Protecci¨®n de menores ante la violencia de g¨¦nero
Espa?a, en comparaci¨®n con otros pa¨ªses europeos, tiene un sistema legal robusto para proteger a las v¨ªctimas, aunque un informe de la Universidad de Oxford revela que todav¨ªa tiene deficiencias
La protecci¨®n de las y los menores en el contexto de violencia de g¨¦nero es todav¨ªa una tarea pendiente en Espa?a. Sin ir m¨¢s lejos, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado recientemente sobre la falta de consideraci¨®n de la violencia de g¨¦nero en la determinaci¨®n del r¨¦gimen de visitas. En este caso concreto, estim¨® el recurso de amparo de una madre, a quien dos tribunales le exigieron adoptar ¡°una actitud proactiva en relaci¨®n con el cumplimiento del r¨¦gimen de visitas¡±. El Tribunal Constitucional consider¨® que esta exigencia desborda las obligaciones de la madre, especialmente en incidentes de violencia de g¨¦nero ¡ªhecho que los tribunales implicados no tuvieron en cuenta, aun siendo dos de ellos juzgados de violencia sobre la mujer¡ª. Asimismo, cuestion¨® la presunci¨®n de que es siempre en el mejor inter¨¦s del menor favorecer las relaciones con el padre en estos contextos.
Espa?a ha tomado numerosas medidas para abordar este tipo de casos, pero, como vemos, no siempre con ¨¦xito. Se han modificado leyes para proporcionar una mayor protecci¨®n a las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero y a sus hijos, e incluso se ha introducido el concepto de violencia vicaria como una forma de violencia de g¨¦nero. De hecho, Espa?a ¡ªen comparaci¨®n con otros pa¨ªses europeos¡ª puede presumir de tener un sistema legal robusto a la hora de proteger a las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero. No obstante, el sistema adolece de deficiencias como ha puesto de relieve el reciente estudio liderado por la catedr¨¢tica Shazia Choudhry de la Universidad de Oxford, La respuesta de la justicia familiar ante el maltrato dom¨¦stico: Un estudio emp¨ªrico de seis pa¨ªses sobre las experiencias de las supervivientes, jueces, abogados y peritos designados, concluyendo que las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero a¨²n experimentan obst¨¢culos significativos en los procesos judiciales para la determinaci¨®n del r¨¦gimen de custodia y visitas.
En la elaboraci¨®n de este informe se realizaron entrevistas a diferentes actores involucrados en los procesos de derecho de familia, como son las v¨ªctimas, jueces, abogados y peritos judiciales, en seis pa¨ªses europeos, incluida Espa?a. Los hallazgos muestran cu¨¢nto trabajo a¨²n debe realizarse para garantizar que las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero no sean revictimizadas por el sistema legal y que los menores sean adecuadamente protegidos. A continuaci¨®n, presentamos algunos de los hallazgos m¨¢s relevantes para Espa?a.
Violencia de g¨¦nero y contacto con el progenitor maltratador
El estudio constat¨® que todav¨ªa se perpet¨²an percepciones estereotipadas por parte de algunos profesionales relativas a la falta de veracidad de las acusaciones que realizan las mujeres o a la existencia de denuncias falsas (a pesar de los datos y numerosos estudios que evidencian lo contrario). E incluso, cuando las alegaciones son cre¨ªdas, se les resta importancia, ya considerando que esa violencia deriva de una ruptura que no ha sido bien gestionada, ya atribuyendo a ambas partes un grado de culpa.
Los tribunales y profesionales presumen, al margen de lo que los menores opinen, que el mejor inter¨¦s para el menor es precisamente el mantener el contacto con el progenitor maltratador. La presencia de violencia de g¨¦nero no necesariamente impacta en la decisi¨®n final y, si se tiene en cuenta, es para adoptar medidas que mitiguen el riesgo de violencia contra los menores, tales como asignar puntos de encuentro de las visitas o imponer la presencia de trabajadores sociales en el encuentro.
Alienaci¨®n parental
Espa?a ha adoptado diversas medidas para abordar el uso del concepto de s¨ªndrome de alienaci¨®n parental por parte de los tribunales y peritos. El s¨ªndrome de alienaci¨®n parental es definido por quienes defienden su existencia como la interferencia o manipulaci¨®n adulta de menores, lo que genera rechazo injustificado del menor hacia uno de los progenitores. Es un concepto que carece de aval cient¨ªfico, por lo que Espa?a ha adoptado medidas para evitar que sea tenido en cuenta por los profesionales, e incluso en Catalu?a se ha modificado su legislaci¨®n auton¨®mica sobre violencia machista para considerar la invocaci¨®n de tal concepto como una forma de violencia en el ¨¢mbito institucional. Desafortunadamente, estos esfuerzos a¨²n no parecen reducir la dependencia de este concepto ¡ªusado con otras denominaciones, o la perpetuaci¨®n de la ideolog¨ªa subyacente¡ª en las decisiones judiciales y las pruebas presentadas por los expertos.
En definitiva, el estudio citado concluy¨® que, a pesar de los pasos significativos dados por Espa?a, hay muchas ¨¢reas que necesitan ser revisadas. El sistema legal a¨²n est¨¢ permeado por estereotipos discriminatorios de g¨¦nero y prejuicios contra las madres, a quienes se tacha de manipuladoras y vengativas, y de manipular a sus hijos en contra sus padres. Estas percepciones necesitan ser abordadas, ya que impactan particularmente a los menores.
A estos prejuicios se unen otros problemas estructurales del propio sistema judicial, como la alta carga de trabajo de los juzgados, la falta de comunicaci¨®n entre juzgados civiles y penales y la falta de cursos de formaci¨®n recurrentes. Con esto, y a la luz del pr¨®ximo vig¨¦simo aniversario de la Ley Org¨¢nica 1/2004 contra la Violencia de G¨¦nero, estos hallazgos muestran la importancia de repensar c¨®mo continuar protegiendo a las v¨ªctimas y menores en contextos de violencia de g¨¦nero y asegurar que la ley sea una herramienta para ayudarlas y protegerlas, y no una herramienta que perpet¨²e el abuso y revictimice.
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