La justicia reconoce a un cuidador el derecho a cotizar con car¨¢cter retroactivo
El hombre, cuyo suegro era dependiente, podr¨¢ darse de alta a partir de 2010
La justicia ha reconocido a un hombre que cuidaba a su suegro en situaci¨®n de dependencia el derecho a cotizar con car¨¢cter retroactivo. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana da la raz¨®n al demandante, que atendi¨® al anciano, con una dependencia grave, entre 2008 y 2015, cuando falleci¨®. La familia solicit¨® la ayuda en 2008, pero la Generalitat no les concedi¨® una prestaci¨®n por cuidados en el entorno familiar hasta 2014, cuando reconoci¨® que deb¨ªa cobrar los atrasos desde 2010. Al acudir a la Tesorer¨ªa de la Seguridad Social para darse de alta, le impidieron hacerlo con efecto retroactivo. La justicia ha fallado que tiene derecho desde 2010. Entre ese a?o y 2012, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy dej¨® de asumir las cuotas, el Estado asumir¨¢ el coste. De ah¨ª a 2014, lo har¨¢ el interesado.
¡°La sentencia sienta precedente. Los cuidadores deben saber que tienen derecho a que la Seguridad Social les reconozca la demora de la Administraci¨®n en resolver sus expedientes y que no perder¨¢n la cotizaci¨®n del tiempo que hayan tardado en otorgarles la prestaci¨®n. En este caso es crucial porque esos cuatro a?os le permitir¨¢n jubilarse¡±, explica Sandra Casas, letrada que ha llevado el caso y miembro del despacho de abogadas Acci¨®n para la Justicia Social y asesora jur¨ªdica de la Coordinadora Estatal de Plataformas en Defensa de la Ley de Dependencia. Seg¨²n cuenta, el demandante ronda los 70 a?os.
Casas remarca la importancia del fallo, especialmente ahora, despu¨¦s de que el 1 de abril entrara en vigor el real decreto ley por el cual el Gobierno vuelve a asumir las cuotas de los cuidadores no profesionales. ¡°En 2012, cuando el Ejecutivo dej¨® de hacerlo, se expuls¨® de la Seguridad Social a 170.000 personas. El 94%, mujeres¡±, asegura Jos¨¦ Manuel Ram¨ªrez, presidente de la Asociaci¨®n de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, expertos en el sector. ¡°Fue una medida dur¨ªsima porque, tras los recortes, la prestaci¨®n media era de 275 euros al mes. Los cuidadores no pod¨ªan afrontar sus cotizaciones¡±, a?ade.
En Espa?a hay m¨¢s de 400.000 cuidadores no profesionales, seg¨²n datos oficiales. Son el 30,7% de los servicios o prestaciones otorgados a trav¨¦s de la Ley de Dependencia, a pesar de que la propia norma los conceb¨ªa como excepcionales. En la Comunidad Valenciana son m¨¢s de 44.000 y suponen el 55,4% de los que se conceden. Ram¨ªrez lamenta el ¡°periplo judicial¡± del demandante. No obstante, destaca la mejora del sistema en esta autonom¨ªa en los ¨²ltimos cuatro a?os. ¡°Es la regi¨®n con mayor incremento de beneficiarios: un 86%¡±, apunta.
¡°En las circunstancias del demandante habr¨¢ miles de personas, sobre todo mujeres que tuvieron que dejar de trabajar para atender a su familiar. Y la Seguridad Social se habr¨¢ ahorrado todas esas cotizaciones¡±, se?ala la abogada, que asegura que la sentencia no ha sido recurrida. Fue notificada el pasado enero y en ella se indica que, de no reconocerle el derecho a cotizar con car¨¢cter retroactivo, ¡°se premiar¨ªa la inactividad de la Administraci¨®n que dilat¨® el procedimiento obligando¡± a acudir al juzgado.
Esta historia comenz¨® en 2008. Ese a?o, cuando hubo que empezar a cuidar a su suegro, la familia convino en que el demandante era la persona adecuada, explica la abogada. Era m¨²sico, aut¨®nomo, y ten¨ªa m¨¢s facilidades para ofrecer m¨¢s dedicaci¨®n. En marzo de ese a?o, solicitaron el reconocimiento de la situaci¨®n de dependencia. En 2011, al dependiente le otorgaron un grado severo. Un a?o despu¨¦s, hab¨ªa empeorado y pas¨® a tener un grado tres, nivel uno (el pen¨²ltimo m¨¢s alto). Pero la prestaci¨®n, 354 euros al mes, no la cobr¨® hasta que se aprob¨® el programa individual de atenci¨®n, en 2014. Posteriormente percibieron los atrasos desde 2010, explica la abogada.
¡°Cuando quiso darse de alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales, la Seguridad Social deneg¨® su solicitud al entender que la resoluci¨®n ten¨ªa fecha de 2014¡±, cuenta Casas. La sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ valenciano anula las resoluciones de la Tesorer¨ªa de la Seguridad Social. Un auto aclaratorio posterior, emitido en febrero, especifica que entre 2010 y 2012 el Estado asumir¨¢ las cuotas y posteriormente lo har¨¢ el demandante.
¡°La dificultad de los cuidadores es doble. Por un lado, no pueden darse de alta hasta que no tengan la resoluci¨®n, aunque tarde a?os. Por otro lado, no les dejan hacerlo con car¨¢cter retroactivo¡±, se?ala Casas. ¡°Pero la gente no pleitea. No todo el mundo puede permit¨ªrselo. Por eso la sentencia puede dar seguridad a los cuidadores. Es su derecho, alguien lo ha conseguido¡±, zanja.
Agilizar los procesos judiciales
"Este caso ejemplifica el tortuoso camino que tienen que emprender las personas en situaci¨®n de dependencia y sus familiares para reclamar un derecho subjetivo de ciudadan¨ªa, para lograr justicia", se queja Jos¨¦ Manuel Ram¨ªrez, presidente de la Asociaci¨®n de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales. "Deben hacerlo a trav¨¦s de la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa, en lugar de la social, que es m¨¢s r¨¢pida e implica menos costes para los dependientes", contin¨²a.
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