Restricciones a los complementos de las pensiones m¨ªnimas
Los complementos para alcanzar las cuant¨ªas m¨ªnimas de las pensiones del sistema de la Seguridad Social son incompatibles con las percepciones obtenidas por rentas de capital, mobiliario o inmobiliario, o por la realizaci¨®n de trabajo personal, cuando tales percepciones sean superiores a 415.000 pesetas anuales, seg¨²n una orden del Ministerio de Trabajo que ayer public¨® el Bolet¨ªn Oficial del Estado.La orden desarrolla un decreto del pasado 19 de enero sobre revalorizaci¨®n, mejora y cuant¨ªas m¨ªnimas de las pensiones del sistema de la Seguridad Social.
Se entender¨¢ por trabajo personal, con remuneraci¨®n p¨²blica o privada, el realizado con car¨¢cter habitual por cuenta propia o ajena. Se consideran, asimismo, remuneraciones procedentes del trabajo personal los subsidios por incapacidad laboral transitoria y las prestaciones por desempleo.
No se consideran trabajos de car¨¢cter habitual los que tengan la condici¨®n de marginales o se ejecuten ocasionalmente mediante los llamados servicios amistosos, ben¨¦volos o de buena vecindad, y los trabajos por cuya realizaci¨®n no se tenga derecho a percibir retribuciones mensuales equivalentes, como m¨ªnimo, a 35.584 pesetas.
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