Ley corta de isapres en Chile: cu¨¢ndo se devolver¨¢n los cobros en exceso y la nueva modalidad para Fonasa
El Congreso ha aprobado una normativa para evitar el colapso financiero de las aseguradoras privadas, que quedaron al borde de la quiebra por un fallo de la Corte Suprema
El Congreso chileno ha aprobado el pasado lunes 13 de mayo la llamada ley corta de isapres, una iniciativa que buscaba rescatar a las aseguradoras que componen el sistema de salud privada de Chile. La norma, que sali¨® a la luz tras m¨¢s de un a?o de intenso debate legislativo, pretende dar viabilidad financiera a las instituciones ante la ejecuci¨®n de un fallo de la Corte Suprema que las oblig¨® a ajustar el valor de sus planes y devolver millones de d¨®lares por cobros en exceso a sus afiliados, dej¨¢ndolas al borde del colapso financiero.
La nueva ley dispone de un sistema especial para hacer cumplir la resoluci¨®n judicial sin llevar al sistema a la quiebra. A ello se suma una nueva modalidad para el Fonasa, la plataforma de salud p¨²blica de Chile, que ofrecer¨¢ una alternativa para abordar la constante llegada de nuevos afiliados que abandonan a las prestadoras privadas.
C¨®mo funciona el sistema de salud en Chile
El sistema sanitario del pa¨ªs sudamericano es mixto, ya que hace convivir a los sectores privados y p¨²blicos para la administraci¨®n del 7% de cotizaci¨®n para la salud. Las Instituciones de Salud Previsional (conocidas por su acr¨®nimo de isapres) son las entidades privadas ¡ªque actualmente est¨¢n compuestas por nueve aseguradoras¡ª que administran las prestaciones de salud de los afiliados. El sistema p¨²blico es encabezado por el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), entidad a la que pueden ingresar todos los chilenos bajo diversas modalidades y con algunos mecanismos que permiten la atenci¨®n en centros de salud privados a trav¨¦s de la compra de bonos.
El fallo de la Corte Suprema
Durante d¨¦cadas las isapres han sido enviadas a los tribunales chilenos bajo m¨²ltiples acusaciones por parte de sus usuarios, que han denunciado cobros excesivos en sus cuentas, discriminaci¨®n por g¨¦nero y edad para la cobertura m¨¦dica y un alza constante en los precios.
En 2022, la Tercera Sala de la Corte Suprema, el m¨¢ximo tribunal de la justicia chilena, tom¨® una decisi¨®n clave sobre las tablas de riesgos de las isapres. De acuerdo a la resoluci¨®n, las aseguradoras estaban obligadas a aplicar de manera retroactiva y al total de los cotizantes un ajuste realizado al par¨¢metro, que en 2019 elimin¨® los sesgos. La resoluci¨®n implicaba la devoluci¨®n de m¨¢s de 1.200 millones de d¨®lares a los afiliados por cobros en exceso, una cifra que para la industria de la salud privada era inabordable. Ante esto, el Gobierno de izquierdas del presidente Gabriel Boric propuso una f¨®rmula para concretar el pago de la deuda sin provocar un descalabro en el sistema. Desde ah¨ª surgi¨® la ley corta que fue despachada desde el Senado y la C¨¢mara de Diputados.
Qui¨¦nes recibir¨¢n el pago por cobros excesivos
La ley corta de isapres contempla la devoluci¨®n de los cobros en exceso a cerca de un tercio de los 2.000.000 de afiliados al sistema, es decir, unos 700.000 usuarios. Cada instituci¨®n deber¨¢ presentar un plan para concretar el pago que corresponde a su afiliado.
El plazo de pago para las isapres
El proyecto aprobado por el Congreso establece un tope de 13 a?os para concretar la devoluci¨®n de los cobros en exceso. Para los mayores de 80 a?os, la deuda se tendr¨¢ que pagar en un plazo de dos a?os; mientras que los mayores de 60 a?os la deber¨¢n recibir en cinco a?os desde la vigencia de la ley.
La nueva modalidad de Fonasa
El tr¨¢mite de la ley para rescatar las isapres incluy¨® adem¨¢s una novedad para Fonasa, sistema que el Ejecutivo pretende reforzar ante la fragilidad financiera del sistema privado. La norma ha incluido la creaci¨®n de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC), una alternativa voluntaria para los usuarios que les permitir¨¢ tener mayores opciones para atenderse en los centros m¨¦dicos de libre elecci¨®n. La modalidad contempla a quienes pertenezcan a los grupos B, C y D, los que podr¨¢n inscribirse siempre y cuando cuando hayan efectuado sus cotizaciones de salud durante los ¨²ltimos seis meses en Fonasa o isapre.
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