El Consejo General del Poder Judicial cuestiona aspectos importantes de la reforma de la ley del aborto
La propuesta de informe de los jueces avala con matices la interrupci¨®n voluntaria del embarazo a menores de 16 y 17 a?os sin autorizaci¨®n parental y pide mantener el periodo de reflexi¨®n de tres d¨ªas
La reforma de la Ley del Aborto es quiz¨¢s la legislaci¨®n en tr¨¢mite menos conflictiva para el Gobierno de coalici¨®n junto a la de trata, que mantiene un tenso debate interno y con el resto de grupos en otras cuestiones que tocan a Igualdad como la ley trans o el proxenetismo. A¨²n as¨ª, esta es una normativa que ya ha provocado choques entre los bloques de derecha e izquierda en el Congreso y a¨²n hay recursos de inconstitucionalidad a la ley de 2010 interpuestos por el Partido Popular ante el Tribunal Constitucional que a fecha de hoy no han sido resueltos. Ahora, la propuesta de informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ¡ªque avisa que se limita a analizar las modificaciones que se pretenden incluir en la ley¡ª cuestiona esta ¨²ltima reforma propuesta por el ministerio de Irene Montero. El Pleno del CGPJ analizar¨¢ el pr¨®ximo 22 de diciembre esta propuesta de informe al anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley Org¨¢nica de Salud Sexual y Reproductiva.
Sobre la reforma en su conjunto, la propuesta de informe se?ala que el anteproyecto procura reforzar las garant¨ªas de los procedimientos para hacer efectivo el derecho a la vida privada y, dentro de ¨¦l, el derecho a la salud sexual y reproductiva, y que eso responde al cumplimiento de las obligaciones que tienen los poderes p¨²blicos para garantizar la efectividad de dicho derecho, por lo que debe ser valorado en t¨¦rminos generales.
Sin embargo, hay cuestiones sobre las que el CGPJ pone objeciones, como la dispersi¨®n de propuestas concretas en distintas leyes (como la educaci¨®n sexual, presente ya en la Ley de Educaci¨®n), o al considerar que el anteproyecto ¡°no explica ni justifica convincentemente las modificaciones introducidas en el modelo vigente¡±. Algunas de esas modificaciones a las que se refiere son el aborto sin consentimiento de madres y padres a partir de los 16 a?os (ahora mismo est¨¢ en los 18), y la obligatoriedad del periodo de reflexi¨®n de tres d¨ªas y el sobre que se entrega a las mujeres con informaci¨®n sobre la maternidad que el Ministerio quiere eliminar.
El consentimiento
En relaci¨®n con la eliminaci¨®n del requisito del consentimiento de padres o madres o tutores legales para mujeres de 16 y 17 a?os, la propuesta informe se?ala que se trata de una opci¨®n del legislador que no contraviene las observaciones y recomendaciones internacionales ni la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y a?ade que el marco normativo vigente reconoce a las mayores de diecis¨¦is a?os cumplidos un grado de madurez y autonom¨ªa suficiente para intervenir en la vida jur¨ªdica sin necesidad de la intervenci¨®n de sus representantes legales.
Sin embargo, las ponentes, Roser Bach y ?ngeles Carmona, recuerdan que los progenitores deben desempe?ar los deberes inherentes a la patria potestad, y que el consentimiento aut¨®nomo y sin conocimiento de estos dificulta de modo evidente esos deberes. ¡°Adem¨¢s, por imperativo constitucional, los progenitores deben prestar asistencia de todo orden a los hijos durante su minor¨ªa de edad (art¨ªculo 39.3 de la Constituci¨®n Espa?ola)¡±, se?ala el informe.
As¨ª, concluyen que resulta igualmente justificada la validez del sistema actual, y creen que los conflictos eventuales que puedan ocurrir entre las menores y sus padres, se podr¨ªan resolver a trav¨¦s de un procedimiento que se incluyera en la norma y que permitiera conciliar los intereses y la voluntad de la menor con los deberes de los representantes legales.
Los sobres
El anteproyecto quiere eliminar la obligaci¨®n de las mujeres que van a abortar de recibir sobres con informaci¨®n sobre recursos para ser madre (ayudas p¨²blicas, derechos laborales, prestaciones, beneficios fiscales, etc.), para respetar ¡°los derechos de las mujeres y la no infantilizaci¨®n de las mismas¡±. Y dispone que solo se facilitar¨¢ a la mujer si esta se interesa por alguna de estas cuestiones, mientras que con la norma vigente la informaci¨®n se le entrega en sobre cerrado y es decisi¨®n de ella abrirlo y acceder o no a su contenido.
El CGPJ advierte que esto presupone que la mujer tiene un previo conocimiento de la informaci¨®n que le interesa, porque en caso contrario dif¨ªcilmente podr¨¢ requerirla, de modo que lo que en realidad parece es que se le est¨¢ privando o, cuando menos, dificultando el acceso a la informaci¨®n sobre cuestiones que pueden interesarles.
Las ponentes afirman que el derecho a recibir informaci¨®n es un requisito asociado al consentimiento para abortar, y a?aden que la informaci¨®n, para ser adecuada, completa y suficiente, no debe estar orientada exclusivamente a la pr¨¢ctica de la interrupci¨®n voluntaria del embarazo, ¡°sino tambi¨¦n a la protecci¨®n de la maternidad, si bien sin introducir consideraciones ¨¦ticas ni religiosas¡±.
Los tres d¨ªas de reflexi¨®n
En el anteproyecto tambi¨¦n se eliminan los tres d¨ªas de reflexi¨®n obligatoria para las mujeres, que la propuesta de informe del CGPJ cree que es algo que no puede hacerse bajo el ¨²nico pretexto del efecto ¡°infantilizador¡±, y a?ade que este es un requisito ¡°presente en varias de las legislaciones de los pa¨ªses de nuestro entorno¡± y que, ¡°al estar indisociablemente unido a la informaci¨®n y a la prestaci¨®n del consentimiento¡±, es ¡°necesario en orden a una adecuada formaci¨®n de la voluntad y a la adopci¨®n de una decisi¨®n consciente y meditada acerca de la interrupci¨®n voluntaria del embarazo y de las consecuencias, de todo orden, que dicha decisi¨®n comporta¡±.
Las bajas por reglas incapacitantes
La reforma del Gobierno propone bajas de tres d¨ªas bajo supervisi¨®n m¨¦dica, con capacidad de ampliar a cinco, para quienes tengan reglas incapacitantes: dolores intensos, calambres, c¨®licos, n¨¢useas, mareos y v¨®mitos que algunas mujeres sufren cada ciclo.
Sobre esto, la propuesta de informe del CGPJ advierte de la ausencia de justificaci¨®n para regular estas bajas y cree que ya las ampara la legislaci¨®n vigente. Se?ala que el objetivo de ¡°dar una regulaci¨®n adecuada a esta situaci¨®n patol¨®gica con el fin de eliminar cualquier tipo de sesgo negativo en el ¨¢mbito laboral¡± que se arguye en la reforma no es suficiente, y que con ello ¡°se establece un r¨¦gimen privilegiado de atenci¨®n y tratamiento a un concreto supuesto de enfermedad com¨²n sin que el prelegislador argumente los criterios que ha valorado para configurar este trato diferenciado¡±, m¨¢s all¨¢ de esa eliminaci¨®n de sesgo.
Recuerda, por ejemplo, que el anteproyecto ¡°no exige, como en el resto de los supuestos de enfermedad com¨²n, un periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n (actualmente se ha de tener cubierto un periodo de cotizaci¨®n de 180 d¨ªas en los 5 a?os anteriores)¡±. Y en cuanto a que el subsidio se abone a cargo de la seguridad social desde el d¨ªa de la baja en el trabajo, consideran las ponentes que supone una diferencia con ¡°lo que ocurre en los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, de enfermedad com¨²n o accidente no laboral¡±.
A?aden que estas bajas espec¨ªficas permitir¨¢n conocer al empresario el motivo de las mismas, algo que ¡°puede provocar unos efectos totalmente contrarios, haciendo surgir reacciones de marginaci¨®n o estigmatizaci¨®n sobre las mujeres en general y sobre las que sufren los efectos de una menstruaci¨®n incapacitante secundaria en particular¡±. Y apuntan a un posible motivo de inconstitucionalidad: ¡°Se debe recordar que el Tribunal Constitucional reiteradamente ha se?alado que el presupuesto para que una diferenciaci¨®n normativa sea leg¨ªtima y constitucionalmente l¨ªcita debe ser objetiva y razonable de modo que las consecuencias jur¨ªdicas que se deriven de tal distinci¨®n sean proporcionadas a la finalidad perseguida¡±.
?C¨®mo se regula el consentimiento de padres y madres para las menores en Europa?
El CGPJ en su propuesta de informe explica, para hacer la comparativa con España, cómo se legisla sobre el consentimiento de padres y madres para abortar en otros países de Europa:
Alemania. Las mujeres menores de edad de entre 14 y 18 años pueden prestar su consentimiento sin necesidad de la asistencia de sus representantes legales si pueden comprender las implicaciones de la intervención. Al igual que en Austria.
Bélgica. Es necesario por regla general el consentimiento de los representantes legales, si bien dependiendo de la edad y del grado de madurez las menores de edad podrán ejercer sus derechos de forma autónoma siempre que se consideren aptas para valorar razonablemente sus intereses.
Francia. Si la mujer es menor no emancipada se solicitará el consentimiento de uno de los titulares de la patria potestad o, en su caso, del representante legal.
Italia. Si la mujer es menor de 18 años se requiere por lo general el consentimiento de sus representantes legales.
Noruega. Basta el consentimiento de la menor, pero si es menor de 16 años o tiene alguna discapacidad acreditada se dará la oportunidad de expresar su parecer a las personas que tengan la patria potestad o a los tutores.
Países Bajos. Pueden consentir las mujeres que hayan cumplido los 16.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.