Manglano y Perote recurrir¨¢n su condena al Constitucional
Los defensores del 'caso de las escuchas' quieren que se suspenda la ejecuci¨®n de la sentencia
El teniente coronel Julio L¨®pez Borrero, los suboficiales Juan Miguel Nieto Rodr¨ªguez, Francisco Vallejo Le¨®n y Jos¨¦ Mar¨ªa Vida Molina y la funcionaria Visitaci¨®n Pati?o, destinados en el Gabinete de Escuchas del Cesid cuando sucedieron los hechos objeto de la sentencia del Supremo, han sido condenados a la pena de cuatro meses y un d¨ªa de arresto mayor e inhabilitaci¨®n absoluta de seis a?os y un d¨ªa, ya que el alto tribunal no ha aceptado su alegaci¨®n de que cumpl¨ªan ¨®rdenes e ignoraban que ¨¦stas fueran ileg¨ªtimas.
Los cinco funcionarios no tendr¨¢n que cumplir la pena de arresto, al carecer de antecedentes, pero la de inhabilitaci¨®n les supondr¨¢ la expulsi¨®n del servicio secreto, en aplicaci¨®n del Estatuto del Personal del Cesid de 1995, y tambi¨¦n del Ej¨¦rcito, en el caso de los cuatro militares.
Para evitarlo, los cinco funcionarios recurrir¨¢n en amparo ante el Tribunal Constitucional y solicitar¨¢n, tanto a ¨¦ste como a la Audiencia Provincial de Madrid, la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de la sentencia, al tiempo que pedir¨¢n el indulto al Consejo de Ministros. La solicitud de suspensi¨®n la basar¨¢n en la sentencia del Supremo sobre el caso Lia?o, que considera irreversible la expulsi¨®n de la carrera, lo que dejar¨ªa sin contenido un futuro indulto o un fallo favorable del Constitucional.
Manglano y Perote
Es probable que tanto Manglano como Perote reclamen tambi¨¦n el indulto, adem¨¢s de recurrir al Constitucional, aunque previsiblemente la sentencia no tenga efectos pr¨¢cticos para ellos. Ambos han sido condenados a una pena de seis meses de arresto mayor y a ocho a?os de inhabilitaci¨®n absoluta. Manglano no cumplir¨¢ la pena de privaci¨®n de libertad y la inhabilitaci¨®n, que supondr¨ªa privarle de su condici¨®n de teniente general, tampoco resulta aplicable, seg¨²n las fuentes consultadas, pues se encuentra en situaci¨®n de segunda reserva, que la ley del R¨¦gimen del Personal Militar califica como 'asimilable a retiro'. Los militares retirados no pueden ser expulsados, pero s¨ª los que est¨¢n en la reserva, por lo que s¨®lo se le podr¨ªa separar del Ej¨¦rcito si se interpretase que su situaci¨®n es asimilable a la de reserva.
Tampoco Perote puede ser expulsado del Ej¨¦rcito, pues ya lo fue cuando se le conden¨® a siete a?os por la sustracci¨®n de los papeles del Cesid. Deber¨ªa reingresar en prisi¨®n si su primera condena computase como antecedentes penales, pero ello no es as¨ª, seg¨²n su abogado, porque la sentencia actual se refiere a hechos anteriores a los que le llevaron entonces a la c¨¢rcel.
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