Bonificaciones en Seguridad Social a las empresas que empleen j¨®venes
Bonificaciones, de hasta el 75 % en las cuotas de la Seguridad Social y contratos temporales de seis meses a dos a?os para las empresas que se acojan al programa experimental de fomento del empleo juvenil, as¨ª como la posibilidad de seleccionar nominalmente al trabajador contratado son las principales ventajas otorgadas por un real decreto de Presidencia del Gobierno que apareci¨® ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado y que viene a desarrollar las acciones de fomento e impulso del empleo juvenil previstas en noviembre pasado por otro real decreto.
En cuanto al ¨¢mbito, tal y como estaba previsto, se habla de conciertos de la Administraci¨®n con empresas, asociaciones y sectores empresariales que, interesados por las acciones de fomento del empleo juvenil, ofrezcan las necesarias garant¨ªas en orden a su eficacia y rentabilidad. Las ¨²nicas cortapisas a estos conciertos, que tambi¨¦n podr¨¢n desarrollarse mediante contratos individuales, se centran en la existencia de expedientes de reducci¨®n de plantillas.La modalidad de contrataci¨®n en este programa experimental se fija en per¨ªodos temporales comprendidos entre seis meses y dos a?os de duraci¨®n, y se circunscribe a los trabajadores mayores de dieci¨¦is a?os y menores de veintis¨¦is que figuren inscritos en las oficinas de empleo con quince d¨ªas de antelaci¨®n, al menos, en demanda de puesto de trabajo y sin que se les haya ofrecido en ese plazo un empleo adecuado.
Las empresas que quieran participar de este programa, seg¨²n las normas, deber¨¢n solicitar directamente a las oficinas de empleo los trabajadores juveniles que precisen. Sus solicitudes podr¨¢n ser nominativas o gen¨¦ricas; en este, ¨²ltimo caso las oficinas de empleo seleccionar¨¢n a quienes re¨²nan los requisitos m¨¢s adecuados al empleo ofrecido. El contrato se har¨¢ por escrito (triplicado) y se presentar¨¢ en la oficina de empleo junto con el alta en la Seguridad Social.
Las empresas que colaboren en este programa disfrutar¨¢n de una bonificaci¨®n -mientras dure el contrato temporal- del 75% de las cuotas de Seguridad Social en los casos del primer empleo y del 50% en los dem¨¢s casos, as¨ª como beneficios de asistencia t¨¦cnica y material para acciones de formaci¨®n, reconversi¨®n o adaptaci¨®n profesional.
Las normas contemplan tambi¨¦n la creaci¨®n de una comisi¨®n de estudio para el seguimiento y valoraci¨®n del programa experimental de empleo juvenil, as¨ª como para la elaboraci¨®n de propuestas en relaci¨®n con el mismo y el desarrollo de la red de centros de orientaci¨®n e inserci¨®n profesional, con el objetivo prioritario de orientar a los j¨®venes hacia el mercado actual y futuro de trabajo a la vista de las aspiraciones y aptitudes profesionales.
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