La justicia obliga por primera vez a arrancar regad¨ªos ilegales junto al mar Menor
Los tribunales avalan la orden administrativa de devolver a su estado original 4,9 hect¨¢reas ocupadas por cultivos sin licencia
Por primera vez, los tribunales han obligado a una empresa del Campo de Cartagena a cesar los cultivos que manten¨ªa con un regad¨ªo ilegal en la franja de protecci¨®n m¨¢s pr¨®xima al mar Menor. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha emitido este mi¨¦rcoles un auto por el que obliga a la empresa Agr¨ªcola Los Nietos SL a arrancar 4,99 hect¨¢reas en las que se cultivaban hasta ahora c¨ªtricos. Los terrenos est¨¢n en la denominada zona 1, la de m¨¢xima protecci¨®n seg¨²n la ley de recuperaci¨®n del mar Menor. Adem¨¢s, en octubre de 2019 la Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del Segura (CHS) abri¨® un expediente a la compa?¨ªa al detectar que estaba utilizando aguas de riego para las que no ten¨ªa autorizaci¨®n. Estos terrenos forman parte de las 9.500 hect¨¢reas que el organismo de cuenca considera regad¨ªos ilegales que deben desmantelarse y que, seg¨²n la ley regional, deben volver a su estado anterior, ya sean cultivos de secano o zonas sin cultivar.
La Consejer¨ªa de Agua, Agricultura y Medio Ambiente ha tramitado 169 expedientes para ordenar la restituci¨®n de los terrenos, de los que 50 ya han sido resueltos y comunicados a sus propietarios para que cesen sus cultivos. En total, engloban 934 hect¨¢reas, de las que 160 ya han sido restituidas por sus due?os (10 en total), seg¨²n informa a EL PA?S un portavoz de ese departamento. Sin embargo, otras 11 empresas afectadas han recurrido a los tribunales para tratar de evitar que sus cultivos sean arrancados. La de este mi¨¦rcoles es la primera resoluci¨®n judicial que da la raz¨®n a la Administraci¨®n y obliga a las empresas a acabar con las explotaciones y, por tanto, con los vertidos que pudieran llegar al mar Menor.
Seg¨²n el auto del TSJ, al que ha tenido acceso EL PA?S, la compa?¨ªa tiene ahora un plazo de dos meses para redactar el proyecto de restituci¨®n, y de seis meses para ejecutarlo. El alto tribunal entiende que la restituci¨®n de este regad¨ªo ilegal est¨¢ debidamente justificada por ¡°razones de protecci¨®n medioambiental¡± y considera que prevalece el cumplimiento de las leyes en materia de agua y la necesidad de proteger el mar Menor sobre el inter¨¦s de la empresa a mantener una explotaci¨®n que, adem¨¢s, no est¨¢ autorizada.
La compa?¨ªa ped¨ªa suspender la orden alegando que arrancar los c¨ªtricos de la explotaci¨®n supondr¨ªa un ¡°perjuicio irreparable¡±. El tribunal no comparte esta apreciaci¨®n, porque cree que ¡°un terreno que no puede ser regado desde hace dos a?os ¨Dsituaci¨®n que, en principio, va a continuar y puede ser definitiva¨D no debe encontrarse en su ¨®ptima producci¨®n¡±. Se?ala a continuaci¨®n que la alegaci¨®n hecha por la empresa de que su cultivo no contamina y ayuda a retener escorrent¨ªas en episodios de lluvias torrenciales es ¡°gen¨¦rica¡± y ¡°sin apoyo en ning¨²n dato¡±. Adem¨¢s de restituir el terreno, la empresa deber¨¢ hacerse cargo de las costas del proceso y puede todav¨ªa interponer un recurso de reposici¨®n contra esta sentencia.
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