Primer litigio clim¨¢tico en Espa?a: el Tribunal Supremo da la raz¨®n al Gobierno frente a los ecologistas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que el plan estatal para combatir el cambio clim¨¢tico cumple los compromisos como integrante de la UE
En el primer litigio clim¨¢tico de Espa?a, el Tribunal Supremo (TS) ha dado la raz¨®n al Gobierno frente a los ecologistas que ped¨ªan m¨¢s ambici¨®n contra el cambio clim¨¢tico. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha rechazado los recursos presentados contra el Plan Nacional Integrado de Energ¨ªa y Clima 2021-2030 (Pniec), aprobado por el Gobierno el 16 de marzo de 2021, al considerar que es ajustado a derecho, no arbitrario y supone integrarse en el compromiso asumido por la UE en esta materia.
Este pleito se remonta a septiembre de 2020, cuando tres organizaciones no gubernamentales ¡ªGreenpeace, Ecologistas en Acci¨®n y Oxfam Interm¨®n¡ª presentaron una demanda contra el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos por entender que los objetivos que se hab¨ªa fijado para esta d¨¦cada de reducci¨®n de las emisiones de efecto invernadero no eran lo suficientemente ambiciosos. La meta que tiene aprobada en estos momentos el Ejecutivo es reducir un 23% las emisiones en 2030 respecto a los niveles de 1990. Y las organizaciones denunciantes entienden que Espa?a deber¨ªa reducirlas un 55% respecto al mismo punto de partida.
Hasta 2020, los litigios clim¨¢ticos en Espa?a para exigir m¨¢s ambici¨®n en la lucha contra el cambio clim¨¢tico eran una v¨ªa sin explorar. Y la f¨®rmula que emplearon estas organizaciones ecologistas para demandar al Gobierno ante el Supremo fue el retraso de Espa?a a la hora de aprobar su Plan Nacional Integrado de Energ¨ªa y Clima (Pniec). Este documento es la hoja de ruta que la Comisi¨®n Europea exige a todos los miembros de la UE para que reduzcan sus emisiones de aqu¨ª a 2030 para que contribuyan a la meta global que se han puesto los Veintisiete. El Ejecutivo de S¨¢nchez finalmente aprob¨® en el Consejo de Ministros su plan y lo envi¨® a Bruselas, que aplaudi¨® la solidez del documento presentado por Espa?a. Pero en el Supremo el pleito de las tres ONG se mantuvo m¨¢s all¨¢ de este defecto formal que supuso el retraso en aprobar el Pniec y se centr¨® en la falta de ambici¨®n que denunciaban los ecologistas.
Para el Tribunal Supremo, ¡°es cierto que tanto el Convenio de Par¨ªs como la normativa comunitaria constituyen unos l¨ªmites de m¨ªnimos¡±, si bien matiza que ¡°ese l¨ªmite comporta atender los compromisos, ciertamente generales y no concretados, asumidos en el Convenio, de tal forma que la pol¨ªtica seguida por el Gobierno y la administraci¨®n de nuestro pa¨ªs es asumir, como autoriza el Convenio, los compromisos como integrante en la UE y sometida a sus criterios¡±. As¨ª pues, seg¨²n concluye el tribunal: ¡°No parece que esa decisi¨®n de integrarse en los criterios de la UE pueda tildarse de arbitraria como para que mediante la decisi¨®n que se nos pide podamos nosotros revocarla¡±.
Por su parte, Lorena Ruiz-Huerta, abogada de las organizaciones demandantes, ha asegurado: ¡°El litigio clim¨¢tico entablado por las organizaciones recurrentes persegu¨ªa implicar al poder judicial en la lucha contra el cambio clim¨¢tico. Lamentamos profundamente que el Tribunal Supremo haya dado la espalda al mejor conocimiento cient¨ªfico y a las sentencias de otros tribunales europeos. Este fallo confirma, una vez m¨¢s, que la Justicia espa?ola no est¨¢ a la altura de la europea, y por eso seguiremos dando la batalla judicial hasta llegar a Estrasburgo, para que obligue al Estado a proteger los derechos humanos gravemente amenazados por el cambio clim¨¢tico¡±.
Nueva meta en Espa?a
El objetivo de reducir un 23% las emisiones no solo est¨¢ recogido en el Pniec, tambi¨¦n figura en la Ley de Cambio Clim¨¢tico, que fue aprobada en mayo de 2021. Pero, tanto esa ley como el Pniec, son documentos vivos y est¨¢ previsto que se revisen peri¨®dicamente. De hecho, este proceso de revisi¨®n al alza se est¨¢ produciendo en estos momentos. El Gobierno en funciones present¨® a finales de junio el nuevo Pniec, que actualiza hasta una reducci¨®n del 32% el recorte de las emisiones para 2030, nueve puntos m¨¢s. Sin embargo, esa meta todav¨ªa no es firme y ser¨¢ el nuevo Ejecutivo que finalmente se forme tras las elecciones del pasado 23 de julio, si se consigue formar, el que lo adopte.
Lo que es innegable es que Espa?a deber¨¢ actualizarlo al alza. Porque Bruselas ha decidido endurecer su meta ¨Dlograr una reducci¨®n del 55% en 2030 respecto a 1990¡ª y todos los pa¨ªses de la UE deben a su vez aumentar sus recortes para finales de esta d¨¦cada.
Todos estos objetivos ¡ªlos nacionales y los europeos¡ª se establecen en aplicaci¨®n del Acuerdo de Par¨ªs, el pacto de lucha contra el cambio clim¨¢tico que obliga a todos sus firmantes a presentar planes de recorte de sus emisiones de efecto invernadero (los gases que est¨¢n detr¨¢s del calentamiento global y que principalmente est¨¢n ligados a la quema de combustibles f¨®siles). Pero Europa act¨²a como un bloque en las negociaciones clim¨¢ticas y presenta un objetivo com¨²n de los Veintisiete, que es lograr ese recorte del 55% en 2030 respecto a los niveles de 2030. Para lograrlo, cada una de las naciones de la UE deben fijarse unos objetivos propios en funci¨®n de su punto de partida pero que contribuyan a la meta final del 55%. Bruselas se encarga luego de evaluar esos planes nacionales y de determinar si la UE est¨¢ en camino de cumplir sus promesas clim¨¢ticas.
El camino de los litigios para exigir m¨¢s ambici¨®n a los Gobiernos tiene fuera de Espa?a ya una larga tradici¨®n. Por ejemplo, en EE UU, Francia o Irlanda. Pero, quiz¨¢s, el m¨¢s conocido es el de los Pa¨ªses Bajos, encabezado por la organizaci¨®n Urgenda, que en 2015 demand¨® al Gobierno por no presentar objetivos de reducci¨®n de emisiones lo suficientemente ambiciosos. Finalmente, en 2020 lograron que los jueces sentenciaran que el Gobierno holand¨¦s deb¨ªa presentar metas m¨¢s fuertes. El problema fue la lentitud en fallar, porque los objetivos a los que se refer¨ªan eran los que deb¨ªa aplicar para 2020. Es decir, la sentencia queda desfasada.
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