Campsa, Butano y las empresas de refino firmar¨¢n el d¨ªa 12 un nuevo compromiso para la reordenaci¨®n del sector
Los presidentes de las refiner¨ªas, junto al de Butano y el de Campsa, firm¨¢r¨¢n el pr¨®ximo d¨ªa 12 un nuevo documento que fijar¨¢ los principios b¨¢sicos para el desarrollo del protocolo para la reordenaci¨®n del sector petrolero, ratificado en el mes de julio de 1983. La firma del documento coincidir¨¢ con la creaci¨®n formal de la nueva Campsa, sociedad de distribuci¨®n de productos petrol¨ªferos en la que participar¨¢n las empresas de rerino, cuyo principal objetivo es preparar al sector para la pr¨®xima integraci¨®n en la CEE.
La elaboraci¨®n del nuevo documento, del que existe un borrador casi definitivo, ha sido objeto de negociaciones durante las ¨²ltimas semanas entre el presidente del INH, ?scar Fanjul; el de Campsa, Jos¨¦ Luis D¨ªaz Fern¨¢ndez, y representantes de las refiner¨ªas (EMP-Petroliber, Cepsa, Petromed, Petronor y ERT). La firma estaba pendiente tan s¨®lo de una reuni¨®n ¨²ltima que cerrar¨¢ al m¨¢s alto nivel algunos cap¨ªtulos previamente elaborados por grupos de trabajo, en los que ha participado tambi¨¦n la Asociaci¨®n de Empresas de Refino (Aserpetrol). Con anterioridad a la firma est¨¢ previsto que el Ministerio de Industria y Energ¨ªa publique en el Bolet¨ªn Oficial del Estado una orden ministerial que fije los criterios jur¨ªdicos de las participaciones de las refiner¨ªas en la denominada nueva Campsa. En esa orden se incluye el mandato del Consejo de Ministros que aprob¨® la creaci¨®n de la nueva Campsa para que los firmantes del protocolo de 1983 lleguen a un acuerdo para su desarrollo en aquellos puntos que no quedaron cerrados en el texto.
En concreto, los puntos m¨¢s destacados abordados por el nuevo documento hacen referencia al abanderamiento de las estaciones de servicio una vez constituida la nueva Campsa, la transferencia de acciones de la nueva sociedad, el tratamiento por Campsa de las importaciones pactadas con la CEE y un ¨²ltimo relativo a las funciones de prospecci¨®n de la futura compa?¨ªa. Sobre estas cuestiones ya se hab¨ªa producido una solicitud de clarificaci¨®n por parte del Consejo de Ministros que aprob¨® la operaci¨®n de la nueva Campsa.
En la primera cuesti¨®n, el compromiso alcanzado respeta la idea del abanderamiento ¨²nico, previsto en el protocolo, pero permite lo que se ha venido en llamar los subabanderamientos; es decir, la existencia de varias marcas que la propia Campsa pueda desarrollar o la aceptaci¨®n de las ya existentes. Es decir, se abre la posibilidad a que la propia Campsa coloque en las estaciones de venta marcas tales como EMP, CEPSA o Ertoil, de forma que estas empresas puedan utilizar esta plataforma para la venta de sus lubricantes. Esta pol¨ªtica quedar¨¢ supeditada, sin embargo, a la pol¨ªtica comercial de Campsa, una vez ¨¦sta haya sido establecida.
Derecho de explotaci¨®n
Vinculado con este tema, las empresas de refino se comprometen a adoptar las medidas y "actos necesarios para ceder a Campsa o filiales la titularidad de las estaciones de servicio que se encuentren a su propio nombre o de sus filiales, en las condiciones previstas en el protocolo". No obstante, la empresa cedente se reserva el derecho a explotar "en r¨¦gimen de gesti¨®n o arrendamiento en las condiciones usuales de Campsa".Asimismo, en el nuevo documento Campsa asume la funci¨®n del suministro de carburantes a las estaciones de servicio que ya han firmado acuerdos de exclusividad con algunas empresas de refino en los que ¨¦stas se compromet¨ªan a dar una comisi¨®n por las ventas de productos suministrados por la refiner¨ªa. Quedan excluidos de este acuerdo los productos distintos a los carburantes y combustibles.
El documento preparado aborda tambi¨¦n otros dos puntos pol¨¦micos que hab¨ªan quedado sueltos, en opini¨®n de los firmantes, dentro del protocolo. Sobre la labor de prospecci¨®n, el INH hab¨ªa planteado el riesgo impl¨ªcito de que se crearan recursos ociosos, y se duplicaran instrumentos materiales a tal efecto.
En el documento se fija una pol¨ªtica de intenciones a este respecto, aunque se obvia el compromiso establecido en el protocolo de que la nueva Campsa destine el 15% de sus beneficios a este fin. El acuerdo emplaza a Campsa a determinar "en el m¨¢s breve plazo posible la forma y condiciones" de esta actividad para la que, seg¨²n algunas fuentes, se han apuntado ya varias alternativas. Tal es el caso del establecimiento de un mecanismo de asociaci¨®n de Campsa con Enipesa-Hispanoil, o un segundo para que esta labor se haga por la v¨ªa de participaciones de Campsa en los distintos permisos, pero sin llegar a tener que invertir ' en un primer momento en una infraestructura de operaci¨®n. Un ¨²ltimo problema no abordado directamente por el nuevo acuerdo se refiere a la f¨®rmula de precios ex refiner¨ªa que, seg¨²n fuentes consultadas, se solventar¨¢ mediante la publicaci¨®n por el Ministerio de Industria del nuevo mecanismo de liquidaci¨®n, basado en costes est¨¢ndares.
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