Ley 40 horas en Chile: cu¨¢ndo comienza, qu¨¦ es el 4x3 y las dudas por el recorte de la jornada laboral
La normativa entra en vigencia en medio de la controversia entre el Gobierno y los empresarios por la opci¨®n de descontar 12 minutos por jornada de trabajo
Chile avanzar¨¢ esta semana en la reducci¨®n de la jornada laboral de los trabajadores regulados por el C¨®digo del trabajo. Tras seis a?os de discusi¨®n, la iniciativa, que fue presentada en 2017 por las entonces diputadas comunistas Camila Vallejo ¡ªla actual portavoz del Gobierno de izquierdas del presidente Gabriel Boric¡ª, y Karol Cariola ¡ªla hoy presidenta de la C¨¢mara de Diputados¡ª, entrar¨¢ en vigencia en una primera etapa, que rebajar¨¢ de 45 a 44 las horas de trabajo por semana.
Este cambio beneficiar¨¢ a unos 4,7 millones de trabajadores y tiene en sus p¨¢ginas normas que amparan al trabajador, tales como la prohibici¨®n a los patrones para reducir el sueldo una vez que se imponga la reducci¨®n completa. La ley tiene proyectado que la disminuci¨®n completa a las 40 horas se conseguir¨¢ en cinco a?os m¨¢s.
La puesta en marcha de la normativa ha estado marcada por la controversia entre el Ejecutivo y los gremios de empresarios, que durante los d¨ªas previos al inicio del recorte se han enfrentado por una interpretaci¨®n del texto legal, que permitir¨ªa el descuento de la primera hora del d¨ªa en 12 minutos, los que se repartir¨ªan en los cinco d¨ªas h¨¢biles de la semana.
Cu¨¢ndo se aplicar¨¢ la nueva ley de 40 horas
La primera etapa de la ley de 40 horas comenzar¨¢ el viernes 26 de abril de 2024. En esa jornada se marcar¨¢ la baja de una hora de jornada laboral por semana.
C¨®mo ser¨¢ la transici¨®n
Las empresas podr¨¢n hacerlo de forma gradual en un plazo m¨¢ximo de hasta cinco a?os, por lo que quedar¨¢ completamente aplicada para 2029. Los trabajadores pasar¨¢n de una jornada de 45 a 44 horas el primer a?o de publicada la ley, 42 al tercer a?o y 40 al quinto; sin embargo, los patrones pueden anticiparse. Hasta hoy existen m¨¢s de 500 empresas chilenas que han obtenido la certificaci¨®n por reducir la jornada.
4x3
Los patrones podr¨¢n implementar jornadas de cuatro d¨ªas de trabajo de 10 horas para descansar tres d¨ªas o promediar la jornada.
40 horas promedio
El trabajador podr¨¢ acordar con el patr¨®n que la jornada de 40 horas se cumpla en un promedio de cuatro semanas con un tope de 45 horas semanales. No estar¨¢ permitido superar m¨¢s de dos semanas las 40 horas.
La controversia sobre los 12 minutos
La baja de las 40 horas semanales en promedio abri¨® una serie de dudas, especialmente en el mundo empresarial. Las patronales advirtieron que en algunas compa?¨ªas, especialmente las que funcionan con turnos, existir¨ªa un fuerte impacto en la productividad si es que se descontaba una hora entera de trabajo en un d¨ªa de la semana. Ante esto las firmas accedieron a rebajar el tiempo de trabajo de sus empleados con una divisi¨®n de la hora. Por ejemplo, accedieron a entregar 12 minutos libres adicionales en cada uno de los cinco d¨ªas h¨¢biles, con los que se completaban los 60 minutos fijados por la ley.
Esta interpretaci¨®n fue criticada por la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, quien asegur¨® que la norma es clara sobre la forma en la que se deben aplicar los recortes horarios. ¡°La jornada laboral en Chile es de horas a la semana, no de minutos, no de segundos, no de suspiros¡±, dijo en una entrevista a Chilevisi¨®n. La postura de la autoridad ha sido sostenida por un dictamen de la Direcci¨®n del Trabajo (DT), el organismo fiscalizador del trabajo en el pa¨ªs sudamericano, que aclar¨® que si bien la ley es r¨ªgida al respecto, s¨ª se pueden acordar disminuciones por minutos laborales siempre y cuando exista un acuerdo entre los empleados y sus jefes.
Madres y padres cuidadores
A partir de 2024, quienes cuiden a menores de 12 a?os podr¨¢n tener un ingreso y salida diferenciada por hasta dos horas para retrasar o anticipar sus horas laborales, lo que les permitir¨¢ acoplar su horario con el de los menores. Si ambos padres trabajan, la madre podr¨¢ decidir qui¨¦n ser¨¢ acreedor a este derecho.
Descanso adicional
Se podr¨¢n compensar horas extras hasta por cinco d¨ªas feriados adicionales.
Trabajadores que no se incluyen en el proyecto
Se aplicar¨¢ a los trabajadores bajo el art¨ªculo 22 con salvedad de quienes tengan labores de alta gerencia y quienes no est¨¦n sometidos a la fiscalizaci¨®n superior. Los funcionarios p¨²blicos tambi¨¦n est¨¢n excluidos, pero comenzaron las negociaciones con el Gobierno para que se les incluya.
Reg¨ªmenes especiales
Trabajadoras de casa particular
Las que trabajan puertas afuera tendr¨¢n una reducci¨®n a 40 horas semanales y permite hasta 12 horas extraordinarias; las que trabajan puertas adentro mantendr¨¢n el sistema actual, descansar¨¢n m¨ªnimo 12 horas diarias y tendr¨¢n una compensaci¨®n de dos d¨ªas de descanso adicional al mes. Los d¨ªas podr¨¢n acumularse hasta por un periodo de tres meses.
Mineros
Las jornadas excepcionales de procesos continuos, como la de la miner¨ªa, compensar¨¢ con d¨ªas de descanso anual adicionales.
Trabajadores de transporte terrestre
Depender¨¢ si se trata de choferes o tripulaci¨®n y del tipo de veh¨ªculo que conduzcan. Los choferes o auxiliares de locomoci¨®n colectiva interurbana y servicios interurbanos deber¨¢n sacar el promedio de 40 horas semanales cada mes. La tripulaci¨®n de ferrocarriles y los choferes o auxiliares de servicios de transporte rural colectivo de pasajeros tambi¨¦n deber¨¢n promediar las 40 horas en el c¨®mputo mensual. En cuanto a los choferes de veh¨ªculos de carga terrestre interurbana, pueden optar por la bolsa mensual de 180 horas (si se escoge este r¨¦gimen el patr¨®n deber¨¢ compensar al trabajador con seis d¨ªas de descanso adicionales) o promediar las 40 horas semanales por mes.
Trabajadores agr¨ªcolas permanentes
La jornada especial deber¨¢ rebajarse para que empate con las 40 horas semanales.
Trabajadores del mar
Deber¨¢ adaptar su jornada a las 40 horas semanales. De trabajar m¨¢s, se pagar¨¢n horas extraordinarias.
Trabajadores de servicios a¨¦reos
La jornada no podr¨¢ exceder las 40 horas en promedio a la semana. Si es que trabaja por un mes en tierra, deber¨¢ sacarse el promedio para hacer efectivas las 40 horas.
Personal de hoteler¨ªa, restaurantes y clubes
En el art¨ªculo 27 se permit¨ªa que los trabajadores de estos sectores laboraran hasta 12 horas diarias en cinco d¨ªas. Con la nueva ley esto quedar¨¢ eliminado. Para la hoteler¨ªa tambi¨¦n quedan derogadas las jornadas de 60 horas semanales.
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