Google deber¨¢ borrar los enlaces a noticias si la justicia dicta que son err¨®neas
El Supremo agiliza el 'derecho al olvido' cuando hay sentencia
Google tendr¨¢ que borrar sus enlaces a noticias que afecten a particulares y cuyo contenido sea reconocido por una sentencia judicial firme como ¡°sustancialmente err¨®neo o inexacto¡±. El Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre el llamado derecho al olvido, avalado por el Tribunal de Justicia de la UE en 2014, en estos casos. El alto tribunal respalda una decisi¨®n adoptada por la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos, que oblig¨® a Google a borrar los enlaces a una noticia protagonizada por un jefe forestal de la Xunta de Galicia que hab¨ªa sido sorprendido cazando en una zona prohibida.
Esta es la primera vez que el Supremo resuelve un litigio entre la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos y el principal motor de b¨²squedas en Internet sobre el derecho al olvido digital. La decisi¨®n de la Sala de lo Contencioso-Administrativo obliga a Google a borrar los enlaces a noticias con contenido ¡°inexacto¡± y que puedan afectar al honor, la intimidad o la imagen de un particular pero solo cuando esas inexactitudes hayan sido reconocidas por una sentencia judicial. Es decir, si no hay sentencia, el derecho al olvidono queda, en principio, reconocido judicialmente de forma autom¨¢tica y el comit¨¦ de expertos de Google seguir¨¢ teniendo la ¨²ltima palabra sobre si elimina o no esos enlaces de su buscador en el caso de que el afectado lo solicite.
La decisi¨®n va en consonancia con el derecho al olvido reconocido por la justicia europea, aunque en aquella decisi¨®n se admit¨ªa de manera gen¨¦rica la potestad del interesado para solicitar al buscador la retirada de contenidos que considerara lesivos para su reputaci¨®n.
La noticia que ha dado pie a esta sentencia fue publicada en este peri¨®dico el 4 de julio de 2010: ¡°Un jefe forestal de la Xunta en Ourense fue sancionado por cazador furtivo¡±. La informaci¨®n contaba que dos agentes forestales hab¨ªan sorprendido a un t¨¦cnico forestal cazando en una zona prohibida junto a otras dos personas. Tras ser descubiertos, los tres cazadores les amenazaron con sus escopetas. Una patrulla del Seprona que acudi¨® denunci¨® a los cazadores, que fueron expulsados de la sociedad de caza.
El Tribunal Superior de Galicia acab¨® anulando las sanciones por una cuesti¨®n formal relacionada con los plazos de notificaci¨®n, pero esa sentencia consider¨® que la batida contaba con autorizaci¨®n. Tras este dictamen, el jefe forestal pidi¨® a Google que dejara de ofrecer enlaces a esta noticia. El buscador no admiti¨® su petici¨®n y el afectado acudi¨® a la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos, que le dio la raz¨®n. Pero Google no atendi¨® la petici¨®n de este organismo y el caso lleg¨® a la Audiencia Nacional, que consider¨® que la noticia no era exacta y pidi¨® al buscador que la retirara.
La empresa recurri¨® al Supremo, que ahora ha confirmado el fallo de la Audiencia. En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ Manuel Bandr¨¦s, el tribunal se?ala la necesidad de garantizar la protecci¨®n del derecho al olvido digital en aquellos supuestos en que la informaci¨®n que es objeto de difusi¨®n, y cuya localizaci¨®n se obtiene a trav¨¦s de motores de b¨²squeda en internet, contenga ¡°datos inexactos que afectan en lo sustancial a la esencia de la noticia¡±.
El tribunal opta por amparar en estos casos el derecho a la protecci¨®n de los datos personales del afectado frente al derecho a la informaci¨®n que defend¨ªa Google. Para los magistrados, la exigencia de tutelar el derecho a la informaci¨®n ¡°no puede suponer vaciar de contenido la protecci¨®n debida del derecho a la intimidad personal y a la propia imagen, as¨ª como el derecho a la protecci¨®n de datos personales, cuando resulten afectados significativamente por la divulgaci¨®n de noticias¡±.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.