicialmente descartado, incrementaba el riesgo de fuga de los cinco condenados.
La fiscal¨ªa recordaba la importancia de que esta segunda sentencia mantuviera los hechos probados recogidos en la sentencia inicial. Dos de los cinco magistrados del TSJN, entre ellos su presidente Joaqu¨ªn Galve, firmaron un voto particular en el que consideraban que lo ocurrido el 7 de julio de 2016 en un portal de Pamplona fue una agresi¨®n sexual y solicitaban una condena de 14 a?os de c¨¢rcel.
Todas las partes presentes en el caso han presentado recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo, donde se decidir¨¢ si se trata de violaci¨®n o de abusos o bien se dictar¨¢ una absoluci¨®n. Las acusaciones insisten en la calificaci¨®n de agresi¨®n sexual mientras que la defensa quiere que queden absueltos ya que asegura que lo ocurrido se trat¨® de una relaci¨®n sexual m¨²ltiple consentida por la chica. A la espera de la resoluci¨®n de ese recurso, Jos¨¦ ?ngel Prenda, Alfonso Cabezuelo, Jes¨²s Escudero, ?ngel Boza y Antonio Manuel Guerrero seguir¨¢n en libertad.
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