Varapalo jur¨ªdico a la ¡®Seguridad social¡¯ catalana como estructura de Estado
Un dictamen no vinculante del Consejo de Garant¨ªas pide modificar algunos apartados para aclarar el abasto competencial
El dictamen del Consejo de Garant¨ªas Estatutarias sobre la ley que crea la Agencia Catalana de Protecci¨®n Social lanza un torpedo contra la f¨®rmula con la que se intentaba evitar una posible suspensi¨®n por parte del Tribunal Constitucional. El ¨®rgano, cuyas recomendaciones no son vinculantes, pide que se reescriban algunos apartados que hac¨ªan referencia al abasto de las competencias catalanas y que pretend¨ªan en un futuro subrogar atribuciones del Gobierno central.
La agencia es una de las tres leyes de desconexi¨®n de Espa?a prometidas por el Govern y tiene como misi¨®n ¨²ltima ser el embri¨®n del ente que haga frente a las pensiones en una hipot¨¦tica Catalu?a independiente. Su funci¨®n es ¡°gestionar de una manera centralizada las prestaciones que integran los instrumentos de protecci¨®n social que en cada momento sean competencia de la Generalitat¡±, dice el texto de la norma.
Y es precisamente la coletilla ¡°en cada momento¡± la que el Consejo de Garant¨ªas Estatutarias pide reescribir en al menos tres apartados. En su dictamen concluye que si bien los preceptos examinados no son contrarios ni al Estatut ni a la Carta Magna, es necesario cambiarlos ¡°para evitar cualquier posible duda sobre el sentido de la norma y su abasto competencial¡±.
El problema es que ese enunciado maximalista, que permite ir a?adiendo competencias, fue la f¨®rmula que dise?aron los juristas de la Generalitat para intentar blindar la norma de un m¨¢s que previsible recurso de inconstitucionalidad por parte del Gobierno de Mariano Rajoy.
Los grupos del PSC y de Catalunya S¨ª Que Es Pot (CSQP) pidieron el dictamen en julio pasado al considerar que si bien la Generalitat es competente para crear, dentro de sus competencias, las agencias que considere necesarias para su mejor autorganizaci¨®n ¡°no puede pretender, a trav¨¦s de estos entes, asumir y gestionar competencias que no le son propias de acuerdo con la Constituci¨®n y el Estatut¡±.
Un ente para gestionar 169 prestaciones
Tener una agencia que unifique la gesti¨®n de las 169 prestaciones que existen en Catalu?a (sumando las de diferentes Administraciones) es una idea que se remonta a 2007, cuando se aprob¨® la actual Ley catalana de Servicios Sociales. El Gobierno tripartito nunca la desarroll¨®, algo que no cambi¨® con la llegada de la extinta Converg¨¨ncia a la Generalitat. El soberanismo la recuper¨® posteriormente, ante la necesidad de abordar una de las dudas m¨¢s grandes sobre la viabilidad de la independencia: el futuro de las pensiones. Hacer frente a la protecci¨®n social implicar¨ªa gestionar unos 32.400 millones de euros, el 83% corresponde a las pensiones y a la prestaci¨®n por desempleo.
El Consejo, siguiendo el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, recuerda que crear una agencia que pretenda asumir competencias que no son de la Generalitat es inconstitucional. Sin embargo, aclara que la redacci¨®n del texto tambi¨¦n permite interpretar que se hace referencia a una eventual asunci¨®n de funciones traspasadas a la comunidad aut¨®noma por parte del Estado.
Es por ello que el Consejo de Garant¨ªas Estatutarias entiende que se tendr¨ªa que reescribir la coletilla antes mencionada ¡°ya que podr¨ªa dar a entender que se refiere a competencias respecto a las cuales la Generalitat no tiene poder de disposici¨®n¡±. El ente ve una ¡°t¨¦cnica legislativa poco adecuada¡±.
El dictamen s¨ª consider¨® en contra de la Constituci¨®n un apartado referente a la contrataci¨®n de personal pues considera que que constri?e ¡°el derecho fundamental de acceso y promoci¨®n en condiciones de igualdad a la funci¨®n p¨²blica¡±.
La ley de la agencia ya super¨® dos enmiendas a la totalidad y se debatir¨¢ en el pr¨®ximo pleno. Los socialistas y CSQP siempre han abogado por la creaci¨®n de una agencia dentro del actual marco autonomista.
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