Un juez concede la semilibertad a un violador en serie contra el criterio de v¨ªctimas, fiscal¨ªa y su prisi¨®n
El agresor, condenado a 271 a?os tras asaltar sexualmente a 24 mujeres, ha cumplido 17
El juzgado de Vigilancia Penitenciaria n¨²mero 5 de Andaluc¨ªa, con sede en Granada, ha dispuesto el pase a tercer grado ?¡ªsemilibertad¡ª de Juan Carlos G¨®mez Ru¨ªz, un violador en serie que llev¨® a cabo 24 agresiones sexuales a 24 mujeres entre abril de 1997 y su detenci¨®n en febrero de 2002. En el momento de su arresto era maestro de Educaci¨®n F¨ªsica y cometi¨® sus delitos en M¨¢laga, su lugar de trabajo. La Audiencia de M¨¢laga lo conden¨® en 2005 a 271 a?os y medio de prisi¨®n aunque solo deb¨ªa cumplir el m¨¢ximo posible en aquel momento, 20 a?os. De ellos ha cumplido ya algo m¨¢s de 17. El tribunal sentenciador, no obstante, indic¨® en su momento que los beneficios penitenciarios y el tiempo necesario para acceder a otros grados penitenciarios se calcularan sobre el total de la condena.
A pesar de esa decisi¨®n de la Audiencia de M¨¢laga, justo al cumplir los 15 a?os de condena efectiva ¡ªlas tres cuartas partes¡ª el violador solicit¨® al juzgado que le aplicaran el ¡°r¨¦gimen general de cumplimiento¡±. El juzgado emiti¨® en octubre de 2017 un auto en el que afirma que, a pesar de la imposici¨®n de la Audiencia de tener en cuenta los 271 a?os y medio para futuros beneficios, el C¨®digo Penal le permit¨ªa aplicarle el r¨¦gimen general, ¡°con pron¨®stico favorable de reinserci¨®n social y oyendo previamente al Ministerio Fiscal, las dem¨¢s partes e Instituciones Penitenciarias¡±.
El juez oy¨® a las v¨ªctimas, a la Fiscal¨ªa y a la junta de tratamiento de la c¨¢rcel de Albolote (Granada) donde est¨¢ internado. Todos se pronunciaron en contra. Sin embargo, consider¨® que el informe de la c¨¢rcel no estaba motivado, ¡°limit¨¢ndose a constatar que la decisi¨®n [de no informar favorablemente al cambio de r¨¦gimen penitenciario] se adopta por mayor¨ªa de siete votos a favor y uno en contra¡±.
El tribunal analiz¨® entonces los informes utilizados en la c¨¢rcel para su negativa y le otorg¨® la valoraci¨®n contraria. En aquel auto de 2017 afirma que ¡°el penado est¨¢ participando en un programa de control de impulsos sexuales ¡ no existe problem¨¢tica alguna y¡ ha observado muy buena conducta¡±, que luego ha realizado un segundo curso para afianzar los objetivos del primero o que ¡°su entorno familiar de origen se encuentra normalizado y es vinculante ¡ apoyo incondicional de su familia¡±. Y remata con un reconocimiento de la ¡°extrema gravedad¡± de los delitos pero recuerda que el legislador no considera que eso impida el acceso a ¡°beneficios penitenciarios, permisos de salida, progresiones en grado y acceso a la libertad condicional¡±. Con todo ello, el juez concluye que ¡°existe un bajo riesgo de reincidencia¡± y, por tanto, le otorga el r¨¦gimen general de cumplimiento. Esto, en la pr¨¢ctica, deroga la parte de la sentencia que indica que los beneficios penitenciarios se hagan sobre los 271 a?os.
Ya en los primeros meses de 2019, el violador en serie solicita el paso a tercer grado que lo situar¨ªa fuera de la c¨¢rcel y lo llevar¨ªa a un Centro de Inserci¨®n Social (CIS). El equipo de la c¨¢rcel emite un informe contrario al paso a ese r¨¦gimen y pide que siga en segundo grado, el habitual en prisi¨®n. El violador recurri¨® esta negativa y por auto de dos de septiembre de 2019, el juez le concede ese tercer grado en contra de la decisi¨®n emitida por la prisi¨®n. Eso lo llevar¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas a un CIS donde la junta de tratamiento decidir¨¢ cu¨¢nto tiempo estar¨¢ sin salir a la calle y cuando ya puede pasar algunas horas fuera e incluso trabajar en el exterior. En cualquier caso, si no ocurre nada, en 2022, el violador recuperar¨¢ su libertad.
En este reciente auto, el juez se aferra a que el tercer grado penitenciario ha de determinarse conforme al sistema de ¡°individualizaci¨®n cient¨ªfica¡±. Por ello, repite muchos de los argumentos de su escrito de dos a?os antes: ¡°Nada se opone por ahora a la pretendida progresi¨®n ¡ ha extinguido sobradamente las tres cuartas partes de la condena y ha observado una intachable conducta ¡ con calificaci¨®n de excelente ¡ cuenta con apoyo familiar y ha hecho buen uso de numerosos permisos de salida. Carece de adicciones conocidas con significaci¨®n criminol¨®gica ¡ ha realizado de forma correcta el programa establecido para la prevenci¨®n y control de la agresi¨®n sexual, en el cual ha obtenido una favorable calificaci¨®n. Asume plenamente su responsabilidad delictiva, muestra arrepentimiento y empat¨ªa con las v¨ªctimas. No se observan en el penado actitudes o valores delictivos y no se observan impulsivos mostrando control de la ira y emociones¡±. Tras ello, concluye que se le debe otorgar el tercer grado.
De las 24 agresiones sexuales cometidas, 13 fueron efectivamente realizadas y 11 lo fueron en grado de tentativa porque las v¨ªctimas consiguieron evitarlo. Adem¨¢s, fue condenado por dos delitos de robo con intimidaci¨®n, dos de lesiones, cinco de amenazas condicionales y tres faltas de lesiones. Tambi¨¦n debi¨® pagar una indemnizaci¨®n de algo m¨¢s de 800.000 euros aunque no ha sido posible conocer si la ha abonado o no. En cualquier caso, la sentencia no estableci¨® ning¨²n responsable civil subsidiario que se hiciera cargo en caso de impago. En caso de salir de prisi¨®n no puede acercarse a las v¨ªctimas a menos de 2.000 metros ni comunicarse con ellas en los 15 a?os posteriores a su salida de la c¨¢rcel.
Seg¨²n inform¨® EL PA?S en su momento, este violador lleg¨® a agredir a algunas mujeres con sus hijos peque?os delante. El delincuente las asaltaba a las puertas de sus domicilios, armado con un arma blanca, o se introduc¨ªa en los mismos haci¨¦ndose pasar por fontanero.
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