Los generales ya no podr¨¢n vetar a aspirantes al generalato
Los tenientes generales o almirantes miembros de los consejos superiores de los tres ej¨¦rcitos ya no podr¨¢n vetar, por la v¨ªa de declararlo fuera de clasificaci¨®n, a ning¨²n coronel aspirante al ascenso al generalato, de acuerdo con el real decreto sobre las nuevas estructuras y funciones de dichos consejos superiores recientemente aprobado por el Gobierno.En el art¨ªculo quinto de dicho decreto se dice que, entre las funciones de la Comisi¨®n de los consejos superiores -el ¨®rgano m¨¢s operativo de dicha instituci¨®n-, figura la de "elevar anualmente al ministro de Defensa las propuestas de clasificaci¨®n de todos los oficiales generales, coroneles y capitanes de nav¨ªo que re¨²nan o puedan reunir durante el a?o las condiciones de aptitud legal necesarias para el ascenso a empleos superiores".
Hasta ahora no era obligatorio que en las clasificaciones figurasen todos los aspirantes y, de hecho, los consejos superiores pod¨ªan excluir de las mismas a quienes creyeran oportuno. Una vez excluido alguien, ni el ministro de Defensa ni el Gobierno pod¨ªan recuperar al vetado. Con el nuevo sistema, el ministro podr¨¢ seleccionar a quien crea oportuno sin exclusi¨®n alguna para el ascenso al generalato -o el Gobierno para los ascensos dentro del generalato-, si bien, como se hace ahora, los consejos superiores le pasar¨¢n al ministro una relaci¨®n, por orden de preferencia, de los aspirantes.
Otra innovaci¨®n en los sistemas de selecci¨®n consiste en la composici¨®n del equipo que las realizar¨¢. Hasta ahora, la hac¨ªan los consejos superiores, entre cuyos integrantes figuraban los ex jefes de Estado Mayor del correspondiente ej¨¦rcito. Ahora, en cambio, el ¨®rgano m¨¢s activo dentro de los consejos -que tambi¨¦n podr¨¢n reunirse en pleno con todos sus miembros- ser¨¢ la Comisi¨®n, en la que no figuran los ex jefes de Estado Mayor.
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