El Constitucional rechaza el recurso de Conde contra la designaci¨®n de Garc¨ªa-Castell¨®n
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por Mario Conde, Arturo Roman¨ª y otros antiguos directivos de Banesto contra la designaci¨®n del magistrado Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n como juez de apoyo del juez Miguel Moreiras, a consecuencia de la cual le correspondi¨® la instrucci¨®n del caso Banesto, que se investiga en la Audiencia Nacional. El alto tribunal desmonta todas las alegaciones en las que Conde pretend¨ªa fundamentar que tal designaci¨®n y su posterior pr¨®rroga vulneraron el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley.
El recurso de amparo fue formulado por Conde, Roman¨ª, Enrique Lasarte P¨¦rez-Arregui, C¨¦sar de la Mora Armada, Vicente Figaredo de la Mora y Antonio S¨¢ez de Montagut el 25 de noviembre de 1995, un mes despu¨¦s de que la Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo desestimara los recursos interpuestos contra los acuerdos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de octubre de 1994 y mayo de 1995. La resoluci¨®n pone fin al intento de Conde de deslegitimar a Garc¨ªa-Castell¨®n como sucesor de Moreiras en la investigaci¨®n penal sobre Banesto.Contra tal decisi¨®n no cabe recurso alguno en el ¨¢mbito interno y, dada la fundamentaci¨®n de la resoluci¨®n -firmada el 14 de febrero por los magistrados del Tribunal Constitucional Vicente Gimeno Sendra, Manuel Jim¨¦nez de Parga y Javier Delgado Barrio-, es muy improbable, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, que si Conde demanda a Espa?a ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos este ¨®rgano, dependiente del Consejo de Europa y con sede en Estrasburgo, tome en consideraci¨®n la demanda.
Acuerdo un¨¢nime
La resoluci¨®n notificada ayer, de 15 folios, inadmite el recurso, por unanimidad de los tres magistrados de la Secci¨®n Segunda del Tribunal Constitucional, por estimar que la demanda de Conde carece "manifiestamente de contenido que justifique una decisi¨®n sobre el fondo de la misma".El Constitucional recuerda que cuando el 14 de noviembre de 1994 el fiscal se querell¨® contra Conde y los otros recurrentes, Garc¨ªa-Castell¨®n ya hab¨ªa sido adscrito al juzgado n¨²mero 3, en comisi¨®n de servicios, situaci¨®n que "estaba y est¨¢ legalmente prevista". Recuerda tambi¨¦n que, previamente, el 30 de septiembre de 1994, Moreiras hab¨ªa comunicado al presidente de la Audiencia Nacional, Clemente Auger, la necesidad de medidas de apoyo, ante "la enorme carga de trabajo que pesa sobre este ¨®rgano ju,dicial", dijo. Cuando fue adscrito al juzgado central n¨²mero 3, Garc¨ªa-Castell¨®n se encontraba "a disposici¨®n del presidente", desde el regreso a la Audiencia. Nacional de Baltasar Garz¨®n, a quien sustituy¨® durante el a?o escaso en que ¨¦ste se dedic¨® a la pol¨ªtica, tras presentarse como candidato en las listas del PSOE a las elecciones de junio de 1993.
El alto tribunal razona que "la asignaci¨®n de personal a los diferentes ¨®rganos judiciales es una cuesti¨®n org¨¢nica que, siempre que se decida aplicando las normas previstas al efecto, en nada afecta al derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley". En consecuencia, estima que la de manda carece de contenido constitucional, "por cuanto no hubo irregularidad alguna en el procedimiento legalmente establecido para la designaci¨®n del magistrado Garc¨ªa-Castell¨®n como magistrado en comisi¨®n de servicios en el juzgado central de instrucci¨®n n¨²mero 3".
A "id¨¦ntica conclusi¨®n" llega el alto tribunal respecto a la renovaci¨®n de la comisi¨®n de servicios. En cuanto a la omisi¨®n de publicidad para que pudieran solicitar el puesto los jueces y magistrados interesados, la resoluci¨®n se?ala que, dado que Garc¨ªa-Castell¨®n ya se encontraba en situaci¨®n de juez de apoyo, "hubiera resultado in¨²til someter dicha propuesta a una publicidad innecesaria en este caso".
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