El Gobierno no autoriza la plantaci¨®n de nuevos vi?edos durante la pr¨®xima campa?a
El Gobierno, en su ¨²ltima reuni¨®n, aprob¨® un importante paquete de medidas relacionadas con el sector vitivin¨ªcola, entre las que destaca la prohibici¨®n de realizar plantaciones de vi?edo durante la pr¨®xima campa?a y la normativa por la que se regir¨¢ ¨¦sta, en la que se han introducido algunas modificaciones cara a la reestructuraci¨®n del sector. Tambi¨¦n se aprob¨® la concesi¨®n de ayudas para la exportaci¨®n de mostos y vinos sin denominaci¨®n de origen, con el fin de eliminar los excedentes existentes.
El ¨²ltimo Consejo de Ministros aprob¨® un decreto que regula el r¨¦gimen de autorizaciones para la plantaci¨®n de vi?edos durante la campa?a 1983-1984, que, a estos efectos, comienza el primero de agosto y finaliza el 31 de julio del pr¨®ximo a?o. En el art¨ªculo segundo se establece que no se autorizar¨¢n nuevas plantaciones de vi?edo para vinificaci¨®n, durante la pr¨®xima campa?a, en todo el territorio nacional. S¨®lo de modo excepcional podr¨¢n autorizarse nuevas plantaciones, a juicio del Ministerio de Agricultura, en aquellas zonas en las que exista denominaci¨®n de origen y que no sean excedentarias, y en las que sea preciso mantener una superficie adecuada de vi?edo para la obtenci¨®n de sus caracter¨ªsticos vinos de calidad.Tambi¨¦n podr¨¢n autorizarse nuevas plantaciones, hasta un m¨¢ximo de 500 hect¨¢reas de vi?edo para uva de mesa y pasificaci¨®n, en las comarcas productoras tradicionales. Estas plantaciones se realizar¨¢n con variedades que no presenten problemas de comercializaci¨®n. Tambi¨¦n se reglamentan las replantaciones, que s¨®lo se podr¨¢n realizar por viticultores que hayan procedido al arranque de la vi?a a partir de octubre de 1976, y las sustituciones de vi?edo. Asimismo, se anuncia la realizaci¨®n de un plan de inspecci¨®n de plantaciones de vi?edo y las imposiciones de las sanciones m¨¢s elevadas que permita la legislaci¨®n para los infractores de estas normas.
El Gobierno aprob¨® tambi¨¦n otro decreto, por el que se regula la campa?a v¨ªnicoalcoholera, que comenzar¨¢ el primero de septiembre y finalizar¨¢ el primero de agosto de 1984. Esta campa?a ha sido califica da como puente por las autoridades del ministerio, y se han introducido diversos elementos de cambio, con los que se inicia el proceso de reconversi¨®n.
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