El voto particular: ¡°Los acusados tendieron una encerrona a la v¨ªctima¡±
Los magistrados Joaqu¨ªn Galve y Miguel ?ngel Ab¨¢rzuza discrepan de la opini¨®n mayoritaria y piden agresi¨®n sexual y no abuso con prevalimiento
Los magistrados Joaqu¨ªn Galve y Miguel ?ngel Ab¨¢rzuza han emitido un voto particular con el que discrepan de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), que ha decidido este mi¨¦rcoles mantener la condena a nueve a?os de prisi¨®n por abuso sexual a los cinco miembros de La Manada, que hab¨ªan recurrido la pena impuesta por la Secci¨®n Segunda de la Audiencia de Navarra. Los firmantes entienden que los actos realizados por todos los procesados "atentatorios contra la libertad sexual de la denunciante, han de ser calificados penalmente como constitutivos de un delito de agresi¨®n sexual y no como el de abuso sexual con prevalimiento", porque hubo intimidaci¨®n y coacci¨®n, "tendiendo una encerrona a la v¨ªctima" y teniendo en cuenta la "pr¨¢cticamente nula posibilidad de huir y/o escapar".
Galve y Ab¨¢rzuza a?aden que, adem¨¢s, concurren dos agravantes: el car¨¢cter particularmente degradante o vejatorio de los hechos, "con un innegable desprecio hacia la dignidad de una persona, aumentando su humillaci¨®n de forma exponencial e innecesaria" y el hecho de haber actuado en grupo. Recuerdan c¨®mo entr¨® la v¨ªctima al aquel portal la madrugada del 7 de julio de 2016: "... tirando de ella de cada mano (por ?ngel Boza y Alfonso Jes¨²s Cabezuelo), entr¨® dirigida a dicho lugar, conducida por uno de los acusados delante y los dem¨¢s detr¨¢s, que, inmediatamente, la rodearon". Explican que aquello cre¨® una "atm¨®sfera coactiva en la que la presencia de cada uno de ellos contribuy¨® causalmente para configurar una situaci¨®n de abuso de superioridad", e inciden en la "imposibilidad de huir del lugar". Con lo que entienden que, aunque no hubo violencia, el acceso de la v¨ªctima al portal, ¡°evidentemente, no fue voluntario sino forzado".
El cub¨ªculo de aquel edificio en el que los cinco miembros de La Manada tocaron a la v¨ªctima, la penetraron vaginal, anal y bucalmente (siempre sin preservativo) y la grabaron e hicieron fotos mide 2,73 metros de largo y 1,02 de ancho. El texto recuerda que "no ten¨ªa m¨¢s zona de salida que aquella por la que hab¨ªan accedido, lo que produjo, durante la realizaci¨®n de los hechos, que se chocasen unos con otros, calific¨¢ndose el lugar como rec¨®ndito y angosto, con una ¨²nica salida". Aquella por la que hab¨ªan entrado y que ellos taponaban.
All¨ª, redactan los magistrados, "la denunciante se hallaba en la referida situaci¨®n de abatimiento, confusi¨®n, tensi¨®n y agobio", sometida "a un impacto emocional en el que, rodeada por los procesados, de fuerte complexi¨®n y mayor edad, la imposibilidad de huir del lugar y de ejercer resistencia ante el temor de sufrir un da?o mayor, se sinti¨® impresionada y sin capacidad de reacci¨®n, lo que le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determin¨¢ndole a hacer lo que los procesados le dec¨ªan que hiciera". "As¨ª, mientras los acusados se hallan en situaci¨®n de goce y juerga sexual, la denunciante aparece encogida, agazapada, arrinconada contra la pared y gritando".
Una vez finalizados los hechos, despu¨¦s de que el guardia civil Antonio Manuel Guerrero Escudero le robara el m¨®vil, "por si lo anterior no fuera suficiente y, como ya se ha se?alado, seg¨²n los acusados iban terminando fueron saliendo de forma escalonada, dejando a la v¨ªctima tirada en el suelo y medio desnuda, no sin antes el acusado Guerrero [el guardia civil] sustraerle de su ri?onera el tel¨¦fono m¨®vil, en su presencia... con un evidente ¨¢nimo, no solo de lucro, sino tambi¨¦n con la clara finalidad de impedir que la v¨ªctima pudiese solicitar ayuda de forma inmediata, consciente de que la dejaba abandonada, en una ciudad desconocida para ella, y, al mismo tiempo, procurando la impunidad del grupo".
Seg¨²n los magistrados hubo ausencia total de consentimiento efectivo ¡ª"anulado por la acci¨®n de los acusados"¡ª, era in¨²til cualquier oposici¨®n, era imposible obtener auxilio por terceras personas, y la actitud de "los cinco agresores", su consistencia f¨ªsica ("m¨¢s fuerte") y su "decidido prop¨®sito de abusar del cuerpo ajeno", fueron suficientes para que no hiciese falta ning¨²n arma ni ning¨²n otro instrumento amenazante. Por todo eso, a Antonio Manuel Guerrero Escudero se le deber¨ªa haber condenado a "dos a?os de prisi¨®n por un delito de robo con intimidaci¨®n por haberse apoderado del m¨®vil de la v¨ªctima", y a todos "se les deber¨ªa haber impuesto la pena de 14 a?os, tres meses y un d¨ªa de prisi¨®n". "El m¨ªnimo legalmente previsto", dicen los magistrados en el voto, para lo que ocurri¨® aquella noche, y c¨®mo ocurri¨®.
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