El Supremo de EE UU se muestra esc¨¦ptico sobre qu¨¦ ley rige en el caso del ¡®pissarro¡¯ expoliado del Thyssen
El alto tribunal revisa si los jueces debieron atender a la normativa californiana y no a la espa?ola cuando dieron la raz¨®n al museo madrile?o sobre un cuadro arrebatado por los nazis
Las consideraciones est¨¦ticas se han hecho de rogar este martes en el Tribunal Supremo de Estados Unidos. Jueces y letrados llevaban en Washington m¨¢s de una hora escuchando y discutiendo argumentos de ambas partes en la vista oral sobre la pintura Rue St. Honore, apres midi, effet de pluie (1897), obra de Camille Pissarro expoliada por los nazis en 1939 y propiedad desde hace casi 30 a?os del Estado espa?ol como parte de la colecci¨®n de Thyssen, cuando el juez conservador Clarence Thomas ha dicho con tono cansado: ¡°?No podemos al menos estar todos de acuerdo en que es un hermoso cuadro?¡±. S¨ª, tras un tenso y muy t¨¦cnico tira y afloja jur¨ªdico, en eso se han mostrado todos de acuerdo.
Tambi¨¦n, aparentemente, en lo que se conoce sobre su atribulada historia, un inmejorable resumen de lo que el terrible siglo XX depar¨® a los amantes jud¨ªos del arte, en este caso impresionista. Pero hoy no era el d¨ªa para discutir de esa peripecia, ni tampoco sobre los m¨¦ritos art¨ªsticos de la tela (el nombre de Pissarro no ha sido siquiera invocado), sino qu¨¦ ley cabe aplicar, si la espa?ola o la californiana, en el caso que enfrenta desde hace casi dos d¨¦cadas a la familia Cassirer-Neubauer con el museo madrile?o.
En la sesi¨®n de este martes, los miembros del Supremo se han empleado m¨¢s en poner en apuros a Thaddaeus J. Stauber, que hablaba en favor del Thyssen, que a su contrario. Ese escepticismo invita a pensar que se inclinan a revisar el criterio de los dos jueces de Los ?ngeles y San Francisco que en 2015 y 2020 dieron la raz¨®n a la Fundaci¨®n Thyssen al optar por la ley espa?ola. Pero son solo suposiciones. La decisi¨®n final tardar¨¢ en conocerse. Fuentes del alto tribunal confirman que este puede pronunciarse tan pronto como en un mes, aunque lo m¨¢s probable es que la sentencia llegue, junto con el pronunciamiento acerca de otros asuntos de mayor calado, como el derecho al aborto, al final del actual ejercicio, que se cierra entre finales de junio y principios de julio.
Seg¨²n la ley espa?ola, la posesi¨®n p¨²blica del cuadro durante seis a?os es suficiente para considerar al museo como su leg¨ªtimo due?o. El Thyssen hab¨ªa expuesto el pissarro durante casi ocho a?os antes de que los Cassirer pidieran por primera vez su devoluci¨®n en 2001, un a?o despu¨¦s de que Claude Cassirer, fot¨®grafo fallecido en 2010 a los 89, descubriera por casualidad en las salas de la fundaci¨®n el cuadro expoliado a su antepasada. Seg¨²n la ley de California, un objeto obtenido de esa manera no puede generar un t¨ªtulo de propiedad leg¨ªtimo aunque, como reconoce una de las sentencias previas, fuera adquirido en 1976 por el bar¨®n Hans Heinrich von Thyssen-Bornemisza de buena fe. Pag¨® en 1976 360.000 d¨®lares a una galer¨ªa neoyorquina. El Estado espa?ol lo compr¨® en 1993 como parte de su colecci¨®n por 350 millones de d¨®lares.
Los litigantes son herederos de Lilly, una acaudalada jud¨ªa que recibi¨® el lienzo en 1926 y se vio obligada a venderlo a un marchante al servicio del Tercer Reich por 360 d¨®lares en 1939, en los albores de la Segunda Guerra Mundial. Fue la condici¨®n para poder salir de Alemania y evitar ser conducida a un campo de concentraci¨®n. Aunque en realidad, nunca recibi¨® el dinero, pues el ingreso se hizo en una cuenta ya bloqueada por el r¨¦gimen nazi. Tras la guerra, Lilly Cassirer reclam¨® la obra, que fue dada por perdida, y el Gobierno de la Rep¨²blica Federal Alemana la reconoci¨® como su propietaria; le entreg¨® 120.000 marcos como compensaci¨®n. El cuadro fue localizado en Estados Unidos en 1951, cuando fue comprado por el coleccionista de arte Sydney Brody.
Un pa¨ªs extranjero, tan responsable como un individuo
En la sesi¨®n de este martes en Washington, en la que se ha hablado, m¨¢s que de la Segunda Guerra Mundial, sobre el conflicto entre el derecho consuetudinario federal (que prevalece a las decisiones aisladas de cada Estado) y el principio de elecci¨®n de la ley, David Boies, que actuaba en nombre de los Cassirer, ha invocado la secci¨®n 1606 del C¨®digo Federal de Estados Unidos, que considera que excepcionalmente un pa¨ªs extranjero puede ser responsable de la misma manera que un individuo. Y, como ha expuesto uno de los jueces, ¡°cuando un ciudadano de Estados Unidos se muda de Nueva York a Ohio cambian las leyes que se le aplican¡±. Boies tambi¨¦n ha desempolvado la Doctrina Klaxon, surgida de un caso de 1941 que sent¨® el precedente de que ante un conflicto a la hora de aplicar las leyes, el tribunal debe optar por la propia del Estado en el que se encuentra (en este caso, California).
Por la parte de la fundaci¨®n Thyssen, Stauber ha destacado que, pese a que el primer litigio se remonta a 2005, no fue hasta 2015 que la familia ech¨® mano del argumento jur¨ªdico que ahora han elevado al Supremo como ¨²ltimo recurso. Para Stauber, debe prevalecer la buena sinton¨ªa de las relaciones internacionales, consagrada desde 1976 por la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras. Tambi¨¦n ha argumentado que California no puede tener mayor inter¨¦s en este caso (un expolio cometido en Alemania de un objeto que lleva tres d¨¦cadas en Espa?a), que el hecho de que ¡°David Cassirer decidi¨® jubilarse en San Diego¡±.
Babelia
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